El Servicio Público de Salud pide flexibilidad a los médicos en la jornada, las guardias y los mayores de 55

El Servicio Público de Salud pide flexibilidad a los médicos en la jornada, las guardias y los mayores de 55

 

 

El Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), después de mantener ayer cuatro horas de reunión con los representantes del Sindicato Médico de Asturias (SIMPA) , reclama a este sindicato, en una nota hecha pública en el día de hoy, que cese "en su actitud de generar tensión antes de volver a retomar el diálogo y la búsqueda de acuerdos".

 

El SESPA considera que hay cinco puntos básicos en los que el SIMPA "debe mostrar una disposición al acuerdo" :

 

  1. Ampliación de la jornada a las tardes y cómo organizar la misma en las diferentes áreas y servicios susceptibles de modelos organizativos adecuados. El planteamiento del Servicio de Salud en este punto es que el trabajo de los médicos en horario de tarde, siendo obligatorio con el fin de cumplir con la jornada mínima exigida, se aplicará siempre de acuerdo con la organización de cada servicio o unidad, aunque garantizando la accesibilidad para los pacientes en horarios de tarde, para favorecer la atención y seguimiento de colectivos con necesidades diversas y el mejor aprovechamiento de quirófanos, equipos de diagnóstico, tratamientos asistenciales, etc. El protocolo para la aplicación del acuerdo firmado con el sindicato UGT sobre el acuerdo de ampliación de jornada recoge el establecimiento de diversos modelos organizativos que garantizan la accesibilidad de la población.

 

  1. Descanso de una hora entre las 15.00 y las 16.00 horas. La posición del SESPA es que el descanso obligatorio de esta hora entre el turno de mañana y el de tarde, recogido en el decreto, se aplique en función del trabajo de las diferentes categorías profesionales, de las necesidades de gestión de los centros y dando prioridad, en todo caso, a las necesidades asistenciales y el necesario descanso entre mañana y tarde.

 

  1. Descanso tras la guardia de presencia física y cumplimiento de la jornada ordinaria de trabajo. El SESPA considera que, tras una guardia de presencia física  el descanso del personal resulta imprescindible. El Servicio de Salud entiende que al haberse remunerado la guardia como jornada extraordinaria y coincidir ese descanso con una jornada de trabajo ordinario y, por lo tanto, también remunerada, en una situación de crisis como la actual, esa jornada debe de ser recuperada en el Servicio de Salud. De no hacerlo así, se estaría abonando dos veces.

 

Sí es entendible que el SESPA plantee unos coeficientes de bonificación por la penosidad que supone la guardia como los recogidos en el proyecto de decreto:

      • En las tres primeras guardias del mes, se podrían computar como horas de jornada ordinaria las primeras 3,5 horas.
      • En las siguientes guardias, se podrían computar como horas de jornada ordinaria las primeras 2 horas.
      • Podrán, igualmente, computarse esas horas de jornada laboral en las 7 primeras horas de la guardia de sábado no festivo.
      • Las horas restantes, pendientes de aplicar, se destinarían a generar una bolsa destinada a la realización de actividades docentes, formativas o investigadoras. De forma muy excepcional, por razones de necesidad asistencial podrían ser programadas como horas de actividad ordinaria En todo caso, esta bolsa decaería en su aplicación al final de cada año natural.
      • Además, se dotará de un fondo económico adicional para todo el personal a efectos de fomentar la excelencia profesional. Ese fondo se dotará con hasta el 50% de las cuantías económicas dejadas de abonar en concepto de atención continuada como consecuencia del incremento de la jornada.

 

El Servicio de Salud del Principado acepta la introducción de variables en este marco general ligadas al aumento de la eficiencia, a la eliminación de los programas especiales, conocidos como peonadas, y a la mejora de la accesibilidad de los usuarios a los servicios de salud.

 

  1. Módulos de compensación de guardias para mayores de 55. El anteproyecto de la Ley de Medidas Urgentes, vinculadas a la crisis económica y al ajuste presupuestario, presentado por el Gobierno en la Junta General del Principado incluye la supresión de estos módulos de compensación por varias razones:
    1. Introducen factores de discriminación entre profesionales (no existían para los médicos de Atención Primaria)
    2. No obedecen a una planificación de la necesidad asistencial, de tal manera que estos módulos podrían aplicarse en determinados servicios sin que hubiera necesidades específicas de atención y no en otros servicios en los que sí pudieran ser realmente precisos.
    3. Estos módulos no están ligados hasta ahora al aumento de la actividad.

 

El SESPA está dispuesto a vincular la existencia de estos módulos a los profesionales que ya los tienen establecidos, siempre que éstos se puedan ligar a necesidades asistenciales de la población.

 


 

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