Llanes.-El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Oviedo ha emitido una sentencia en la que desestima el recurso contencioso interpuesto administrativo interpuesto por la Asociación de Vecinos y Amigos de Llanes – AVALL, contra la desestimación por silencio administrativo de la petición de revisión de oficio para que declarase la nulidad de pleno derecho del expediente urbanístico referido a “licencia de obras para la construcción de viviendas unifamiliares en Poo, nº 14173 del año 2006”, por ser la misma ajustada a derecho.
Este litigio de Avall con el Ayuntamiento de Llanes, que en este caso se amplía a la empresa GAM, S.L. como codemandada; se basa en los mismos criterios de otros dos iniciados por esta Asociación contra el Consistorio llanisco, y ya resueltos, en los que el motivo central de los recursos se centraba en la supuesta nulidad del procedimiento de concesión por haber intervenido A. M-R. como arquitecto municipal cuando según sus fundamentos se trataba de una persona sin vinculación funcionarial o laboral con el Ayuntamiento de Llanes.
El juzgado entiende también en este caso que la citada arquitecto intervino en base a un contrato de asistencia técnica que tenía concertado el Ayuntamiento con la mercantil Dolmen S.L.; que, además, en base a una sentencia del juzgado de lo social, se declaró la existencia de una relación laboral entre el Ayuntamiento y la citada arquitecto. Tampoco nos encontramos ante un acto por el que se adquieran facultades o derechos careciendo de los requisitos esenciales para su adquisición, pues la licencia concedida no merece ningún reproche de legalidad como tampoco se trata de un acto dictado por órgano manifiestamente incompetente.
Con anterioridad, Avall, utilizando este mismo argumento (intervención de A. M-R.) requirió al Ayuntamiento de Llanes la nulidad de 953 expedientes en los que dicha arquitecta intervino. De todos estos 953 expedientes la Asociación llevó al contencioso sólo tres:
1.- Uno desestimado el 30 de junio de 2011, de una vivienda unifamiliar en Naves.
2.- Otro relativo a licencia para la construcción de un chalet en la urbanización La Llavandera en Pancar, y cuya sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Oviedo de fecha de 31 de marzo de 2011 es igualmente desestimatoria.
3.- Y éste, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 contra licencia de obras para la construcción de doce viviendas unifamiliares en Poo, que acaba de ser desestimado.