La Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos publica hoy, lunes 19 de marzo, en el BOPA una disposición acerca del coto de caza Llanes.
“Resolución de 13 de marzo de 2012, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, por la que se declara constituido el Coto Regional de Caza “Llanes”.
En relación con el expediente de declaración del Coto Regional de Caza “Llanes” ubicado en el término municipal de Llanes.
Antecedentes de hecho
Primero.—Formulada solicitud de declaración de Coto Regional por la Sociedad de Caza del Oriente de Asturias SOCOA“La Llanisca”, se sometió a la perceptiva Información Pública, al amparo del art. 21.1 del Decreto 24/91 de 7 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de Caza del Principado de Asturias, se procedió a su exposición pública en el tablón de anuncios del Área de Atención Ciudadana del Principado de Asturias, tablón de edictos del Ayuntamiento de Llanes, siendo publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 24, del 31-1-2012.
Segundo.—Durante el plazo establecido para la información pública no se presentaron alegaciones.
Fundamentación jurídica
Primero.—La Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos, es competente para conocer y resolver acerca de la materia objeto del presente expediente en virtud de lo dispuesto en el Decreto 174/2011, de 19 de agosto, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería.
Segundo.—El Coto Regional de Caza “Llanes” se declararía sobre terrenos de aprovechamiento cinegético común.
Tercero.—Considerando que los terrenos cuya declaración como coto regional solicitados presentan unas características físicas y biológicas adecuadas y disponen de un potencial cinegético singular, resultando conveniente regular la actividad cinegética con la finalidad de garantizar la pervivencia de las especies objeto de la referida actividad y su aprovechamiento, así como las de la fauna silvestre en general.
Cuarto.—De Conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley del Principado de Asturias 2/89, de 6 de junio de Caza, artículo 19.2 del Reglamento que la desarrolla y demás de general aplicación, oído el Consejo Regional de la Caza del que se cuenta con su dictamen favorable.
Resuelvo
Primero.—Declarar constituido el Coto Regional de Caza solicitado por la Sociedad de Caza del Oriente de Asturias SOCOA“La Llanisca” denominado “Llanes”, con las características que se describen en el anexo, que acompaña a esta Resolución.
Segundo.—Acordar su inscripción en el Registro de Terrenos Cinegéticos de Régimen Especial con el número 156.
Tercero.—La vigencia del Coto sea de diez años, contados a partir del día 1 de abril de 2012.
Contra la presente resolución cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, en ambos casos, desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación.
Oviedo, 13 de marzo de 2012.—El Consejero Agroganadería y Recursos Autóctonos.—P.D. de 24-8-11 (BOPAde 26-9-11), el Viceconsejero de Recursos Autóctonos.—Cód. 2012-04968.
Anexo
• Nombre del coto: Llanes.
• Concejos afectados: Llanes íntegramente.
• Límites: Coinciden con los del concejo de Llanes.
• Superficie: 26.297 ha.