El periodista español, Francisco Gómez Nadal, fue detenido en Panamá mientras participaba como observador de una protesta organizada el sábado 26 de febrero en contra de una Ley Minera, convocada por de diferentes grupos de Ciudad de Panamá para evitar que estos proyectos sigan devastando el medio ambiente, y terminó por ser deportado dos días después de su detención.
Según informó la publicación Hora Cero, “la Secretaría de Comunicación del Estado confirmó el arresto del periodista español Paco Gómez Nadal, durante la protesta, que se realizó en la Plaza Cinco de Mayo, e insinuó que podrían deportarlo”.
El Gobierno Nacional dijo que “en clara violación a la Ley, ciudadanos extranjeros no solo participan en las protestas, sino incitan a los indígenas panameños a desafiar a las autoridades nacionales”.
En La Prensa, principal periódico de Panamá, se informó que Paco Gómez, fue arrestado junto a su compañera, Pilar Chato –según la Policía Nacional (PN)– “por alterar el orden público” y “alentar a los indígenas a realizar cierres de calle para rechazar el Código Minero”.
Aunque a Gómez Nadal le fue devuelta la video grabadora que usó en la cobertura de la protesta, el periodista denunció que le borraron la grabación que hizo ese día, según informó La Prensa.
A los extranjeros les está prohibida la participación en todo tipo de actividades políticas o protestas en ese país, dado que el Código Penal dice que la figura del instigador: “Es aquella persona que determina a otro u otros a cometer un delito, falta o contravención”.
Además, el artículo 71 del Decreto Ley que regula el Servicio Nacional de Migración señala que este puede expulsar al extranjero que:
1. Haga apología del delito o incite al odio racial, religioso, cultural o político.
2. Sea una amenaza para la seguridad colectiva, la salubridad o el orden público.
Félix Wing Solís, director ejecutivo del Centro de Incidencia Ambiental (Ciam), en un documento enviado a la directora nacional de Migración, le dice que se ha presentado un recurso de Habeas Corpus para evitar la repatriación de los periodistas. “En vista de ello, le recordamos su obligación legal de abstenerse de realizar actos contrarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Panamá mediante Ley 15 de 1977, tales como la expulsión de los ciudadanos españoles Gómez Nadal y Chato Carral, antes que dicho hábeas corpus haya sido resuelto por la Corte Suprema de Justicia“, pero no dio resultados. /Con información de Elciudadano.cl