El juzgado contencioso administrativo número 4 de Oviedo declara nula la decisión de la Alcaldía de Ribera de Arriba, de contratar a tres trabajadores con la categoría de oficial de primera por vulnerar flagrantemente los principios constitucionales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad para acceder al empleo público. Esta sentencia, a instancias de Comisiones Obreras de Asturias, culmina las denuncias públicas realizadas por el concejal de IU-Verdes en el mismo ayuntamiento, José Luis Martínez, a quien el alcalde, José Ramón Sáez, obstaculizó, además, en reiteradas ocasiones la información de la contratación de los tres albañiles.
La sentencia, firmada por el magistrado David Ordóñez Solís, reconoce que la contratación se efectuó “simplemente” con la constatación de una necesidad por el propio alcalde en virtud de un decreto de alcaldía del 4 de agosto de 2011, sin aportar al expediente administrativo “ningún informe ni dato alguno” suministrado por los servicios municipales que den cobertura a la actuación expeditiva de la alcaldía. Según la sentencia “del expediente administrativo se deduce que la tramitación ha respondido única y exclusivamente a la que parece soberana decisión de la Alcaldía sin contar con informe por mínimo o modesto que sea de sus técnicos o de sus servicios, como, por ejemplo, ocurre con el informe que precede la resolución de los contratos laborales y que realiza el encargado municipal de obras”.
David Ordóñez Solis recuerda en los fundamentos de derecho de la sentencia no se dió publicidad alguna, no se han utilizado listas o bolsas del propio Ayuntamiento o del servicio de empleo público ni ningún procedimiento “mínimamente objetivo y distinta” de la decisión de la alcaldía. La decisión de la alcaldía tampoco acredita, como explicita el magistrado, “la urgencia” de la contratación.