Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la declaración de prescripción de los crímenes de lesa humanidad perpetrados durante el régimen de Jean-Claude Duvalier en Haití, negando a las víctimas sus derechos a verdad, justicia y reparación. La CIDH insta a las autoridades haitianas a cumplir con su obligación internacional de investigar, juzgar y sancionar dichos crímenes.
Según información de público conocimiento, el 30 de enero de 2012 el juez de instrucción a cargo de investigar las denuncias presentadas contra Jean-Claude Duvalier en Haiti por violaciones a los derechos humanos y corrupción en dicho país, declaró prescritos los delitos por violaciones a los derechos humanos y decidió procesar a Duvalier por el delito de malversación de fondos públicos. El día de hoy, la CIDH ha dirigido al gobierno de Haití una solicitud de información relativa a dicha decisión judicial.
Como es de público conocimiento, el gobierno de Jean-Claude Duvalier se caracterizó por la comisión de graves y sistemáticas violaciones a los derechos humanos. Esta situación fue documentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Haití publicado en 1979, preparado con base en la visita de observación in loco realizada en dicho país del 16 al 25 de agosto de 1978. La Comisión Interamericana ha continuado dando seguimiento a la situación de los derechos humanos en Haití.
En un pronunciamiento emitido en mayo de 2011 sobre el deber del Estado haitiano de investigar las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el régimen de Jean-Claude Duvalier, la Comisión Interamericana destacó que “las torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas cometidas durante el régimen de Jean-Claude Duvalier son crímenes de lesa humanidad y, como tales, son imprescriptibles y no pueden quedar comprendidos dentro de una amnistía”.
De acuerdo a la jurisprudencia consolidada del sistema interamericano de derechos humanos, la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad es una norma imperativa de derecho internacional que no puede dejar de ser cumplida por los Estados. En este sentido, los Estados tienen la obligación de investigar, juzgar y sancionar todas las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en su territorio. Las decisiones de la Comisión y de la Corte Interamericanas han facilitado en otros países de la región el inicio de procesos tendientes a establecer verdad, justicia y reparación por las graves violaciones a los derechos humanos.
El Poder Judicial haitiano, como parte del aparato estatal, debe someter su actuación a las obligaciones asumidas al ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos; asimismo, tiene la obligación de velar para que los efectos de las disposiciones de dicho instrumento internacional no se vean mermados por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin. En tal sentido, el Poder Judicial, al momento de aplicar las normas jurídicas internas debe ajustarlas a la Convención Americana.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia