La Presidenta de Navarra, Yolanda Barcina, y el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo, han suscrito hoy un protocolo general de colaboración para trasladar la delegación del Gobierno foral en Bruselas a los locales de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea (REPER), dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Con el traslado está previsto que la delegación navarra en Bruselas mejore su capacidad para ejercer sus funciones de representación de los intereses de la Comunidad Foral ante la Unión Europea, además de rebajar su coste y mantener su autonomía.
En concreto, el Gobierno de Navarra estima un ahorro anual de en torno a 60.000 euros para las arcas forales, ya que el alquiler de la oficina del Gobierno de Navarra en Bruselas supone anualmente un desembolso de 72.100 euros y está previsto que la Administración foral contribuya con 14.000 euros al mantenimiento de la sede de la REPER, una cuestión que se detallará en un convenio de colaboración posterior.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha ofrecido este año a las comunidades autónomas la posibilidad de integrar sus oficinas autonómicas en la REPER. Hasta ahora, han aceptado la invitación, además de Navarra, La Rioja, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia y Asturias.
Más colaboración
El protocolo precisa que la delegación de Navarra en Bruselas recibirá el apoyo de la Representación para el adecuado ejercicio de sus funciones y que, a tal efecto, deberá mantener informado a la dirección de la REPER sobre sus planes de actuación y sus relaciones con los servicios de las instituciones europeas o del gobierno y la administración belgas.
En cualquier caso, se especifica que la delegación depende orgánica y funcionalmente del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo del Gobierno de Navarra, por lo que a su personal y a sus medios materiales no les son de aplicación las disposiciones relativas a los miembros del personal y a los medios previstas en el Convenio de Viena de Relaciones Diplomáticas, aunque sí las disposiciones de régimen interior establecidas por el jefe de la misión diplomática.