La República Dominicana prohibió mediante decreto la captura, matanza, recolección de huevos y comercialización de tortugas marinas de las familias verde, carey, caguamo y tinglar, por un período de diez años. Además, creó el Patronato de la Ciudad Agropecuaria del Nordeste.
La disposición que impide la manufactura, comercio y venta de artesanías elaboradas con conchas de tortugas, carey y otras, está contenida en el decreto 288-12.
También instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la vigilancia, monitoreo, inspección, decomisos y sometimiento a la justicia a quienes violen la prohibición que protege por un período de diez años a de estas tortugas, las cuales están en peligro de extinción.
Dicho decreto recomienda a esta cartera implementar programas de educación, divulgación y concienciación para generar cambios de actitudes en la población, tendentes a propiciar la protección de las tortugas marinas.
La ordenanza para la protección de las tortugas marinas, advierte que la violación de la disposición presidencial será sancionada de acuerdo con lo establecido en los artículos 167y 168 de la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales número 64-00, del 18 de agosto del año 2000.
“Nuestro país es miembro de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), que protege las tortugas marinas en peligro crítico y vulnerable, razón por la que el gobierno dominicano está comprometido a adoptar cuantas medidas fueren necesarias para lograr la adecuada protección de las especies”, cita uno de los considerandos.