Aprobada una enmienda de FORO para homogeneizar la legislación a aplicar en toda España para el reconocimiento del profesorado como autoridad pública mediante su introducción en el futuro estatuto del profesorado
- “Creemos necesaria una legislación común que proteja a los docentes en su labor en beneficio de alumnos, familias y sociedad”
- “No parece muy apropiado legislaciones específicas de cada comunidad autónoma. Unos profesores serían autoridad y otros profesores, no”
Madrid.- Intervención del diputado de FORO, Enrique Álvarez Sostres, en la Comisión de Educación de El Congreso de los Diputados sobre la autoridad del Profesor.
Gracias señor presidente:
Mi intención con esta intervención es justificar y fundamentar las enmiendas presentadas a la proposición no de ley del Partido Popular, pero al mismo tiempo exponer mi posición conceptual sobre este tema como elemento de factor de calidad prioritario en el sistema escolar.
Porque es un hecho que los cambios sociales, el desprestigio, en su caso, de las instituciones y probablemente el abandono de las familias en su respaldo ha provocado, entre otras consecuencias, la pérdida de autoridad del profesor en su ámbito de actuación profesional en un proceso constante de deterioro en los últimos años.
El docente en la actualidad no siente el respaldo ni de la propia sociedad, ni de la propia legislación para ejercer su actividad en el aula. Esto se entiende como una pérdida de autoridad dentro del concepto que emana de la misma, Es decir, no es un tema de poder. Es un tema de dignidad, de respeto, de legitimidad que se entiende deben ir unidos al ejercicio de la docencia.
Tiene que ver, por tanto, con despertar respeto, y esto implica una aceptación y una obligación por quien reconoce la autoridad.
Se está produciendo en todos los países del entorno, en mayor o menor medida, una erosión de los perfiles cualitativos de las instituciones que ejercen funciones sociales (familia, centros escolares, etcétera) que es necesario represtigiar, sin caer en el error del autoritarismo ni en la permisividad y con un doble objetivo: por una parte, mayor influencia sobre los educandos y, por otra parte, mayor eficacia en el cumplimiento de las normas de convivencia de los principios básicos para el proceso educativo y mucho más en un modelo de autonomía escolar.
El respaldo legal que apoyamos debería también ir acompañado de medidas que tiendan a mejorar las relaciones grupales de profesores en el ámbito escolar, mejorar su formación inicial, desarrollar sus habilidades sociales que permitan alcanzar objetivos más complejos como objetivos de aula y como objetivos de centro escolar.
Esta falta de reconocimiento al respeto que debe tenerse en los centros educativos del profesor se convierte en muchas ocasiones en problemas importantes de disciplina, lo que supone en muchísimos ocasiones casos de insultos, amenazas, vejaciones, violencias físicas, no solo a manos de los alumnos sino también, lo cual es lamentable, a manos de los padres.
Se hace necesario, por lo tanto, reforzar la autoridad del profesor que sufre muchas veces la desprotección respecto a alumnos y familiares con una legislación clara que lo considere una autoridad pública.
Esta iniciativa ya fue tratada en este Congreso hace tres o cuatro años con resultados negativos por el voto en contra del Partido Socialista y otros grupos. Sin embargo, curiosamente se legisló de manera contraria en varias comunidades autónomas, exactamente en Madrid, Valencia, La Rioja, Canarias, Castilla-La Mancha y se estudia actualmente en Cantabria, Castilla y León, Murcia y Asturias.
Creo que es un salto importante en nuestro sistema escolar como apoyo al profesor que queda fortalecido en su consideración social al reconocérsele el principio de veracidad en sus denuncias, lo que le da la posibilidad de afrontar medidas cautelares provisionales con alumnos que contravengan las normas de convivencia.
Esto tiene especial importancia, señorías, en la operatividad de la puesta en marcha de la autonomía de los centros escolares. Quizás los detractores o renuentes de este tipo de normativa pueden considerar que la recuperación de la devaluada autoridad del profesor no debe hacerse a costa de una imposición externa y descompensada entre profesores y alumnos.
Pero lo cierto es que, si bien no soluciona enteramente el problema, sí recupera parte del problema. También pretendemos con nuestra enmienda la homogeneidad de la legislación a aplicar en toda España para el reconocimiento del profesorado como autoridad pública mediante su introducción en el futuro estatuto del profesorado.
Creemos necesaria una legislación común que proteja a los docentes en su labor en beneficio de alumnos, familias y sociedad. No parece muy apropiado legislaciones específicas de cada comunidad autónoma. Unos profesores serían autoridad y otros profesores, no.
Por otra parte, somos partidarios de que esa condición sea aplicable en el ejercicio de su actividad docente a todos los profesores. más allá de su consideración como funcionarios públicos.
A estos efectos, es muy aleccionadora en su lectura la sentencia 622/2011, de julio, de la Audiencia Provincial de Barcelona, donde la magistrada ponente manifiesta lo siguiente, y cito literalmente: No alcanzamos a ver una regulación diferenciada ni comprender que haya protecciones diferentes para el cumplimiento de una misma actividad educadora en función de una cualidad como es ser funcionario público, carrera o empleo, lo que es irrelevante para valorar la relación entre profesor y alumno en su relación docente-discente.
Este es el sentido de mi enmienda que espero que por su posición constructiva sea aceptada por el grupo proponente.