Sostres critica por “no dar soluciones a los problemas reales” el decreto del Gobierno sobre desahucios

Sostres critica por “no dar soluciones a los problemas reales” el decreto del Gobierno sobre desahucios

“Se trata tan solo de una suspensión temporal por dos años de la medida ejecutiva del desahucio, sin que se arbitren otro tipo de soluciones”


  • “FORO ya llevaba en su programa electoral en 2011 la modificación de la Ley Hipotecaria, limitando la responsabilidad del adeudo al importe de los bienes hipotecados y no al resto del patrimonio”

  • FORO se abstiene en la votación del Real Decreto y apoya su tramitación como proyecto de ley “para que todas las fuerzas políticas, y no solo el PP y el PSOE, tengamos la posibilidad de aportar nuestras propuestas para un cambio que dé soluciones de fondo al problema de tantas familias que pasan momentos angustiosos por los efectos de la crisis”

 

Madrid.- Intervención del diputado de FORO, Enrique Álvarez Sostres, en la sesión de hoy del Pleno del Congreso de los Diputados, en el debate sobre el Real Decreto-Ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios:

 

“Señor ministro, señorías:

FORO va a votar a críticamente este Real Decreto-Ley que con carácter de urgencia nos ha traído el Gobierno.

 En pocos asuntos como éste, la opinión pública, no sólo los afectados sino toda la sociedad española, ha estado más de acuerdo en la necesidad de una solución justa. Precisamente ha sido esa presión social, quizá, la que ha obligado al Gobierno a afrontar la sangría social que afecta a 350.000 familias y que en 2013 subirá a 78.000 familias más. Pero este gobierno, Sr. Ministro, ha perdido una magnífica oportunidad para solucionar los problemas derivados de los desequilibrios existentes en la actual legislación hipotecaria, que perjudica gravemente los intereses de los usuarios.

FORO ya llevaba en su programa electoral en 2011 la modificación de la Ley Hipotecaria, limitando la responsabilidad del adeudo al importe de los bienes hipotecados y no al resto del patrimonio.

Precisamente por ello, FORO presentó en el Parlamento del Principado hace ya un tiempo una Proposición de ley de las del artículo 87.2 de la Constitución, de modificación de la Ley Hipotecaria, instando desde Asturias al Gobierno de la nación. No prosperó la iniciativa por no considerarlo necesario el Gobierno socialista y la oposición del PP y de UPyD. Escucharé con atención los argumentos ahora.

En realidad, y haciendo un resumen por la brevedad de mi intervención, le traslado mis críticas al Real Decreto:

1.- Se trata tan solo de una suspensión temporal por dos años de la medida ejecutiva del lanzamiento, sin que se arbitren otro tipo de soluciones.

 No existe la paralización temporal de las reclamaciones por impago de los préstamos, lo que sería más lógico, permitiendo que en dos años el deudor pueda mejorar su situación y ponerse al día en los pagos, ni por ello se evita la pérdida de la vivienda. Lo único que hace es permitir a los deudores usar una vivienda gratis dos años, pero habrá perdido la propiedad y seguirá adeudando cantidades del préstamo al banco.

2.- El Real Decreto tiene un ámbito bastante limitado:

a) Ha de ser ejecución de hipoteca sobre vivienda propiedad del deudor; que sea su única vivienda en propiedad y que además el préstamo haya sido concedido para la adquisición de la misma (articulo 1.1.3.d). Aquellos casos bastante generales como viviendas hipotecadas de los padres o familiar que hipotequen su vivienda, para permitir que el familiar obtenga un préstamo quedan fuera del ámbito de aplicación.

b) La suspensión del lanzamiento se produce solo si el adjudicatario es el acreedor o una persona que actúe por cuenta de él (artículo 1.1). Si es un tercero que la adquiere en subasta, no hay suspensión (pongamos el caso de un subastero que adquiere la vivienda, el propietario se va a la calle).

c) El real decreto abre la puerta a una fuerte interpretación subjetiva por parte del juez

 El límite hay que ponerlo en algún sitio, pero con más lógica. Las limitaciones establecidas para colectivos vulnerables pueden ser una puerta al fraude. Se eliminan los límites establecidos en el valor del inmueble, que establecía el código de buena conducta. En definitiva, se puede calificar la regulación como deficiente, no dando solución a los problemas reales, por no regular una moratoria a embargos, ejecuciones y desahucios.

En nuestra opinión, resulta necesaria la reforma de la vetusta Ley Hipotecaria, de la Ley de Enjuiciamiento y de la Ley Concursal para familias y autónomos, que no quedan modificadas por este Real Decreto, como tampoco modifica el Código de Buena Conducta bancaria regulado hace muy pocos meses, y que después de 7 meses de vigencia solo solucionó el problema de 140 familias.

Por la urgente necesidad de tomar decisiones en este campo tan sensible socialmente y financieramente, vamos a abstenernos en este Real Decreto tan insuficiente, pero también apoyaremos a continuación su tramitación como proyecto de ley para que todas las fuerzas políticas, y no sólo el PP y el PSOE, tengamos la posibilidad de aportar nuestras propuestas para un cambio en el marco jurídico, que dé soluciones de fondo al problema de tantas familias que pasan momentos angustiosos por los efectos de la crisis”.

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