El director de Villabona responde a las informaciones publicadas sobre la muerte de un recluso

El director de Villabona responde a las informaciones publicadas sobre la muerte de un recluso

Comunicado del director del Centro Penitenciario de Villabona

 

       Con el máximo respeto y sin ánimo de entorpecer la instrucción de la causa judicial que se sigue por el fallecimiento de un interno el pasado día 11 de noviembre en el Centro Penitenciario de Villabona, como responsable del mismo y representante de la Institución Penitenciaria en Asturias, me siento obligado a dar respuesta a las afirmaciones que han aparecido en los últimos días en diferentes medios de comunicación:

      En primer lugar decir, que la Dirección del centro penitenciario lamenta profundamente el fallecimiento del interno J.P.A. y que no se haya podido evitar su muerte cuando la primera obligación de la Administración Penitenciaria no es otra que velar por la vida de las personas que tiene bajo su custodia. Sin embargo afirmar, que una vez que se produjo el hecho, se ha actuado con la eficacia, inmediatez, profesionalidad y responsabilidad que requería la gravedad de lo ocurrido. De forma casi inmediata, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y como por otra parte, es habitual en estos casos, procedió a la apertura de una Información Reservada de la cual se dedujeron indicios de una posible conducta profesional irregular de un funcionario, incoándose al mismo,  Expediente Disciplinario con fecha 17 de noviembre y acordándose ese mismo día suspenderle provisionalmente de sus funciones. Después de unas  primeras actuaciones de la Inspección Penitenciaria, el día 1 de diciembre queda paralizado el expediente administrativo a la espera de que recaiga resolución en el proceso penal en curso, tal como establece la legislación vigente.

 

Total colaboración    

 

En segundo lugar y respecto a las afirmaciones de que los responsables del centro no colaboran en la instrucción judicial o que no se envían pruebas, señalar, que desde el mismo día en que se produjo el hecho, tanto por parte de esta Dirección como de los trabajadores del centro, se ha prestado total colaboración en todas las diligencias ordenadas por la titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de Oviedo, remitiendo toda la documentación e información requerida con la máxima celeridad , y ello, no solo por constituir una obligación ineludible de todo funcionario público dicha colaboración, sino además, porque la Institución Penitenciaria es la más interesada en  aclarar las circunstancias del fallecimiento y que se determinen las responsabilidades que hayan existido.

     En cuanto a que no llegan los testigos al Juzgado o que se castiga o se toman represalias con los internos del Módulo 8, he de manifestar que en el oficio remitido al que suscribe por el Juzgado para poder ordenar  la excarcelación de los primeros internos llamados a declarar, se citaba solamente a uno de ellos para el día 1 de diciembre, quedando los otros dos citados para el día 14. Por otra parte, afirmar rotundamente que en ningún caso se ha castigado, ni se han tomado medidas represivas ni quitado beneficios a ningún interno del Módulo 8, mas bien al contrario, se les ha facilitado el que colaboren con sus testimonios, desde el primer día, tanto en la instrucción del expediente administrativo como en la investigación judicial, habiéndose restablecido totalmente la convivencia normalizada en el citado módulo. En cuanto a los cambios de internos entre módulos son cotidianos, se realizan por diversas razones, se trata de una competencia del Director y el Módulo 8, a pesar del incidente, no es una excepción.

       También se realizan algunos comentarios poco prudentes o cuando menos atrevidos sobre la seguridad del centro: “…Solo había una cámara en el patio, que las imágenes no se ven, que no actuó ningún retén de seguridad, que el interno nunca debería haber compartido módulo…” pues bien, decir al respecto, que como en todos los centros penitenciarios similares, en el de Villabona, existe una cámara de videovigilancia en cada uno de los patios de los distintos módulos, lo cual unido a otro tipo de medidas,  se consideran suficientes para garantizar un buen nivel de seguridad en los supuestos más habituales, no como el que nos ocupa, caracterizado por una rapidez y violencia extremas por parte del agresor y que probablemente, ni con más cámaras ni mayor número de funcionarios  se hubiese evitado. Además, no es cierto que las imágenes recogidas por la citada cámara no se vean, sí se ven pero quizás no son de la calidad que seria deseable. Por otra parte, no existe en ningún centro penitenciario lo que se menciona como “retén de seguridad” y tampoco en Villabona, sin embargo el día de los hechos, en el Módulo 8 prestaban servicio tres funcionarios y otros tres en el módulo contiguo, encontrándose ambos comunicados, siendo éste un número de trabajadores que se considera adecuado para hacer frente a los conflictos que se puedan producir.

     

Módulo compartido

 

En cuanto al hecho de que, agresor y víctima, estuviesen compartiendo módulo, fue debido a un incidente que se produjo dos días antes en el Módulo 9, como consecuencia del cual se procedió a la separación  de varios internos en  módulos diferentes,  comprobado previamente, como es habitual, el listado de internos “incompatibles” entre sí, en el que no figuraban ni el agresor ni la víctima, ya que ninguno de ellos había manifestado tener ningún tipo de incompatibilidad, ni siquiera lo hicieron en anteriores ingresos de ambos internos, posteriores al año 2003. Es decir, en ningún caso se revisa el expediente personal  cada vez que es necesario cambiar a un interno de módulo, solamente se comprueba el listado de incompatibles. El hecho de que hubiesen tenido un incidente fuera del centro en el año 2003 y que conste en sus expedientes, no basta para incluirles en el mencionado listado, si ninguno de ellos solicita la incompatibilidad por escrito, siendo relativamente frecuente que internos que han tenido incidentes fuera prisión estén conviviendo juntos en el mismo módulo con normalidad. Por otro lado, tampoco  constaba solicitud expresa de cambio de módulo por parte del fallecido y por esa razón se encontraban conviviendo en el mismo módulo 8 hasta el  día de los hechos.

      En definitiva, todas estas afirmaciones denotan un profundo desconocimiento del ámbito penitenciario y parece que un interés nada claro por alguna de las partes en el proceso, cuya actuación, en mi humilde opinión y sobre todo en esta fase de instrucción de la causa, debería caracterizarse por la prudencia y no por lanzar acusaciones gratuitas y sin fundamento alguno en los medios de comunicación  contra la Institución Penitenciaria. Es evidente, que cualquier persona que tenga conocimiento de que los responsables del centro de Villabona no colaboran o entorpecen la instrucción judicial o sabe de algún tipo de conducta irregular o incluso delictiva, llevada a cabo por funcionarios del mismo centro, debe utilizar los cauces legales y procesales existentes para denunciarlo, con la finalidad de depurar las responsabilidades correspondientes, cauces que, en su caso, utilizará la Dirección del centro, poniendo en conocimiento de la Abogacía del Estado aquellas acusaciones que sin base alguna, supongan un ataque al buen nombre de la Institución Penitenciaria en Asturias.

    

No empañar la profesionalidad

 

Finalmente decir, que la presunta responsabilidad en los hechos que pueda tener el funcionario, que se encuentra imputado en el proceso penal, no va a empañar la labor diaria  del colectivo de quinientos trabajadores, que integran la plantilla del centro penitenciario y que desde su inauguración en el año 1993 hasta la fecha han conseguido con su esfuerzo, profesionalidad, compromiso y humanidad, no solo que el centro de Villabona se haya consolidado como modelo en programas de tratamiento para los internos, sino además, se haya convertido en uno de los centros penitenciarios en los que la convivencia está más normalizada y que menos incidentes ha registrado en los últimos años.

 

 

 

3 comentarios

  • # lucifer Responder

    03/07/2012 18:03

    hola:en primer lugar quiero preguntarle por que tanto control a los familiares de los internos antes de entrar a visitarles cuando hay mas droga hay dentro que en la calle. ¿esta claro que eso se cebe a funcionarios corruptos noo??

  • # Atrastallau. Responder

    22/01/2013 01:04

    No se como no le da a usted verguenza,decir que no hay represalias en el centro,por bastante menos de lo desgraciadamente ocurrido he visto yo,entre otros internos darle un par de hostias a un interno.Y no se te ocurra hechar una instancia para quejarte.

  • # poison Responder

    22/01/2013 01:10

    En la navidad del 2009,bebi una botella de jonny walker tras el pago de 400 euros.¿quien me la vendio?la familia no mete tanta droga como se comsume,¿de donde sale?.Esteban usted no engaña a nadie,y si hay represalias.CORRUPCIÓN.

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