El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha emitido un fallo clave que reafirma la validez oficial de los dos topónimos que denominan el estuario que separa Asturias y Galicia: ‘Ría del Eo’ y ‘Ría de Ribadeo’. Esta sentencia desestima el recurso interpuesto por la Xunta de Galicia y refuerza los argumentos históricos y culturales defendidos por el Principado de Asturias, consolidando el uso compartido de ambas denominaciones en igualdad de condiciones.
Un fallo que pone fin a una disputa histórica
El litigio, originado por las resoluciones del Instituto Geográfico Nacional (IGN) que reconocen la coexistencia de ambos nombres, ha sido objeto de múltiples recursos legales. La Xunta de Galicia, apoyada en su momento por el Ayuntamiento de Ribadeo y la Diputación Provincial de Lugo, buscaba invalidar la oficialidad del término ‘Ría del Eo’, alegando una prevalencia histórica del topónimo gallego. Sin embargo, todas las instancias judiciales han ratificado la legitimidad de la convivencia de los dos nombres.
El fallo del TSJM refuerza la postura asturiana, subrayando que la denominación ‘Ría del Eo’ tiene un uso tradicional y arraigado en el territorio asturiano, además de contar con respaldo histórico y cultural. Por su parte, el topónimo ‘Ría de Ribadeo’ mantiene su vigencia como una designación igualmente válida en el ámbito gallego.
La postura del Principado: convivencia como solución
La Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte del Principado de Asturias ha celebrado la sentencia, calificándola como un triunfo para la identidad y la memoria histórica de la región. “Este fallo reconoce el respeto por la diversidad cultural y lingüística que caracteriza a nuestra tierra y refuerza nuestra convicción de que ambas denominaciones pueden y deben coexistir”, declaró un portavoz del Gobierno asturiano.
El Ejecutivo asturiano considera que la decisión judicial es un respaldo a su esfuerzo por defender la riqueza patrimonial de la ría, que incluye elementos naturales, históricos y culturales compartidos entre ambas comunidades autónomas.
¿Qué implica la sentencia?
El fallo no solo avala la coexistencia de los topónimos, sino que también abre la puerta a fomentar un enfoque colaborativo entre Asturias y Galicia en la gestión y promoción de la ría. Este enclave natural, que combina la belleza paisajística con una rica historia, es un símbolo de unión que trasciende las fronteras administrativas.
La sentencia, sin embargo, no cierra completamente el caso, ya que la Xunta de Galicia aún tiene la opción de interponer un recurso de casación. No obstante, los antecedentes judiciales indican que las posibilidades de revertir la decisión son reducidas.
La ría como símbolo de diversidad
La Ría del Eo, o Ría de Ribadeo, es mucho más que un accidente geográfico. Es un punto de encuentro entre dos comunidades que comparten historia, cultura y tradiciones, pero también retos en común. Esta sentencia no solo resuelve una cuestión administrativa, sino que invita a mirar hacia el futuro con una perspectiva de colaboración y entendimiento.
Con esta decisión, la Justicia no solo ha puesto fin a una disputa nominal, sino que ha recordado la importancia de respetar y valorar la diversidad cultural en el marco de un Estado plural. La ría seguirá siendo un lugar de encuentro, ahora con dos nombres igualmente válidos que reflejan la riqueza de su identidad compartida.