Comunicado de FORO sobre el escándalo de los votos que no pasaron por los consulados.
Ahora, sin que haya cambiado la Ley Electoral, dan la razón a FORO y no se podrán computar, como hizo la Junta Electoral Provincial de Asturias alterando el resultado electoral
- Su validez sin pasar por los consulados dio la Presidencia del Principado a Javier Fernández
Los votos de la emigración que no pasaron por los consulados, que en marzo pasado dio por válidos la Junta Electoral Provincial de Asturias, que revalidó la Junta Electoral Central, que anuló el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, pero que facilitaron una sorprendente sentencia del Tribunal Constitucional, ahora serán nulos en Galicia según publica el BOE y no se podrán escrutar.
FORO recuerda que aquellos votos dieron el escaño 17 al PSOE y privaron del escaño 13 a FORO, favoreciendo la mayoría PSOE-IU-UPyD y permitiendo a Javier Fernández desplazar a Francisco Álvarez-Cascos de la Presidencia del Principado. También FORO denuncia de nuevo que la Junta Electoral Provincial de Asturias, pese a la solicitud de los interventores de FORO de que los votos recibidos directamente por dicha Junta no fuesen computados, y en el caso de hacerlo lo fueran separadamente a efectos de una posible impugnación, decidió computarlos siguiendo un criterio establecido sin estar legitimada para ello por la Junta Electoral Central. Además los mezcló con los válidamente recibidos, de manera que no fuera posible saber cuántos de ellos correspondían a cada circunscripción, distorsionando el resultado electoral y dificultando la impugnación de FORO como así se demostró posteriormente.
Ahora, sin que se haya producido ningún tipo de modificación en la Ley Electoral, la Junta Electoral Central reconoce que los votos así recibidos son nulos y por ello no se pueden computar como hizo la Junta Electoral Provincial de Asturias a efectos del resultado electoral, dando la razón a FORO. Sin entrar en más detalles, hasta que el juzgado que tramita actualmente la denuncia de FORO investigue y depure las responsabilidades de los autores del presunto ‘pucherazo’, seguirá sin respuesta esta pregunta elemental:
Si no ha cambiado la Ley Electoral, ¿por qué serán mañana votos nulos en Galicia y no fueron nulos ayer en Asturias los votos irregulares de los emigrantes que no pasaron por los consulados?
"5. En consecuencia, los votos remitidos desde el extranjero directamente a las Juntas Electorales escrutadoras en lugar de a los Consulados deben entenderse como nulos por resultar contrarios a lo dispuesto en el artículo 75.4 de la LOREG.
Con el fin de dejar claro este criterio interpretativo, la Junta Electoral Central, en el ejercicio de sus competencias previstas en el artículo 19.1.c) y a) de la LOREG, en su reunión celebrada en el día de hoy, ha aprobado la siguiente instrucción:
Primero.
Las Juntas Electorales competentes computarán como votos nulos los contenidos en
los sobres de votación remitidos desde el extranjero por los electores inscritos en el
Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que no hayan sido recibidos a través de
los correspondientes Consulados, por haberse enviado por el elector directamente a las
Juntas Electorales encargadas del escrutinio.
Segundo.
La Oficina del Censo Electoral, en la información que acompañe a la documentación
electoral remitida a los electores inscritos en el CERA, deberá hacer constar expresamente
y de forma destacada este criterio. cve: BOE-A-2012-11896BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229 Sábado 22 de septiembre de 2012 Sec. I. Pág. 67048
Tercero.
Dado el carácter general del contenido de la presente Instrucción, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 18.6 de la LOREG, se procederá a su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de septiembre de 2012.–El Presidente de la Junta Electoral Central, Carlos Granados Pérez."