Algunas oficinas de Registro Civil de España empiezan a experimentar episodios de colapso puntuales, aunque mantenidos y repetidos, ante el número de hombres que están acudiendo presencialmente a interesarse por el cambio de sexo. También se han manifestado problemas en las entradas online de varios Registros a nivel nacional y autonómico.
La mayoría de ellos manifiestan que quieren ser mujeres a efectos legales para disfrutar de todos los beneficios legales y sociales que tiene ser mujer en este momento en nuestro país. De hecho, está circulando en redes sociales una compilación de derechos de los que disfrutan las mujeres en nuestro país de las que no disfrutan los hombres, a pesar de que esto está expresamente prohibido por el articulo 14 de la Constitución Española que dice: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
Recogemos algunos de los beneficios a los que hace alusión la citada compilación:
1.- Derecho a incentivos a la contratación de mujeres sobre hombres con dinero público
- Derecho a un incremento en la pensión por número de hijos, que empieza en un 5% por dos hijos y alcanza hasta el 15%. Este complemento es exclusivo para mujeres, incluyendo a lesbianas adoptantes en cuyo caso lo cobran ambas, y excluyendo a gays adoptantes que no lo cobra ninguno. El requisito es ser mujer (con una sentencia en contra del tribunal superior de justicia europeo).
- Derecho a ayudas al emprendimiento a las que los hombres no tienen acceso. Solo para mujeres.
- Derecho a una cuantía mayor por ayuda a autónomos si eres mujer que si eres hombre (con beneficios diferentes según la Comunidad Autónoma en la que se resida).
- Derecho a acceso al empleo público con baremos físicos más bajos para mujeres.
- Derecho a que se considere como tipo delictivo diferente y agravado un hecho solo cuando la víctima sea mujer y el victimario hombre (los hombres quedan privados del derecho a que no se aplique contra ellos lo conocido como delito de autor).
- Derecho al servicio 016 de información (24 horas 365 días al año y en 52 idiomas) solo para mujeres.
- Derecho a no cortarse el pelo en el ejército o la guardia civil. Hay obligatoriedad para los hombres de cortarse el pelo en esos cuerpos. Las mujeres no tienen esa obligación
- Derecho a prioridad de la mujer sobre el hombre en los programas PRODER y LEADER en la Red Española de Desarrollo Rural.
- Derecho a disfrutar en exclusiva de diversas convocatorias y premios, como, por ejemplo, algunos premios a innovación para mujeres rurales
- Derecho a que les sean notificadas sin solicitud previa las resoluciones que acuerde prisión o puesta en libertad del infractor, así como posible fuga del mismo y las que acuerden medidas cautelares personales o que modifiquen las ya acordadas cuando hubieran tenido por objeto garantizar la seguridad de la víctima (Ley 4/2015, de 27 de abril del estatuto de la víctima del delito, art 7.3)
13.- Derecho a que se reconozca su condición de víctima de violencia de género a través de los servicios sociales (como la violencia de género solo contempla a las mujeres como víctimas, esto no se aplica nunca a hombres).
- Derecho a elegir paradas en los autobuses a demanda en algunas ciudades
Esta compilación prosigue con un listado enorme de circunstancias acerca de la Ley de Violencia de Género en las que no vamos a entrar desde aquí.
Esta redacción se ha puesto en contacto con uno de los hombres que ha manifestado en redes sociales que quiere cambiarse de sexo para disfrutar de los beneficios que en España tiene ser mujer. No nos ha autorizado a dar su nombre pero sí nos ha manifestado que: “si en este país todo el mundo tiene derecho a sentirse como quiera, yo tengo derecho a sentirme discriminado en mucho aspectos, Y para mí, en este momento, luchar contra la discriminación significa cambiarme y pasar a ser mujer…”