El Gobierno del Principado refuerza la protección contra incendios en zonas rurales y urbanas con una nueva normativa sobre quemas controladas

El Gobierno del Principado refuerza la protección contra incendios en zonas rurales y urbanas con una nueva normativa sobre quemas controladas

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado hoy una nueva normativa que regula el uso del fuego en quemas controladas en terrenos forestales y áreas limítrofes a zonas urbanas y rurales. Este reglamento tiene como objetivo principal prevenir incendios forestales y proteger tanto las áreas pobladas como los espacios naturales.

La normativa, que se enmarca en la reciente modificación de la Ley de Montes y Ordenación Forestal aprobada por la Junta General a principios de año, establece una serie de directrices para gestionar de forma segura las quemas controladas, las repoblaciones forestales y los trabajos selvícolas en el monte. Este desarrollo reglamentario marca un paso adelante en la protección de los montes asturianos y de las comunidades que habitan cerca de ellos.

Principales medidas de la normativa

La nueva regulación detalla dos anexos clave: uno destinado a las quemas controladas y otro enfocado en la prevención de incendios mediante la selvicultura y gestión forestal. Entre las principales medidas destacan las siguientes:

  • Superficie autorizada para quemas: Las quemas de pastizales no podrán superar las 30 hectáreas, con una proporción de matorral inferior al 40%. Esta autorización tendrá una validez de dos años. Para matas aisladas en brañas y camperas, la superficie máxima permitida será de 200 metros cuadrados, duplicando la extensión permitida anteriormente.

  • Quemas prescritas todo el año: Las quemas prescritas, una herramienta clave para la prevención de incendios, podrán realizarse durante todo el año, siempre y cuando se cumplan las limitaciones impuestas por el patrimonio natural y forestal.

Distancias de seguridad y repoblaciones forestales

Para aumentar la seguridad en zonas cercanas a núcleos urbanos y rurales, la normativa impone distancias mínimas entre las nuevas repoblaciones forestales y las áreas pobladas. Así, se deberá respetar una franja de 30 metros entre los terrenos forestales y suelos urbanos, campings, gasolineras, parques industriales o viviendas aisladas. En este rango, no se permitirá la plantación de especies de alto riesgo de incendio como pinos (Pinus) y eucaliptos (Eucalyptus).

Además, las nuevas repoblaciones deberán mantener una distancia mínima de tres metros a cada lado de los caminos rurales y pistas permanentes, con el fin de facilitar las labores de prevención y extinción de incendios.

Objetivo: protección sin perder rentabilidad

La normativa busca equilibrar la protección de la población y las zonas habitadas con la rentabilidad de los terrenos forestales, cuidando que la densidad arbolada de las franjas de protección no afecte negativamente a la producción de los propietarios.

Esta resolución será de aplicación en todo el Principado de Asturias, y las infracciones serán sancionadas según lo dispuesto en la Ley de Montes y Ordenación Forestal.

Los interesados pueden consultar los detalles completos en el BOPA.

 

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