El Consejo Consultivo estima que la “creación de un tributo ficticio”, como el estatal y sin capacidad de recaudación alguna, entraña un verdadero fraude a la Constitución y a la autonomía financiera de las comunidades autónomas
- Considera que la única finalidad del gravamen estatal “es excluir la posibilidad de impuestos autonómicos”, a la vez que aprecia una “quiebra del principio de lealtad constitucional”
- Los servicios jurídicos del Principado defenderán también ante el alto tribunal la disposición fiscal a la banca aprobada por el Parlamento asturiano
El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias ha acordado presentar un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 19 de la Ley de los Presupuestos Generales del Estado, aprobado por el Ejecutivo central, en el que se establece un impuesto sobre depósitos en entidades de crédito a tipo cero. Esta decisión se suma a la ya anunciada de personación de los servicios jurídicos de la comunidad autónoma para defender el conocido como tributo a la banca, aprobado por la mayoría del Parlamento asturiano.
El Gobierno de Asturias, por tanto, actuará en doble frente: por una parte, con la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra el impuesto a tipo cero a la banca impulsado por el Ejecutivo de España y, por otra, con la defensa jurídica de la disposición fiscal asturiana ante el alto tribunal.
El recurso de inconstitucionalidad se interpone tras recibir el dictamen favorable del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, al ser el artículo 19 de la Ley de los Presupuestos Generales del Estado contrario a la Constitución y a la configuración de la autonomía financiera de las comunidades autónomas. El principal reproche que realiza el Consejo Consultivo es que el Gobierno central buscó anular la potestad fiscal autonómica, limitándose a desplazar la capacidad fiscal tributaria de Asturias sin crear un verdadero tributo. Y, además, lo aprueba mediante una enmienda en el Senado, mientras que el Gobierno de Rajoy reprocha a Asturias haberlo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Principado.
El Estado “persigue como única finalidad excluir la posibilidad de impuestos autonómicos sobre un ámbito que queda así exento de gravamen, pues ha renunciado, con la imposición de un tipo cero, a la finalidad recaudatoria”.
El Consejo Consultivo sostiene que la figura fiscal del Gobierno central, “más que crear un impuesto estatal, está estableciendo una exención general, está disponiendo que la manifestación de riqueza en él contemplada –sujeta sólo aparentemente a un nuevo impuesto estatal- quede desgravada y con ella vedada al poder tributario de las comunidades autónomas”.
Añade el Consejo que este proceder del Gobierno español “merece una tacha decidida” y sostiene que el impuesto a la banca a tipo cero entraña un fraude a la Constitución y a la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), al perseguir “el vaciado del ámbito competencial autonómico mediante la creación de una apariencia de tributo, de un verdadero tributo ficticio”, que produce una quiebra del principio de lealtad institucional que ha de presidir las relaciones entre las administraciones estatal y autonómicas.
Estas consideraciones del Consejo Consultivo se suman a los informes ya elaborados por los servicios jurídicos del Principado que detectan también supuestos inconstitucionales en el tributo impulsado por el Gobierno de España. Entre las causas de vulneración de la Constitución detectadas destacan los siguientes aspectos:
- El impuesto estatal a los depósitos bancarios vulnera el artículo 31 de la Constitución, que establece los principios de universalidad y generalidad, de progresividad, de capacidad económica y de igualdad del sistema tributario.
- Lesiona el principio de equilibrio económico y presupuestario de Asturias, máxime cuando el impuesto estatal no prevé recaudación alguna ni ningún tipo de compensación a la comunidad autónoma.
- Supone una discriminación arbitraria con otras comunidades autónomas que tienen un impuesto similar y que recibirán una compensación económica.
- Afecta al principio de lealtad institucional, ya que fue introducido a última hora por el grupo del PP en el Senado, cuando se había anunciado la aprobación por parte de la Junta General del Principado de Asturias del impuesto a los depósitos bancarios.
Los servicios jurídicos, por otra parte, defenderán el impuesto asturiano frente al recurso del Gobierno central, al rechazar que se produzca una doble imposición tributaria, entendiendo por tal el establecimiento por parte de la comunidad autónoma de un tributo cuyo hecho imponible ya estuviera gravado por el Estado. Más en este caso, cuando el impuesto propuesto por el Gobierno de España fija para todos los casos una cuota de 0 euros, es decir, y que únicamente busca vaciar de contenido la potestad tributaria de Asturias.
El Gobierno de Asturias materializará el recurso de inconstitucionalidad contra el impuesto a tipo cero a la banca del Ejecutivo central y dará respuesta para defender el tributo asturiano a los depósitos bancarios antes del próximo 1 de abril.
El Gobierno del Principado ha armonizado la lealtad institucional y el diálogo con otras administraciones con la defensa de los intereses de los asturianos. Y proteger la capacidad tributaria de la comunidad autónoma ante el Tribunal Constitucional como ocurre en el caso del impuesto a la banca, es una defensa de los intereses y de los derechos constitucionales de los asturianos y asturianas.
Contar con más recursos económicos y hacer un reparto equitativo de la carga fiscal, más en tiempos de crisis, es una apuesta por el bien común. Contar con los recursos del tributo a las entidades crediticias permitirá a Asturias preservar la calidad de servicios públicos como sanidad, educación y asistencia social y, a la vez, facilitar el cumplimiento con los objetivos del déficit fijados por el Gobierno central, el 0,7% para este año. El Principado fue la segunda comunidad, pese a no tener compensaciones por el impuesto a la banca como otros territorios, en cumplir el objetivo de déficit en 2012, al quedar en el 1,04%.