Un operativo conjunto de control de la veda pesquera sobre los ríos Paraguay y Paraná iniciaron este viernes la Secretaría del Ambiente (SEAM) y la Confederación Paraguaya de Pescadores Profesionales y Afines del Paraguay, en un acto simbólico en la Prefectura Naval de San Antonio, con la presencia del ministro del Ambiente, Oscar Rivas.
Unas 30 embarcaciones al mando de afiliados a este gremio surcaron las aguas del río Paraguay, con el objetivo de fiscalizar la presencia de pescadores furtivos y artes de pesca que violan la Resolución 1520/11, que establece la veda pesquera en todo el territorio paraguayo.
Rivas señaló que esta es la primera ocasión en que los pescadores se suman al proceso de fiscalización durante el periodo de veda, lo que evidencia el alto grado de participación pública por parte de este gremio.
La Confederación aglutina actualmente a unos 9.000 miembros. El operativo se realizará en forma aleatoria en varios puntos del país, a lo largo de los ríos Paraguay y Paraná, según refiere el informe proveído a la Dirección General de Información Presidencial.
Los pescadores trabajarán conjuntamente con fiscalizadores de la SEAM y de la Fiscalía Ambiental, y actuarán de centinelas comunicando a las autoridades sobre la presencia de infractores y artes de pesca que encuentren a su paso. Se comprometieron además a confiscar aquellos productos pesqueros ilegales que se encuentren en poder de sus afiliados.
El ministro del Ambiente destacó la participación de los pescadores. Señaló que la veda pesquera tiene por objetivo final aumentar la productividad de los ríos, dando la oportunidad a la fauna íctica de reproducirse conforme a sus ciclos biológicos.
La veda rige desde el 1 de noviembre en las aguas compartidas con Brasil, así también en los ríos, lagunas y lagos internos. Desde este lunes se implementa para las aguas compartidas con la Argentina. La veda finaliza el 31 de enero del 2012 en las aguas compartidas con el Brasil en tanto que para los demás el 20 de diciembre.
Durante la veda solo se puede realizar la pesca de subsistencia para el consumo propio del pescador ribereño y su familia, practicada con anzuelo, liñada o caña, pero se prohíbe totalmente la comercialización de los productos, así como la venta y el traslado.
Este tipo de pesca solo podrá ser practicada desde las riberas y queda prohibido el uso de todo tipo de embarcaciones mientras dure el periodo de veda.
Además se pueden consumir especies no nativas provenientes de la producción realizada mediante la acuicultura. Las especies permitidas son la tilapia y la carpa. También se puede consumir los productos provenientes de mar.
Las personas que infrinjan lo dictaminado en la resolución se exponen a penas privativas de libertad, multas y decomisos de los productos, herramientas y transportes, sumario administrativo y extracción de la licencia.
Fuente: Prensa SEAM/DGIP