Los ayuntamientos de Nava, Proaza y Priosa presentan informes incompletos o deficientes al control de la Sindicatura de Cuentas

Los ayuntamientos de Nava, Proaza y Priosa presentan informes incompletos o deficientes al control de la Sindicatura de Cuentas

Ninguno de los concejos tenía en 2021 plan estratégico de subvenciones, RPT, organigrama de servicios, plan de tesorería ni plan anual de  contrataciones 

 

Oviedo / Uviéu, 1 de febrero de 2023 

El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprobó el 31 de enero el  Informe de fiscalización sobre control interno en los ayuntamientos con incompleto o  deficiente historial de rendición de cuentas: Nava, Proaza y Riosa, ejercicio 2021. Los síndicos  acordaron realizar varios informes específicos sobre aquellos ayuntamientos que acumularan  varios ejercicios sin rendir su cuenta general o remitiéndose fuera del plazo legalmente  previsto (hasta el 15 de octubre). Además del que ahora se aprueba, ya están publicados otros  sobre Cangas del Narcea, Grandas de Salime, Peñamellera Alta, Teverga, Lena, Santo Adriano y  Villayón. 

En este informe, la Sindicatura de Cuentas distribuyó en tres áreas la información obtenida a  través de diversos cuestionarios: el área de gestión administrativa, que abarca los aspectos  organizativos de la entidad, secretaría, personal, inventario de bienes y patrimonio,  subvenciones concedidas y contratación; el área económica y de tesorería, en la que se han  revisado presupuestos, contabilidad, tesorería y recaudación, así como la gestión de los  ingresos y el endeudamiento, y el área de intervención, que incluye su organización, la  regulación interna del control interno y el ejercicio de la función interventora, control  financiero y de eficacia. 

La Sindicatura de Cuentas, como conclusiones aplicables a los tres ayuntamientos, constató  que se evidencia una ausencia de planificación en la ejecución y prestación de las obras y  servicios, en el cumplimiento y fomento de los intereses públicos, así como en la previsión de  su situación financiera y de los efectivos necesarios para el desempeño de sus funciones. 

  1. Área administrativa 

Ninguno de los ayuntamientos contaba en 2021 con un organigrama de servicios, ni tenía  aprobada la relación de puestos de trabajo (RPT) -en Nava se encontraba en tramitación en el  ejercicio fiscalizado-, así como tampoco un manual de funciones y responsabilidades, como  herramienta que detalle las actividades que tienen que realizar los órganos gestores de cada  procedimiento, identificando de forma clara y definida las responsabilidades de los encargados  de la tramitación y gestión de los diferentes servicios municipales. 

 

Nava, Proaza y Riosa no tenían aprobado un plan estratégico de subvenciones, cuya ausencia  podría determinar la nulidad de la convocatoria de subvenciones, como de forma reiterada se  ha pronunciado la jurisprudencia. 

Respecto a contratación, ninguno de los tres ayuntamientos disponía en 2021 de un plan anual  de contratación. Se trata de un documento de gestión pública de la entidad que le permite  planificar, ejecutar y evaluar las contrataciones de bienes, servicios y obras que se van a realizar en un año o en períodos plurianuales. Además, tampoco cumplieron con la obligación  de comunicar a la Sindicatura de Cuentas la relación de contratos correspondiente a 2021. 

La Sindicatura de Cuentas constató, por otro lado, que los concejales de los ayuntamientos de  Nava y Proaza formularon, a fecha de la toma de posesión, las declaraciones sobre causas de  incompatibilidad, de actividades y declaración de bienes patrimoniales y participación en  sociedades, sin que se haya realizado su publicación, en cumplimiento de la Ley Reguladora de  las Bases del Régimen Local. En el Ayuntamiento de Riosa, las declaraciones de actividades y  bienes de dos concejales que renunciaron a su cargo en el ejercicio 2021 no constan en el  registro de intereses, ni tampoco las de los concejales que les sustituyeron. 

Además, los ayuntamientos de Nava y Proaza no cumplieron con la obligación de suministro de  información en materia de convenios del ejercicio 2021. 

  1. Área económica y de tesorería 

Los ayuntamientos de Nava, Proaza y Riosa no disponían en 2021 de un plan de tesorería que  garantizara liquidez suficiente para el cumplimiento de los plazos de pago a proveedores y el  resto de sus obligaciones, así como el empleo óptimo de los recursos financieros. En ninguno  de ellos se contabilizaban las amortizaciones del inmovilizado, ni la contabilidad proporciona  información sobre el patrimonio municipal del suelo, lo que impide que se refleje  adecuadamente la imagen fiel, la situación financiera y los resultados de la entidad en los  términos establecidos en la regla 12.1 de la Instrucción del modelo normal de contabilidad  local y 13.1 de la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local. 

Los ayuntamientos de Nava y Proaza adaptaron fuera del plazo establecido en la Ley 40/2015,  de Régimen Jurídico del Sector Público, sus respectivos convenios con el Ente Público de  Servicios Tributarios del Principado de Asturias para la gestión y recaudación voluntaria y  ejecutiva de diversos ingresos tributarios y otros de derecho público. El Ayuntamiento de Riosa  aún tenía pendiente de adaptación su convenio a cierre del ejercicio fiscalizado. 

Las conclusiones concretas sobre cada uno de los ayuntamientos se exponen en el informe de  fiscalización. 

La Sindicatura de Cuentas realiza varias recomendaciones tras la realización de los trabajos: 

-Los ayuntamientos de Nava, Proaza y Riosa deberían impulsar los procesos de negociación  colectiva necesarios para obtener acuerdos que recojan todas las condiciones de trabajo de su  personal funcionario y laboral, formalizándolos en los instrumentos habilitados para ello:  convenio colectivo para el personal laboral y acuerdo regulador para los funcionarios. 

 

-Sería recomendable que las entidades fiscalizadas dieran adecuada cobertura a los riesgos que  recaen sobre la integridad de sus activos no corrientes, fundamentalmente inmuebles de  elevado valor afectos a la prestación de servicios públicos esenciales, en los que se ha  detectado la inexistencia de una póliza de seguros que cubra sus riesgos básico. 

-Sería conveniente que el almacén de material de los tres ayuntamientos contase con  instrucciones que regulan la gestión de entradas y salidas de material, realización de  inventario y su revisión periódica. 

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