Puerto de Gijón,.- La Autoridad Portuaria de Gijón se ha visto obligada a cancelar el Consejo de Administración, previsto para el próximo lunes, día 26 de marzo, por razones de seguridad jurídica.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha anulado, mediante sentencia 195/2012, el Decreto 118/2010 del Principado de Asturias, regulador de la composición de los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias de Gijón y de Avilés.
La sentencia anula el Decreto por considerar que el procedimiento legalmente establecido para su tramitación fue vulnerado, al haberse omitido el trámite preceptivo previo del dictamen del Consejo Consultivo, en los términos en que viene exigido por la Ley 1/2004 del Principado de Asturias. (?proyectos de reglamentos o disposiciones de carácter general que se dicten en ejecución de las leyes?).
Según el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, el Decreto autonómico fue dictado por el anterior Gobierno en ejecución de la Ley estatal 33/2010, pero no se limita a dar cumplimiento a la misma, sino que la desarrolla dentro de los límites permitidos, siendo exigible por ello en su tramitación aquel dictamen preceptivo y no siendo de aplicación la doctrina de la innecesariedad de tal dictamen en los casos de reglamentos de mera organización.
Desde la perspectiva procesal, la sentencia del TSJA no es firme, porque, en principio, cabe recurso de casación contra la misma ante el Tribunal Supremo, como se indica en la propia resolución judicial.
Sin embargo, estando en estudio las consecuencias jurídicas de la citada Sentencia 195/2012 del TSJA, y dado que la celebración de sesiones de los Consejos de Administración de las Autoridades Portuarias de Gijón y de Avilés podría motivar que los acuerdos que en los mismos se adoptasen pudieran ser impugnados y declarados nulos, en aras de la seguridad jurídica, se había decidido posponer la celebración del Consejo de Administración en espera, durante esta semana, del informe que a petición de Puertos del Estado emitieran sus servicios jurídicos. Al no haberse recibido el citado informe de Puertos del Estado procede pues, la cancelación de la convocatoria del Consejo de la Autoridad Portuaria de Gijón.