La CE anuncia las deducciones de las cuotas de pesca para 2012

La CE anuncia las deducciones de las cuotas de pesca para 2012

La Comisión Europea ha anunciado hoy las deducciones de las cuotas de pesca de 2012 de los Estados miembros que habían rebasado sus cuotas en 2011. Mediante las deducciones, la Comisión puede tratar inmediatamente los daños causados a las poblaciones objeto de sobrepesca en el año anterior y garantizar un uso sostenible de los recursos de pesca comunes por todos los Estados miembros. Este año, por primera vez, las deducciones se han incrementado en un 50 % para los Estados miembros que pescaron en exceso la misma población de forma reiterada (en 2009, 2010 y 2011).

 

Maria Damanaki, Comisaria de Asuntos Marítimos y Pesca, ha declarado lo siguiente: «Nadie debería hacerse ilusiones de que se va a tolerar la sobrepesca. Las normas vigentes deben aplicarse a todos de forma sistemática y profesional. De hecho, me propongo utilizar las deducciones para contribuir a alcanzar el principal objetivo de la Política Pesquera Común: la sostenibilidad a largo plazo de la pesca en Europa.».

 

Las deducciones se realizan según unas directrices públicas aplicables a todos sobre las mismas poblaciones objeto de sobrepesca, de acuerdo con el objetivo del Reglamento de hoy. No obstante, si un Estado miembro no dispone de cuotas en el caso de las poblaciones objeto de sobrepesca, los importes pueden deducirse de las cuotas disponibles correspondientes a otras poblaciones de peces de la misma zona geográfica, teniendo en cuenta la necesidad de prevenir los descartes o lanzamientos por la borda de pescado valioso en las pesquerías mixtas. La Comisión presentará el Reglamento relativo a las deducciones de otras poblaciones de peces más adelante este año, previa consulta con los Estados miembros interesados.

 

Antecedentes

La base jurídica de las deducciones es el Reglamento (CE) nº 1224/2009, el cual encarga a la Comisión que proceda a las deducciones de las cuotas futuras de los Estados miembros que hayan rebasado su cuota. Se aplican determinados coeficientes multiplicadores, conforme a lo dispuesto en el artículo 105, apartados 2 y 3, del Reglamento, a fin de garantizar la sostenibilidad de las poblaciones de peces.

 

Más información:

Véase el anexo con las deducciones por países y especies.

Áreas de pesca en la UE http://ec.europa.eu/fisheries/documentation/publications/cfp_factsheets/fishing_areas_es.pdf

Personas de contacto:

Oliver Drewes (+32 2 299 24 21)

Lone Mikkelsen (+32 2 296 05 67)

Anexo: deducciones por países y especies

EM

Nombre de la especie

Nombre de la zona

Deducciones 20121
(en toneladas)

DK

Mielga o galludo

Aguas de la UE de la zona IIIa

13,00

DK

Lanzón

Aguas de la UE de las zonas de gestión de lanzón

69,60

DE

Mielga o galludo

Aguas de la UE de las zonas IIa y IV

0,70

DE

Caballa

VI, VII, VIIIa, VIIIb, VIIId y VIIIe; aguas de la UE y aguas internacionales de la zona Vb; aguas internacionales de las zonas IIa, XII y XIV

459,70

DE

Solla europea

Aguas de la UE de las subdivisiones 22 -32

1,40

IE

Arenque

Aguas de la UE y de Noruega de la zona IV al norte del paralelo 53° 30′ N

40,00

IE

Faneca noruega y capturas accesorias asociadas

IIIa; aguas de la UE de las zonas IIa y IV

5,00

ES

Alfonsinos

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XII y XIV

3,00

ES

Anchoa

IX y X; aguas de la UE del CPACO 34.1.1

962,28

ES

Rape

VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1

193,08

ES

Maruca azul

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas Vb, VI y VII

41,00

ES

Sable negro

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas VIII, IX y X

0,60

ES

Sable negro

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas V, VI, VII y XII

81,90

ES

Bacalao

VIIb, VIIc, VIIe-k, VIII, IX y X; aguas de la UE del CPACO 34.1.1

0,90

ES

Mielga o galludo

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas I, V, VI, VII, VIII, XII y XIV

5,20

ES

Tiburones de aguas profundas

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas V, VI, VII y VIII

23,11

ES

Brótola

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas VIII y IX

28,20

ES

Brótola

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas V, VI y VII

30,50

ES

Eglefino

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas Vb y VIa

21,80

ES

Eglefino

Aguas de Noruega de las zonas I y II

5,30

ES

Jurel y capturas accesorias asociadas

Aguas de la UE de las zonas IIa, IVa; VI, VIIa-c, VIIe-k, VIIIa, VIIIb, VIIId y VIIIe; aguas de la UE y aguas internacionales de la zona Vb; aguas internacionales de las zonas XII y XIV

100,90

ES

Jurel

IX

681,23

ES

Jurel

VIIIc

11.623,92

ES

Gallos

VIIIc, IX y X; aguas de la UE del CPACO 34.1.1

88,30

ES

Reloj anaranjado

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas I, II, III, IV, V, VIII, IX, X, XII y XIV

0,60

ES

Carbonero

VI; aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas Vb, XII y XIV

27,60

ES

Abadejo

VIIIa, VIIIb, VIIId y VIIIe

4,30

ES

Abadejo

VIIIc

48,00

ES

Gamba nórdica

NAFO 3L

78,00

ES

Gallineta nórdica

NAFO 3LN

43,50

ES

Besugo

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII

13,18

ES

Lenguado común

VIIIa y VIIIb

1,05

ES

Brosmio

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas V, VI y VII

42,40

ES

Bacaladilla

VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1

325,56

FR

Tiburones de aguas profundas

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas V, VI, VII, VIII y IX

15,83

FR

Lenguado común

VIIe

10,50

LT

Jurel y capturas accesorias asociadas

Aguas de la UE de las zonas IIa, IVa; VI, VIIa-c, VIIe-k, VIIIa, VIIIb, VIIId y VIIIe; aguas de la UE y aguas internacionales de la zona Vb; aguas internacionales de las zonas XII y XIV

608,80

LT

Caballa

VI, VII, VIIIa, VIIIb, VIIId y VIIIe; aguas de la UE y aguas internacionales de la zona Vb; aguas internacionales de las zonas IIa, XII y XIV

2,80

NL

Sable negro

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas V, VI, VII y XII

5,00

NL

Besugo

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII

6,00

PL

Bacalao

Aguas de Noruega de las zonas I y II

2,00

PL

Fletán negro

Aguas de Noruega de las zonas I y II

1,00

PL

Eglefino

IV; aguas de la UE de la zona IIa

16,00

PL

Arenque

IIIa

38,20

PL

Maruca

Aguas de la UE de la zona IV

3,00

PL

Caballa

IIIa y IV; aguas de la UE de las zonas IIa, IIIb, IIIc y subdivisiones 22-32

5,00

PL

Gallineta nórdica

Aguas de Groenlandia de las zonas V y XIV

1,00

PL

Espadín

IIIa

119,60

PL

Bacaladilla

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas I, II, III, IV, V, VI, VII, VIIIa, VIIIb, VIIId, VIIIe, XII y XIV

8,00

PT

Alfonsinos

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XII y XIV

21,00

PT

Anchoa

IX y X; aguas de la UE del CPACO 34.1.1

38,20

PT

Rape

VIIIc, IX y X; aguas de la UE del CPACO 34.1.1

112,65

PT

Patudo

Océano Atlántico

142,70

PT

Sable negro

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas VIII, IX y X

266,42

PT

Aguja azul

Océano Atlántico

3,30

PT

Bacalao

NAFO 3M

250,91

PT

Brótola

Aguas de la UE y aguas internacionales de las zonas VIII y IX

3,00

PT

Fletán negro

Aguas de Noruega de las zonas I y II

11,00

PT

Fletán negro

NAFO 3LMNO

94,40

PT

Eglefino

Aguas de Noruega de las zonas I y II

410,00

PT

Carbonero

Aguas de Noruega de las zonas I y II

254,90

PT

Gallineta nórdica

Aguas de la UE y aguas internacionales de la zona V; aguas internacionales de las zonas XII y XIV

208,98

PT

Gallineta nórdica

NAFO 3LN

50,70

PT

Bacaladilla

VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1

412,02

PT

Merlán

VIII

1,20

UK

Bacalao

Aguas de Groenlandia de las zonas NAFO 0 y 1; Aguas de Groenlandia de las zonas V y XIV

7,60

UK

Patudo

Océano Atlántico

0,00

UK

Maruca azul

Zonas II, IV y V (aguas de la UE y aguas no sujetas a la soberanía o jurisdicción de terceros países)

2,00

UK

Eglefino

Aguas de Noruega de las zonas I y II

0,60

UK

Arenque

Aguas de la UE y de Noruega de la zona IV al norte del paralelo 53° 30′ N

200,40

UK

Caballa

VI, VII, VIIIa, VIIIb, VIIId y VIIIe; aguas de la UE y aguas internacionales de la zona Vb; aguas internacionales de las zonas IIa, XII y XIV

6 439,80

 

 

foto: 'CC BY-3.0-ES 2012/EJ-GV/Irekia-Gobierno Vasco/Mikel Arrazola'

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