Asturias confía en que el TC declare constitucional el impuesto a depósitos bancarios

Asturias confía en que el TC declare constitucional el impuesto a depósitos bancarios

El alto tribunal decidió autorizar la aplicación cautelar de un tributo similar aprobado por Cataluña y anteriormente respaldó la legalidad de medidas fiscales sobre la banca de Extremadura, Andalucía y Canarias

 

El Constitucional admitió a trámite también el recurso presentado por el Gobierno del Principado contra la ley del Ejecutivo central que pretende cercenar la potestad fiscal de la comunidad autónoma

 

 

El Gobierno de Asturias mantiene su confianza en que el Tribunal Constitucional avale el Impuesto sobre los Depósitos Bancarios aprobado por la Junta General del Principado de Asturias el pasado mes de diciembre y que permitiría a Asturias contar con unos recursos anuales de unos 30 millones de euros para reforzar servicios públicos como la sanidad, la educación o las prestaciones sociales.

 

Esta confianza se refuerza por el auto hecho público hoy por el alto tribunal en el que acuerda levantar la suspensión temporal del impuesto a los depósitos bancarios aprobado por decreto por el Gobierno de Cataluña. Se trata de una medida fiscal similar a la del Principado, salvo que en el caso asturiano se hizo por ley, al incluirla en los Presupuestos del Principado para 2013, y fue aprobada por la mayoría del Parlamento autonómico.

 

El Constitucional acordó el pasado mes de febrero suspender temporalmente la vigencia y aplicación del impuesto sobre los depósitos bancarios de Asturias a instancias del Gobierno central. Una suspensión que tiene una vigencia de cinco meses, por lo que el alto tribunal aún dispone hasta principios del mes de julio para decidir si mantiene o levanta esta suspensión temporal. En el caso de Cataluña el periodo de suspensión concluyó este mes de mayo, ya que el recurso del Ejecutivo central se materializó en el pasado mes de enero.

 

El Gobierno que preside Mariano Rajoy decidió recurrir el 1 de febrero último el artículo que recoge la creación de este impuesto a la banca en la Ley de Presupuestos del Principado, al igual que hizo con el decreto que planteaba lo mismo en Cataluña, al tener proyectado un impuesto de rango estatal con la pretensión de anular la capacidad tributaria de las comunidades autónomas sobre las entidades crediticias.

Los servicios jurídicos del Principado han alegado ante el Constitucional que no existe una doble imposición tributaria, como sostiene el Ejecutivo central, al no crear la comunidad autónoma un tributo cuyo hecho imponible ya estuviera gravado por el Estado. Asimismo, Asturias ha defendido con el recurso su autonomía fiscal, más cuando otras comunidades autónomas se benefician del impuesto a la banca, como son Extremadura, Andalucía y Canarias.

 

Asturias acordó este tributo tras pronunciarse el Tribunal Constitucional a favor de un impuesto similar aprobado por Extremadura y que el Gobierno presidido por José María Aznar recurrió en su momento. Ante la constitucionalidad del tributo extremeño, idéntico al de Andalucía y Canarias, el Gobierno asturiano, con el respaldo de la mayoría del Parlamento autonómico, aprobó una figura fiscal similar para reforzar la capacidad presupuestaria del Principado con la que plantar cara a la crisis económica y fortalecer los servicios públicos.

 

El Gobierno de Asturias ha optado por la cautela a la espera de las próximas decisiones del Constitucional sobre el impuesto a los depósitos bancarios. El pronunciamiento del alto tribunal sobre el tributo catalán se suma a otros, como fue la admisión a trámite el pasado día 7 del recurso de inconstitucionalidad promovido por el Principado contra el impuesto sobre depósitos en entidades de crédito del Gobierno central, cuyo único objetivo es cercenar la potestad fiscal de Asturias y excluir la posibilidad de impuestos autonómicos sobre la banca.

 

El Gobierno de Asturias estima que el impuesto a la banca impulsado por el Ejecutivo central entraña un fraude a la Constitución y a la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), al perseguir el vaciado del ámbito competencial autonómico con un tributo ficticio, que produce una quiebra del principio de lealtad constitucional que ha de presidir las relaciones entre las administraciones estatal y autonómicas. Unos criterios que fueron avalados por los servicios jurídicos del Principado y por el Consejo Consultivo.

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