La Seguridad social redujo en 748 millones de euros el gasto en Incapacidad Temporal

La Seguridad social redujo en 748 millones de euros el gasto en Incapacidad Temporal

El gasto en Incapacidad Temporal (IT) de la Seguridad Social en los cinco primeros meses del presente ejercicio asciende a 1.614,48 millones de euros, según datos de la Intervención General de la Seguridad Social.

 

Esta cantidad supone que el gasto en IT de las entidades gestoras de la Seguridad Social y de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional se ha reducido en 748,09 millones de euros en relación a los 2.362,57 millones previstos en los Presupuestos de la Seguridad Social para ese periodo.

 

Las empresas pueden gestionar las cotizaciones y las prestaciones de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional a través de  una mutua, que es la opción mayoritaria, o del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Instituto Social de la Marina (ISM), que son las entidades gestoras del sistema de pensiones. En los cinco primeros meses del año, las mutuas han registrado un gasto en IT de 905,03 millones de euros, 615,72 millones menos que lo previsto para ese periodo. Las entidades gestoras han gastado 709,45 millones, 132,27 millones de euros menos que lo previsto.

 

El ahorro que se viene registrado desde 2004 en el gasto en IT, año en que esta rúbrica aumentaba un 14%, hasta 2010, en que cayó un 3%, se debe a los acuerdos alcanzados entre la Seguridad Social y las Comunidades Autónomas para mejorar la gestión de las bajas laborales, sin mermar la cuantía de las prestaciones ni los derechos de los trabajadores.

 

Pago delegado

Además, la Tesorería General de la Seguridad Social ha reclamado a las empresas la devolución de 142.252.654 euros por compensaciones indebidas de IT en el periodo 2007-2010.  Las empresas utilizan la compensación por IT para agilizar el proceso burocrático, cuando se produce la baja de un trabajador por enfermedad. La Tesorería General de la Seguridad Social delega en las empresas el abono de la prestación por incapacidad temporal a los trabajadores que se encuentran en baja laboral y posteriormente estas cantidades se descuentan de las cotizaciones que las empresas deben ingresar en la Seguridad Social.

 

Durante los primeros quince días de baja laboral, las empresas asumen el coste de la prestación por IT y, a partir del decimosexto corresponde a la Seguridad Social. Se produce una compensación indebida, cuando la empresa se descuenta de las cotizaciones gasto de bajas producidas durante los primeros quince días.

Siguiendo las recomendaciones del Tribunal de Cuentas, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social dictó en abril de 2010 una Resolución en la que se establecen diversos procedimientos de remisión de información, de comprobación, control y, en su caso, reclamación de deuda de las compensaciones por pago delegado de la Incapacidad Temporal.

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