- La ayuda máxima que podrá recibir una comunidad de vecinos es de 25.000 euros
- Pueden optar futuras obras o las iniciadas a partir del 1 de enero de 2021
- El año pasado se aprobaron 31 solicitudes de subvención por un total de 404.000 euros que beneficiaron a 489 viviendas
Hasta el 2 de diciembre está abierto el plazo para la presentación de solicitudes para acceder a subvenciones del Ayuntamiento de Avilés destinadas a mejorar la calidad de la edificación en edificios de viviendas y, en particular, de su conservación, eficiencia energética y sostenibilidad ambiental.
Esta línea de ayudas, articulada a través de la Concejalía de Movilidad, Sostenibilidad, Mantenimiento y Diseño Urbano, se convoca en régimen de concurrencia competitiva, está dotada con 480.000 euros y la cantidad máxima a recibir es de 25.000 euros (incluidas las obras y los honorarios de técnicos)
Los beneficiarios de las ayudas son los edificios de viviendas de todo el concejo, para obras iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2021. Si aún no se han ejecutado las obras se debe solicitar licencia de obra, en el plazo de seis meses desde la resolución de la convocatoria de subvenciones, acompañando el pertinente documento suscrito por técnico competente.
Otros requisitos son que los edificios aspirantes a la ayuda hayan sido construidos antes de 1996, que tengan Informe de Evaluación de Edificio con fecha anterior a la solicitud de la ayuda, disponer de documentación técnica justificativa que defina las actuaciones y contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios en la ejecución de las obras (la convocatoria adjunta los modelos a cumplimentar).
Para las comunidades de vecinos que no dispongan de administrador, el Ayuntamiento de Avilés pone a disposición de los/las solicitantes personal de RUASA que les ayudará en la preparación de la documentación y, si así lo desean, presentar la solicitud en la sede electrónica municipal. Ruasa tiene sus oficinas en la calle del Sol, 2 y el horario de atención al público es de lunes a viernes de 9 de la mañana a 2 de la tarde. Teléfono y whatsapp 985 512 168
En el año 2021, cuando por primera vez la convocatoria se abrió a todos los edificios del concejo y no solo al casco histórico, se aprobaron 31 solicitudes de subvención por un total de 404.000 euros que beneficiaron a 489 viviendas ubicadas en El Nodo, Jardín de Cantos, Llaranes, Versalles, Valliniello, El Carbayedo, La Carriona, La Luz, Villalegre y Las Meanas/centro.
Obras a financiar
Son objeto de subvención las obras de mantenimiento y conservación y/o rehabilitación energética de las fachadas de carácter integral que afecten a:
- a) Fachadas principales, con frente, exclusivamente, a vías públicas.
- b) Muros medianeros en todo su fondo.
- c) Soportales.
- d) Aleros y cornisas.
- e) Casetones y buhardillas sobre aleros y fachada.
También podrán ser subvencionables las fachadas secundarias o patios interiores y de
manzana visibles desde la vía pública de interés a criterio de los técnicos municipales.
Coste a subvencionar y límite máximo de subvención
El coste subvencionable de las obras será el menor de los siguientes:
- Presupuesto de contrata del proyecto. (sin IVA).
- La menor oferta por ejecución de la obra de diferentes empresas coherentes y concordantes con el proyecto en su caso.
Para actuaciones con importe superior a 40.000 euros
Se presentarán tres ofertas de diferentes proveedores y justificación de elección conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la
elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Límite del presupuesto El importe resultante no podrá superar cálculo derivado de
costes medios de mercado, de acuerdo con los precios indicados
- Fachada ventilada -155 €/m2
- SATE - 110 €/m2
- Reparación de cargas (> 30% superficie fachada) y pintura - 45 €/m2
- Reparación de cargas (<30% superficie fachada) y pintura - 22 €/m2
- Pintura -18 €/m2
- Canalones y bajantes PVC - 13 €/m y 18 €/m
- Canalones y bajantes metálicos - 20 €/m y 23 €/m
El importe total de la subvención no superará los 25.000 euros. (obras + honorarios)
- En la obra se subvencionará el 70% del presupuesto de contrata
- En honorarios técnicos 50% del coste, con un límite máximo de 1.200 €
Solicitudes y documentación
De carácter general:
- Solicitud general cumplimentada en todos sus apartados
- Declaración responsable (modelo adjuntado en la convocatoria).
De carácter específico:
- Si la solicitud la formula una Comunidad de Propietarios:
- Copia del acta de la reunión de la Junta General de la Comunidad de Propietarios acordando solicitar la subvención, acometer las obras y nombramiento de su representante legal para la tramitación de la solicitud de subvención.
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la Comunidad de Propietarios.
- Copia del N.I.F. de la persona designada como representante legal.
- Si la solicitud la formula un particular:
- Nota Simple Informativa del Registro de la Propiedad
- De existir varios propietarios del inmueble, relación nombre, apellidos y N.I.F. y su cuota de participación
- Escrito firmado exprese su interés en la obtención de la subvención y en la ejecución de las obras y se designe representante legal ante el Ayuntamiento.
- En su caso, si fuera arrendatario, autorización de la propiedad del inmueble.
- Copia del N.I.F. del representante legal.
De carácter técnico:
- Documento de Mediciones y Presupuesto, redactado por técnico competente que contenga la descripción detallada de las obras a ejecutar y presupuesto desglosado de las mismas (no se requiere visado colegial), donde se indiquen:
o Las unidades de obra
o Los materiales.
o Los precios unitarios.
o Las mediciones detalladas, con operaciones numéricas que las justifiquen.
- Plano a escala de las fachadas para las cuales se solicita la actuación.
- Fotografías del estado actual del edificio, integridad los elementos del mismo objeto de la obra pretendida y detalles singulares del inmueble, si los hubiera.
- Si las obras estuviesen iniciadas o ya ejecutadas, Acta de inicio de estas.
Justificación de la actuación y pago de la subvención.
La solicitud de pago deberá realizarse en el plazo de los dos meses siguientes a la
fecha de emisión del Certificado Final de la Dirección de la obra, aportando los siguientes
documentos:
- Certificación Final Dirección de la obra, expedida por técnico responsable.
- Informe de Evaluación del Edificio.
- Fotografías de estado del edificio una vez ejecutadas las obras.
- Facturas justificativas de la inversión realizada, que deberán contener el detalle de las obras ejecutadas o adjuntar certificaciones de obra, así como los justificantes de pago de las mismas.
- Impreso designación cuenta bancaria para pagos en el Ayuntamiento de Avilés.
Plazos obligados para el beneficiario
- Solicitar licencia de obra, en el plazo de los seis meses a la resolución de la convocatoria, acompañando el pertinente documento suscrito por técnico competente.
- Concluir la totalidad de las obras objeto de licencia en el plazo de SEIS meses.
- Comunicar por escrito al Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras.
La solicitud formulada por persona física podrá presentarse en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud formulada por persona jurídica solo podrá hacerse de modo electrónico, preferentemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Avilés, en formulario: Escrito/Solicitud General.
En el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) del pasado lunes 17 de octubre se publicó el extracto de la convocatoria y toda la información sobre la misma está disponible en la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Avilés en:
https://sedeelectronica.aviles.es/PublicacionTabs.aspx?tab=12&id=17132&t=S&x=Kd0z+adyGsGtgdy0uodasQ&lang=es-ES