El día 6 de enero de 2012 entrará en vigor la nueva normativa reguladora sobre la extracción de gusanos marinos para cebo en la presente campaña.
Esta normativa ha sido aprobada por la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos por Resolución de 21 de diciembre de 2011, y publicada en el BOPA núm. 3 de 5 de enero de 2012. La regulacción afecta a la explotación profesional de los gusanos marinos (anélidos, poliquetos y sipuncúlidos) para su uso como cebo y es de aplicación en las aguas interiores y zona marítimo terrestre del litoral asturiano, a excepción de las reservas marisqueras, concesiones administrativas y zonas vedadas.
El cupo máximo de captura es de 2 kg para cualquier especie o mezcla de varias, por persona autorizada en una sóla marea. En el caso del xorrón (Arenicola marina), el cupo máximo será de 600 ejemplares/día por persona autorizada en una sóla marea.
En concreto para la ría de Villaviciosa se establece una veda temporal hasta el 31 de enero y entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, en la zona comprendida entre el puente de la carretera N-632 y la desembocadura en el mar.
FOTO: Centro de Interpretación de la Ría de Villaviciosa. Rastro de un xorrón