Santader.-El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, recuerda que tiene establecidos servicios mínimos en el transporte de viajeros por carretera en la Comunidad Autónoma, ante la huelga en el sector convocada por las centrales sindicales UGT, CCOO, USO y SCAT, desde mañana, día 8, y hasta el día 11.
Dichos servicios mínimos están publicados en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) del pasado 8 de diciembre, a través de la Orden INN/29/2012, de 7 de diciembre, de la citada Consejería.
El servicio público de transporte de viajeros está considerado de interés general y, en consecuencia, no puede verse gravemente afectado por el legítimo derecho de huelga de los trabajadores de las empresas que lo prestan. Parece por ello conveniente adoptar las medidas precisas para garantizar el funcionamiento de dicho servicio público, haciendo compatibles los intereses generales con el derecho de huelga de los trabajadores, amparado por el artículo 48 de la Constitución Española, que debe conjugarse con las garantías igualmente reconocidas en dicho artículo que requieren el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
En cuanto al transporte escolar, ha de buscarse también un equilibrio entre el derecho a la educación, recogido en el artículo 27 de la Constitución Española y el derecho a la huelga.
Así, los servicios mínimos en la Comunidad Autónoma de Cantabria en el transporte de viajeros por carretera, que deberán prestarse en la huelga convocada para los días 8 al 11 de enero de 2013, son los siguientes:
a) Transporte regular de viajeros por carretera de uso general.
- Hasta 5 expediciones diarias: 1 servicio de ida y vuelta.
- De 6 a 10 expediciones diarias: 2 servicios de ida y vuelta.
- Más de 10 expediciones diarias: Se mantendrá el 25% de los servicios.
b) Transporte regular de viajeros por carretera de uso especial (transporte escolar).
- La primera expedición de ida y la última de retorno.