- El Ayuntamiento valora en 6,15 millones de euros la obra del aparcamiento subterráneo de Las Meanas frente a los 11,99 millones de euros de la empresa
- La propuesta incluye la incautación de las fianzas existentes, convocar al concesionario para hacer entrega del aparcamiento y darle audiencia en relación con la valoración de la liquidación
- Se pondrán en conocimiento de la Fiscalía los informes elaborados
- Las conclusiones están basadas en la ley de Contratos, el informe del Consejo Consultivo, el informe de los servicios jurídicos municipales, y los informes técnico y económico de medición y valoración de la obra realizados por técnicos municipales
Avilés.-La comisión de Urbanismo ha dictaminado favorablemente la propuesta para la resolución del contrato de concesión de obra pública para la construcción y explotación del aparcamiento subterráneo de Las Meanas. Ha salido adelante con los votos a favor del PSOE y la abstención del resto de grupos.
En la propuesta se incluye una valoración de la obra que alcanza los 6,15 millones de euros tras la incorporación de las últimas mediciones (frente a los 11,99 millones reclamados por la empresa); incautar las garantías definitivas del contrato (fianzas por importe de 265.338,27 euros); reclamar 1,99 millones de euros por daños y perjuicios, y poner la diferencia de valoración de la obra en conocimiento de la Fiscalía por si pudiera ser constitutiva de delito.
Esta propuesta se someterá a debate y votación en el pleno municipal del próximo lunes y contiene los siguientes acuerdos:
Visto los informes obrantes en el expediente y de acuerdo con el Consejo Consultivo del Principado de Asturias, se PROPONE al PLENO MUNICIPAL que adopte acuerdo con las siguientes disposiciones:
PRIMERA.- Resolver el contrato de concesión de obra pública de aparcamiento subterráneo en Las Meanas que fue adjudicado a la empresa Aparcamiento las Meanas, S.A, por concurrir la causa imputable al concesionario de renuncia unilateral, prevista en la letra j) del artículo 264 del TRLCAP, y de acuerdo con el Dictamen Nº 27/2013, de 7 de febrero, emitido por el Consejo Consultivo del Principado de Asturias.
SEGUNDA.- Incautar las siguientes garantías definitivas del contrato de conformidad con el artículo 266.4 del TRLCAP:
- La constituida mediante aval de CajAstur, de fecha 17 de marzo de 2005, por importe de 210.961,20€, y formalizado en carta de pago de 18 de marzo de 2005.
- La constituida mediante aval del Banco de Santander, de fecha 11 de abril de 2006, por importe de 54.377,07€, y formalizado en carta de pago de 12 de abril de 2006.
TERCERA.- Convocar al concesionario para el próximo 18 de marzo a las 12:00 horas, para hacer entrega al Ayuntamiento de las obras incluidas en el contrato de concesión, así como de los bienes e instalaciones necesarios para la explotación de la misma, procediéndose a levantar Acta de recepción.
A estos efectos, el concesionario podrá designar un representante para su intervención en dicho acto, si lo estimase oportuno, sin perjuicio de que su ausencia no será obstáculo para el levantamiento del Acta y la recuperación de la posesión. En el Acta se habrá de reflejar el inventario de lo recibido y su estado de conservación especificándose, en su caso, los deterioros que presente el bien.
CUARTA- Dar audiencia a los interesados durante un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo, de la valoración de la liquidación del referido contrato que obra en el expediente resultando las siguientes cantidades, sin perjuicio de lo que se derive del presente procedimiento:
CONCEPTO DE VALORACION |
FUNDAMENTO LEGAL |
IMPORTE |
VALORACION DE LA OBRA EFECTIVAMENTE EJECUTADA
|
Artículo 266.1. del TRLCAP y Artículo 57.2.1 PCAP |
6.147.065,66 EUROS |
HIPOTECA CON TERCEROS |
Artículo 266.1. del TRLCAP |
3.819.083,57 EUROS |
VALORACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS AL AYUNTAMIENTO COMO CONSECUENCIA DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO |
Artículo 266.4 del TRLCAP y Artículo 57.2.1 PCAP |
1.992.404,65 EUROS |
IMPORTE RESULTADO DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO |
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335.577,44 EUROS |
QUINTA.- Poner los hechos advertidos en los informes de los técnicos municipales de fecha 25 y 26 de febrero y 7 de marzo de 2013, en conocimiento de la Fiscalía por si los mismos pudieran ser constitutivos de delito.
SEXTA.- Asumir las obligaciones económicas que se deriven del presente acuerdo.
SÉPTIMA.- Facultar a la Alcaldesa para la firma de cuantos actos sean precisos para la efectividad de este acuerdo.
Esta propuesta de acuerdo está jurídicamente fundamentada en la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el informe del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, el informe de los servicios jurídicos municipales, y el informe técnico y económico de medición de la obra efectivamente ejecutada realizado por técnicos municipales.
Declaraciones concejal Urbanismo
Tras la reunión de la comisión de urbanismo, el concejal Teófilo Rodríguez, realizó las siguientes declaraciones:
“Cuando las certificaciones de obra que se nos presentan no se corresponden con la obra realmente realizada, sí tienes esa sensación de engaño. Hasta ahora no tenemos ninguna explicación de la empresa de por qué ha sido así”
“Eso no quiere decir que el aparcamiento de Las Meanas sea más pequeño o menos seguro de lo que se previó. Es un parking bien construido, tiene las plazas que se exigieron. Pero las mediciones de la obra que había en el proyecto fueron reproducidas en las certificaciones y eso no es real”.
Antecedentes de hecho
1. Por Acuerdo del Pleno Municipal, de fecha 19 de noviembre de 2012, se inició procedimiento de resolución del contrato de concesión de obra pública para la construcción y explotación de un Aparcamiento subterráneo en Las Meanas, por renuncia unilateral del concesionario.
2. Por Acuerdo del Pleno Municipal, de fecha 18 de enero de 2013, respecto al procedimiento de resolución del referido contrato, se acordó recabar el dictamen preceptivo del Consejo Consultivo del Principado de Asturias y suspender el transcurso del plazo máximo legal de tres meses para resolver el procedimiento por el tiempo que medie entre la petición al Consejo Consultivo del Principado de Asturias del dictamen preceptivo y la recepción del mismo.
3. Con fecha 12 de febrero de 2013, se emite informe del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, en el expediente de referencia, en el que se pone de manifiesto que procede resolver el contrato de concesión de obra pública para la construcción y explotación de un aparcamiento subterráneo en Las Meanas, adjudicado a la empresa “Aparcamiento La Meanas S.A. por renuncia unilateral del concesionario, y con los efectos previstos en el artículo 266.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.
4. Con fecha 19 de febrero de 2013, se dicta Resolución comunicando a los interesados la recepción del Dictamen emitido por el Consejo Consultivo del Principado de Asturias a los efectos previstos en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5. Con fecha 26 de febrero de 2013 se emiten, en relación a la liquidación del contrato, los informes técnicos de valoración de la obra pública del aparcamiento Las Meanas.
6. Con fecha 4 de marzo de 2013, se emite informe económico relativo a la liquidación del contrato de concesión de obra pública del aparcamiento Las Meanas como consecuencia de la resolución producida por renuncia unilateral de concesionario.
7. Con fecha 4 de marzo de 2013, el concesionario presenta escrito de alegaciones en el que manifiesta que sigue solicitando lo que ha venido pidiendo a lo largo del expediente, es decir, la resolución del contrato con el pago de una indemnización no inferior a 11.996.699,02 euros, más los intereses legales y moratorios que procedan, así como la devolución de la fianza.
Dentro del referido plazo de audiencia no se han presentado alegaciones por el resto de interesados del referido procedimiento administrativo.
8. Con fecha 5 de marzo se emiten los informes preceptivos.