Preocupa el creciente consumo por jóvenes asturianos del 'gas de la risa' en locales de ocio

Preocupa el creciente consumo por jóvenes asturianos del gas de la risa en locales de ocio

 

Salud Pública perseguirá la venta fraudulenta del ‘gas de la risa’ para su inhalación tóxica en locales de ocio

 

Informes de Toxicología y del Instituto de Medicina Legal confirman que la inhalación de óxido nitroso con fines recreativos supone un riesgo para la salud y la seguridad de los consumidores

 

El incumplimiento de esta prohibición constituye una infracción administrativa grave, con sanciones de hasta 18.000 euros

 

Asturias.-La Dirección General de Salud Pública perseguirá la comercialización y suministro de óxido nitroso, más conocido como ‘gas de la risa’, a través de dispositivos dirigidos a facilitar su inhalación por parte de los consumidores, generalmente adolescentes, en locales de ocio del Principado.

 

El óxido nitroso es un fluido de uso frecuente en restauración, pero cuya utilización con fines distintos de aquellos para los que está indicado conlleva serios riesgos para la salud.

 

La Consejería de Sanidad ha tomado esta decisión después de que el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y el Instituto de Medicina Legal de Asturias hayan concluido que la inhalación de este producto supone un riesgo para la salud y seguridad de los consumidores.

 

En los últimos meses, la Fiscalía Especial Antidroga del Principado de Asturias y las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado han detectado que diversos establecimientos de hostelería comercializan globos hinchados con esta sustancia. Se trata de una práctica contraria a la salud pública y a los principios más elementales de la ética profesional, que abusa de la desinformación los consumidores. Sanidad subraya la especial vulnerabilidad del colectivo adolescente y juvenil al que se dispensa este producto, que se encuentra en pleno proceso de formación y maduración de su personalidad, tanto desde el punto de vista físico como psicológico.

 

Riesgo vital

La utilización del gas inhalado con fines recreativos produce lesiones y alteraciones del sistema nervioso (como el delirio), así como de las células sanguíneas y pulmonares, que pueden llegar a ser severas. También aumenta el riesgo de accidentes.

 

Las autoridades advierten de que los efectos del producto pueden potenciarse con el consumo de alcohol, una combinación que se da frecuentemente, por sus efectos depresores del sistema nervioso central.

 

El informe de Toxicología concluye que “el empleo de gas óxido nitroso inhalado y con fines recreativos supone un riesgo para la salud y, como tal, no puede aceptarse su utilización en globos, cápsulas, juguetes, etcétera, con el fin de ser inhalado”. El documento refleja, asimismo, que “la introducción de óxido nitroso en globos es una manipulación fraudulenta de un gas que tiene unas aplicaciones muy concretas, entre otras como propelente o fármaco anestésico”.

 

En el mismo sentido, el estudio del Instituto de Medicina Legal de Asturias sostiene que la inhalación de óxido nitroso tiene efectos adversos sobre el organismo, entre los que se encuentran una alteración importante de la percepción sensorial, y que “su consumo no es recomendable para nadie, especialmente para personas jóvenes por el déficit que causa de vitamina B12”. Añade, además, que el riesgo vital es bajo, pero existe, y que sus efectos nocivos y el peligro de su uso justifican por sí mismos que no se use fuera de fines médicos o industriales concretos.

 

Productos y servicios seguros

Además de las competencias derivadas de la Ley General de Salud Pública, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras normas complementarias establecen que los productos y servicios puestos en el mercado deben ser seguros y no suponer riesgo alguno para la salud y seguridad de las personas.

 

La legislación faculta a la Administración competente para adoptar las medidas necesarias que permitan eliminar el riesgo, incluida la intervención directa.

 

Por su parte, el empresario tiene la obligación de retirar, suspender o recuperar de los consumidores y usuarios cualquier bien que suponga un riesgo previsible para la salud y seguridad de las personas. Salud Pública señala que el incumplimiento de esta prohibición constituye una infracción administrativa grave, lo que puede conllevar sanciones de hasta 18.000 euros.

 

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