En el proceso de consolidación de plazas vacantes relativas a la bolsa temporal de 2010/2011, tras la realización del examen de fase oposición, con fecha 3 de mayo del 2.013 se publican listas provisionales con la puntación en fase de oposición y concurso, valorando esta última con un máximo de 10 puntos tal como indicaban las bases del proceso (repartido en 7 puntos máximos experiencia laboral y 3 puntos máximos formación), listas publicadas con esta interpretación literal en la página web de la empresa. Se abre plazo de reclamaciones, periodo en el cual un miembro del Tribunal recibía personal e individualmente a cada uno de los reclamantes, para resolver dudas sobre la puntuación, independientemente de que después se presentase la reclamación por escrito.
Tras ese periodo de alegaciones, con fecha 17 de Mayo del 2.013, se publica nuevo listado, esperando los aspirantes fuese definitivo (como en toda convocatoria pública).
Para sorpresa de los actuales afectados la lista publicada sería la segunda provisional, pero variando la baremación inicial formulada por la empresa y limitando la formación a 1 punto (no a 3 como en el listado inicial), en base a las reclamaciones presentados en el primer plazo.
Dicha limitación es contraria a las bases del proceso ya que, con 1 punto de formación, no es posible de ninguna de las maneras alcanzar los 10 puntos de fase concurso para los aspirantes de limpieza, discriminándose de esta forma a este colectivo frente a los aspirantes de jardines.
Con este nuevo criterio y listado, se perjudica a las personas que tenían más puntuación en formación, quedando excluidas de plaza personas que sí la tenían en el primer listado.
Se abre un nuevo plazo de reclamaciones, pero casualmente, en este nuevo plazo, ningún miembro del Tribunal, recibe a los afectados para dar explicaciones al respecto, y lo más indignante es que tanto la presidenta del Tribunal como su suplente, según fuentes de la empresa, se encuentran en este momento de vacaciones.
Los afectados nos encontramos indefensos ante esta indignante situación de desamparo, viendo en peligro nuestro futuro laboral, después del esfuerzo de habernos formado para alcanzar una mejor puntuación en esta fase del proceso.
Siendo Emulsa, una empresa que se caracteriza por fomentar la formación de sus trabajadores, y en este caso realmente lo que hace es penalizar a los aspirantes más formados, con una falta de ética al cambiar los criterios de valoración tomados por el propio Tribunal en un primer momento.
Por ello, estando aun en plazo de reclamaciones, esperamos que la empresa recapacite y vuelva a su criterio inicial, es decir reestablecer el máximo de 3 puntos de formación.