La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón aprueba, entre otras cosas, la oferta pública de empleo parcial

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón aprueba, entre otras cosas, la oferta pública de empleo parcial

ASUNTO Nº: 2

Aprobación de la oferta pública de empleo parcial de 2021 .

 

El 10 de noviembre de 2021 la Junta de Gobierno aprobó una Oferta de Empleo Público para 2021 que incluía las plazas del área de Seguridad Ciudadana, las plazas a convocar mediante promoción interna y funcionarización y la sobretasa de reposición en el Ayuntamiento. A dichas plazas deben añadirse las que ahora se aprueban, correspondientes a la tasa de reposición del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos.

 

Ayuntamiento de Gijón/Xixón

 

Dotación

Plazas a convocar

Grupo

Régimen

3

Técnico/a de administración general

A1

Funcionarial

1

Ingeniero/a técnico agrícola

A2

Funcionarial

5

Técnico de Gestión

A2

Funcionarial

10

Administrativo de Admón. General

C1

Funcionarial

4

Subalterno/a Conserje

AP

Funcionarial

 

 

Fundación Municipal de Cultura Educación, Y Universidad Popular

 

Dotación

Plazas a convocar

Grupo

Régimen

3

Auxiliares de Servicios

C2

Laboral

 

 

 

 

 

Fundación Municipal de Servicios Sociales

 

Dotación

Plazas a convocar

Grupo

Régimen

2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Auxiliares de Servicios

C2

Laboral

 

 

Patronato Deportivo Municipal

 

Dotación

Plazas a convocar

Grupo

Régimen

1

Director/a de Programaws

A1

Laboral

1

Oficial/a de Oficios

C2

Laboral

 

 

 

ASUNTO Nº: 4

Prórroga de Convenio de colaboración entre la Academia de la Llingua Asturiana y el Ayuntamiento de Gijón/Xixón para la promoción, difusión y dignificación social del uso del asturiano en el ámbito del municipio de Gijón/Xixón.

 

 

La Ley 1/98 de 23 de marzo, de Uso y Promoción del Bable/Asturiano establece en su artículo 8.1 que “Los Ayuntamientos asturianos podrán adoptar las medidas necesarias para asegurar la efectividad del ejercicio de los derechos lingüísticos que esta Ley otorga a los ciudadanos residentes en Asturias”.

 

El Ayuntamiento de Gijón/Xixón creó la Oficina de Normalización Llingüística, dependiente de la Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular y aprobó la Ordenanza Municipal del Uso de la Lengua Asturiana y distintos Planes de Normalización Lingüística del Concejo de Gijón/Xixón, desde los que se vienen desarrollando, de manera transversal, programas para escolares, estudios, becas de formación, traducciones, campañas de promoción y diversas actividades para la infancia, juventud y la ciudadanía, con el objetivo de seguir contribuyendo a la labor de promoción, difusión, enseñanza y normalización del asturiano.

 

El desarrollo de estos programas y actividades requiere, en algunas materias, una especialización y un conocimiento científico para su correcta ejecución, por lo que es preciso aunar los esfuerzos y los recursos humanos y técnicos existentes, promoviendo la coordinación de las distintas acciones que se realizan desde los sectores interesados en la materia, a cuyo fin se vienen estableciendo contactos, entre otros, con el movimiento asociativo y científico de la ciudad y, entre ellos, con la Academia de la Llingua Asturiana, que ha manifestado su interés en colaborar en este Proyecto.

 

La Academia de la Llingua Asturiana (ALLA) es una institución del Principado de Asturias creada en 1980 por Decreto del Consejo Regional de Asturias 33/1980 de 15 de diciembre y con estatutos aprobados por el mismo organismo por Decreto 9/1981, modificados el 12 de abril de 1995. Esta institución tiene entre sus objetivos investigar y formular las leyes gramaticales de la lengua asturiana y sus variedades lingüísticas, estimular el uso, enseñanza y difusión del asturiano y de sus distintas modalidades, velar por los derechos lingüísticos asturianos, promover estudios lingüísticos sobre el asturiano y establecer el criterio de autoridad en las cuestiones relativas a la normativa, actualización y uso correcto de la lengua asturiana, entre otros. Igualmente, viene desarrollando desde su creación una importante labor en los campos de la lexicografía, normativización, toponimia, pedagogía, literatura, etnografía y cultura.

 

Con fecha 1 de diciembre de 2020, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Gijón/Xixón adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo: Dar conformidad a la propuesta de addenda de prórroga del Convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y la Academia de la Llingua Asturiana, desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2021 prorrogable hasta el 2023.  

 

Se acuerda:

 

Dar conformidad a la propuesta de addenda de prórroga del Convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y la Academia de la Llingua Asturiana, que tendrá vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2022.

 

 

ASUNTOS Nº: 5 y 6

Rectificación de error material padecido en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 23 de diciembre de 2021 por el que se procedió a la revisión de las tarifas correspondientes a la concesión administrativa para la construcción y explotación de un estacionamiento subterráneo para vehículos en la Plaza de Europa y el Paseo de Begoña para el año 2022

 

El 23 de diciembre, la Junta de Gobierno acordó la revisión de las tarifas correspondientes a varios estacionamientos subterráneos. Se ha detectado la existencia de un error en las tarifas del estacionamiento de la Plaza de Europa, que se fijan en las siguientes:

 

En cuanto al Paseo de Begoña, se rectifica error en la descripción del proceso de revisión de la tarifa, que son correctas en su cuantía.

 

 

ASUNTO Nº: 9

Aprobación de la certificación final del contrato de suministro e instalación de reguladores en varios cruces de la ciudad

 

La Alcaldía, en Resolución de fecha 9 de septiembre de 2021, aprobó el PROYECTO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE REGULADORES EN VARIOS CRUCES DE LA CIUDAD, con un presupuesto de ejecución del proyecto, tras aplicar la baja del 21,40 %, de 142.809,14 € al que le corresponde un IVA (21%) de 29.989,92 €. Importe total IVA incluido de 172.799,06 €. El plazo de ejecución se fijo en cuatro meses.

 

Las obras se ejecutan dentro del marco del contrato de SERVICIO DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN DE TODAS LAS INSTALACIONES DEL SISTEMA CENTRALIZADO DE CONTROL DE TRÁFICO (SCCT) DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN, adjudicado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 1 de Diciembre de 2020 a favor de la empresa EQUIPOS DE SEÑALIZACIÓN Y CONTROL, S.A.,  y ETRA NORTE, S.A., en Unión Temporal de Empresas.

 

La ejecución de las obras se realizó cumpliendo el plazo establecido.

 

Con fecha 10 de diciembre de 2021, la dirección facultativa de las obras emitió la certificación única de las obras de la que, resumidamente, resultan los siguientes datos:

 

Presupuesto de adjudicación: ..............................................................142.809,14 €

Unidades no ejecutadas: ......................................................................................0 €

Importe de la certificación única: ......…................................................142.809,14 €

21% IVA: ..............................................……..............................................29.989,92 €

TOTAL: ....................................................…….........................................172.799,06 €  

 

Se aprueba la certificación final.

 

 

 

ASUNTO Nº: 10

Inexistencia de presentación de reclamaciones a la aprobación inicial de la modificación de las Ordenanzas Reguladoras de Tributos y Precios Públicos Municipales, para el ejercicio 2022  

 

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2021, aprobó provisionalmente la Modificación de las Ordenanzas Reguladoras de Tributos y Precios Públicos Municipales, ejercicio 2022, conforme al texto que figura incorporado al presente expediente, disponiéndose la apertura de un periodo de información pública durante el plazo de treinta días hábiles para la presentación de reclamaciones. En dicho acuerdo, igualmente, se dispuso que, en caso de no presentarse reclamaciones y conforme a lo previsto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 49 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Ley de Bases de Régimen Local, dicho acuerdo quedará automáticamente elevado a definitivo.

 

Finalizado el periodo de exposición pública, que abarcó los días comprendidos entre el 5 de noviembre y el 20 de diciembre de 2021, ambos inclusive, no se ha presentado ningún escrito.

 

No habiéndose presentado reclamaciones en el periodo de información pública, se convierte en definitivo el acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 29 de octubre de 2021.

 

 

ASUNTO Nº:11

Recurso de alzada presentado por la empresa PRODUCCIONES MIC S.L., contra el Acuerdo de la Presidencia de DIVERTIA de adjudicación del Lote 2 del contrato del servicio de impresión de material informativo y promocional del Área de Turism, a la empresa GRÁFICAS ARCAS S.C.

 

Con fecha 28 de mayo de 2021, el Consejo de Administración de Divertia Gijón S.A. adopta el acuerdo de aprobar el pliego de prescripciones técnicas y el cuadro de características particulares que se ha de incorporar como anexo al pliego modelo que rige la contratación de servicios mediante procedimiento abierto que lleve a cabo la entidad Divertia Gijón S.A.

 

Con fecha 31 de mayo de 2021, el órgano de contratación de Divertia Gijón S.A. adopta el acuerdo de aprobar el expediente de contratación del servicio de impresión para el material informativo y promocional del área de turismo de Divertia Gijón.  

 

Con fecha 22 de octubre de 2021 el órgano de contratación de Divertia Gijón SA adopta el acuerdo de adjudicar la contratación del Lote 2 a la empresa Gráficas Arcas, S.C.

 

Con fecha 27 de octubre de 2021, se presenta, por parte de la representación de PRODUCCIONES MIC S.L. (Editorial MIC), recurso de alzada contra el acuerdo de adjudicación del LOTE Nº2 (REFERIDO A GUÍAS, FOLLETOS Y FLYERS) DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE IMPRESIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO Y PROMOCIONAL DEL ÁREA DE TURISMO, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA, PARA LA EMPRESA MUNICIPAL DIVERTIA GIJÓN S.A., por el que se solicita la exclusión del actual adjudicatario del proceso de licitación, ordenando la retroacción del procedimiento al momento de clasificación de las ofertas según la puntuación obtenida en los diversos criterios de adjudicación. De modo subsidiario, solicita se anule el procedimiento, corrigiendo los pliegos en el sentido que se estime oportuno y publicando una nueva licitación del contrato.  

 

La recurrente alega que “la empresa adjudicataria, GRÁFICAS ARCAS, S.C., ha obtenido 15 puntos por haberse comprometido a emplear papel con certificado FSC, (Cláusula 17.2 del PCAP), pero no puede acreditar la trazabilidad de las materias primas de origen forestal y sus derivados, por no disponer la empresa de certificado FSC” (…) “dado que la empresa GRAFICAS ARCAS, S.C. carece de certificado FSC, debió ser excluida del procedimiento de licitación del Lote 2 del presente contrato”. Al respecto, ha de destacarse que la clausula 17 del cuadro de características particulares a la que alude la recurrente, en ningún momento requiere a la empresa licitadora estar acreditada en las normas PEF o FSC, sino que se requiere que la materia prima empleada (papel) para llevar a cabo la impresión posea la certificación correspondiente.

 

La falta de impugnación de los pliegos hace inviable la posibilidad de que posteriormente se invoque su supuesta improcedencia para impugnar la propuesta de adjudicación en favor de otro licitador. La empresa recurrente aceptó las reglas del procedimiento, presentó su oferta y no formuló objeción alguna a los pliegos, en consecuencia, no es ahora, cuando existe una adjudicación, cuando puede impugnarse este contenido y todo ello en consonancia con la doctrina administrativa mayoritaria, consolidada en numerosas resoluciones recientes del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, del resto de tribunales contractuales autonómicos y también en la jurisprudencia.

 

Se desestima el recurso.

 

 

ASUNTOS FUERA DEL ORDEN DEL DÍA

 

CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GIJON/XIXÓN Y LA CONFEDERACIÓN ASTURIANA DE LA CONSTRUCCIÓN CAC-ASPROCON AL OBJETO DE IDENTIFICAR, IMPULSAR Y REALIZAR SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS PROYECTOS QUE PUDIERAN REVESTIR UN ESPECIAL INTERÉS ECONÓMICO PARA EL CONCEJO DE GIJÓN/XIXÓN POR SU VOLUMEN DE INVERSIÓN Y SUS POSIBLES CONSECUENCIAS EN LA DINÁMICA SOCIOECONÓMICA DEL MISMO.

 

Tanto el Ayuntamiento de Gijón como CAC- Asprocon son conscientes de la necesidad de coordinar y aunar esfuerzos en el desarrollo de actividades con objetivos comunes y establecer estrategias de actuación para dar respuesta a cuestiones que les conciernen a las dos entidades. Existiendo en este caso, por un lado, un interés público vinculado a la promoción de la economía local que pueda favorecer el aseguramiento de una calidad de vida digna las personas y, por otro, una buena disponibilidad entre ambas partes para la racionalización y agilización de los procedimientos administrativos en materia de gestión y ejecución urbanísticas que redundará en beneficio de la ejecución de proyectos generadores de empleo y actividad económica en el concejo de Gijón / Xixón.

 

El convenio carece de carácter oneroso en tanto que lo que pretende el Ayuntamiento de Gijón /Xixón es identificar, impulsar y realizar seguimiento de la tramitación administrativa de aquellos proyectos que pudieran revestir un especial interés económico para el concejo de Gijón/Xixón en el ejercicio de las competencias que la legislación vigente le otorga y no supone ningún beneficio económico, directo o indirecto, a CAC-Asprocon; únicamente, el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentra el mantener relaciones constantes con los organismos oficiales, colaborando con ellos en cuanto redunde en beneficio de la economía regional, nacional y/o de sus asociados, así como cuantas otras funciones de análoga naturaleza se consideren necesarias o convenientes, según rezan sus estatutos.

 

Se aprueba la suscripción del convenio.

 

 

CONCESIÓN DEL SERVICIO DE REGULACIÓN DE ESTACIONAMIENTOS VIGILADOS EN LA VÍA PÚBLICA, RETIRADA DE VEHÍCULOS DE VÍAS PÚBLICAS Y DEPÓSITO DE LOS MISMOS, Y GESTIÓN DE LOS DEPÓSITOS DE VEHÍCULOS

 

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 12 de abril de 1996, dispuso que el servicio de regulación de estacionamientos vigilados en la vía pública, retirada de vehículos de vías públicas y depósito de los mismos y gestión de los depósitos de vehículos, se preste en la forma de gestión indirecta mediante la constitución de una empresa mixta de tráfico; aprobando las bases que regirían el concurso de iniciativas previo. Igualmente, en el citado acuerdo plenario, se aprobaron tanto el Pliego de Condiciones Técnicas que regiría el servicio de referencia, como los Estatutos por los que se ha de regir la Sociedad Mercantil.

 

Seguida la tramitación preceptiva, por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 1 de agosto de 1996, se acordó seleccionar a la empresa Estacionamientos y Servicios, S.A., para la constitución, junto con el Ayuntamiento de Gijón, de una Sociedad Mercantil Anónima denominada Empresa Mixta de Tráfico de Gijón (EMTG), cuyo objeto social será la prestación de los servicios recogidos en el referido acuerdo plenario.

 

La citada Sociedad fue constituida el día 2 de diciembre de 1996, según consta en escritura de Constitución de Sociedad Anónima, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo, con residencia en Gijón, don Ángel Aznarez Rubio, con número de protocolo 3.120, recogiéndose en el artículo 3º de sus Estatutos que la Sociedad se constituye por un plazo de diez años a contar desde el de la fecha de la escritura de constitución.

 

La Junta de Gobierno, en sesión celebrada con fecha 9 de mayo de 2006 acordó acceder a la solicitud formulada por don José Adolfo Gutiérrez Gordón, en representación de la EMPRESA MIXTA DE TRÁFICO DE GIJÓN, S.A., y, en consecuencia, prorrogar por un plazo de quince años, la concesión del servicio que tiene por objeto, dentro del término municipal de Gijón, la prestación del servicio de regulación de estacionamientos vigilados en la vía pública, los servicios de retirada de vehículos de vías públicas y depósito de los mismos, y el servicio de gestión de los depósitos de vehículos, en los mismos términos que se venían haciendo hasta dicha fecha.

 

Con fecha 24 de julio de 2018 la Junta de Gobierno Local accedió, a la solicitud formulada por la representación de la EMPRESA MIXTA DE TRÁFICO DE GIJÓN, S.A. (EMTG) para llevar a cabo una serie de inversiones de renovación de su tecnología y operativa, para ofrecer servicios relacionados con una movilidad inteligente, prorrogando hasta el 31 de diciembre de 2032 la concesión del servicio.

 

La Alcaldía, en Resolución de 16 de marzo de 2020, vista la situación económica generada por las medidas restrictivas propias del estado de alarma generado por el Covid-19, acordó dejar en suspenso la liquidación de los hechos imponibles derivados de la ordenanza fiscal nº3.56 "Tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en vías públicas municipales" dando traslado de la decisión adoptada tanto a la Empresa Mixta de Tráfico de Gijón como al Pleno Municipal. La suspensión se prolongó hasta el 15 de mayo de 2020.

 

Con fecha 9 de septiembre de 2020, D. Adolfo Gutiérrez Gordón, en representación de la EMTG, presenta escrito en el Registro Electrónico de este Ayuntamiento en el que solicita, en síntesis, el restablecimiento del equilibrio económico del contrato como consecuencia de las restricciones impuestas por el estado de alarma derivado del COVID-19 y las decisiones adoptadas al respecto por el Ayuntamiento de Gijón, que determinaron la imposibilidad de ejecución de la concesión en relación con la gestión del Servicio de Regulación de Estacionamientos y la suspensión de la prestación, tal y como la EMTG informó a la Junta de Gobierno Local mediante escrito de 23 de marzo de 2020 y, en consecuencia, derivó en la pérdida de los ingresos que la sociedad venía percibiendo de conformidad con las normas que rigen la concesión.

 

Con fecha 4 de agosto de 2021, la EMTG presenta escrito con el desglose de la compensación solicitada referido a la parte correspondiente al servicio ORA , como escrito complementario a la solicitud inicial formulada el 9 de septiembre de 2020, en el que cuantifica el importe total a compensar por la pérdida de ingresos del servicio ORA en 317.228,89 euros. La EMTG solicita que dicha compensación se articule por una doble vía: ampliación del plazo inicial de duración del contrato y compensación con los importes que se devenguen a favor del Ayuntamiento por el Servicio de grúa.

 

Las medidas excepcionales contempladas en el Real Decreto-ley 8/2020 resultan aplicables a toda clase de concesiones y demás contratos de gestión de servicios públicos, con independencia de la legislación a la que estén sujetos, en todos aquellos casos en los que se constate la imposibilidad material de prestación del servicio, como es el caso del servicio ORA que estuvo suspendido entre el 16 de marzo y el 14 de mayo de 2020 por Resolución de Alcaldía adoptada el 16 de marzo de 2020.

 

Tal y como se recoge en la documentación aportada al expediente por la EMTG, la comparativa de ingresos obtenidos en los meses de marzo, abril y mayo de 2019 y el mismo periodo de 2020, ofrece una pérdida de ingresos de 500.336,99 euros en el servicio ORA. Si a dicha cantidad se le descuentan los reducción de costes salariales derivados de la estimación del ERTE (175.888,27 euros) y de otros costes ordinarios (7.219,83 euros), se obtiene un resultado de 317.228,89 euros que sería la cantidad a compensar como consecuencia de la suspensión del contrato.

Las medidas que se contemplan en el artículo 34.4 para restablecer el equilibrio económico del contrato son, según proceda, la ampliación de su duración inicial hasta un máximo de un 15 por 100 o la modificación de las cláusulas de contenido económico incluidas en el contrato. La fórmula más adecuada para el reequilibrio resulta ser la de ampliación del plazo concesional.

 

En este caso, el plazo de duración inicial de la concesión otorgada a la Empresa Mixta de Tráfico de Gijón es de 10 años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º del Pliego de Condiciones Técnicas que rige el contrato de gestión de servicio público, por lo que la ampliación del 15% está representada por 18 meses adicionales.

 

En términos cuantitativos, hay que tener en cuenta que, de conformidad con las cuentas anuales del ejercicio 2019 de la EMTG, el beneficio real de la empresa asciende a 105.508,37 euros al año, de los cuales 95.222,20 euros corresponden al servicio ORA. Dicha cantidad representa un beneficio mensual de 7.935,18 euros correspondiente al servicio ORA, por lo que la ampliación de 18 meses suponen un total de 142.833,24 euros. Dado que el importe total a compensar está cifrado en la cantidad de 317.228,89 euros, descontando los 142.833,24 euros aún restarían 174.395,65 euros por compensar, para lo cual es necesario recurrir a la segunda fórmula de reequilibrio prevista en el art. 34.4 del Real Decreto-ley 8/2020 que es la modificación de las cláusulas económicas del contrato.

 

Se acuerda: el reequilibrio económico financiero del contrato mediante, por un lado, la ampliación del plazo de duración del contrato en 18 meses y, por otro, a través de la condonación automática de la obligación de pago del 38% de los ingresos correspondientes a la tasa de los servicios de grúa hasta alcanzar una cuantía de 174.395,65 euros.

 

 

 

 

 

 

 

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y la UTE Innova Next, S.L.U. y The Valley Digital Business School, S.L, 016/20-ED LOTE 1 para el desarrollo de un proyecto de formación para el empleo e intermediación en el sector de tecnología y comunicación en el año 2022

 

Desde el año 2019, el Departamento de Formación del Área de Empleo se encuentra entre los colaboradores para acoger sesiones e itinerarios formativos en el marco de las líneas de actuación de la Agenda Digital para España que lleva a cabo Red.es, Entidad Pública Empresarial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, para la mejora de competencias profesionales y afrontar la transformación digital en las empresas.

 

Red.es ha contratado con empresas expertas en formación Tic para el desarrollo de proyectos formativos en el territorio español orientados a mejorar la empleabilidad gracias al manejo de las nuevas tecnologías y la sociedad de la información y del Conocimiento.

 

Se ha recibido comunicación para una colaboración dentro de un proyecto de Red.es para ejecutar un itinerario formativo gratuito en Gijón destinado a personas desempleadas de larga duración que estén inscritas en el Servicio Público de Empleo.

 

La UTE Innova Next, S.L.U. y The Valley Digital Business School, S.L,  es la adjudicataria de la ejecución del contrato denominado “Servicio de formación para personas desempleadas en la economía digital” promovido por la Entidad Pública Red.es del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y posee los medios técnicos y profesionales necesarios para el correcto desarrollo de proyectos formativos y de inserción laboral en el territorio destinados a personas inscritas en el servicio Público de Empleo.

 

La UTE asumirá todos los costes necesarios para la impartición del itinerario formativo denominado “Sistemas Cloud” incluyendo los costes de docencia, seguros de participantes, alquiler del aula y los equipos informáticos necesarios para la correcta realización de la formación en Gijón en el año 2022.

 

Se aprueba el Convenio de colaboración a suscribir entre el Ayuntamiento de Gijón y la UTE Innova Next, S.L.U. y The Valley Digital Business School, S.L, para la conjunta planificación, organización y ejecución de un proyecto de formación para el empleo e intermediación en el sector de tecnología y comunicación mediante el desarrollo del itinerario formativo “Sistemas Cloud” en el año 2022 y promovido por la Entidad Pública Red.es del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

 

 

Contratación de los servicios de una Sociedad Gestora para el Fondo de Capital Riesgo-PYME (FCR-PYME) Gijón Invierte II del Ayuntamiento de Gijón/Xixón

 

Se aprueban los pliegos de la licitación para la contratación de una sociedad gestora del nuevo Fondo de Capital Riesgo, Gijón Invierte II.

 

Este nuevo fondo de capital íntegramente municipal estará dotado con 5 millones de euros, que serán desembolsados en los próximos ejercicios, está incluido en los proyectos acordados en el marco de Gijón Transforma y permitirá dar continuidad a la anterior edición, que actualmente ya está realizando desinversiones,  puesta en marcha en 2010.

 

Esta herramienta financiera requiere para su gestión la contratación de una entidad habilitada que se ocupará de captación de proyectos, operaciones de participación en capital, seguimiento y apoyo a las iniciativas y también la operativa final de desinversión.

 

El Ayuntamiento de Gijón/Xixón ha decidido la constitución, puesta en marcha y gestión de un nuevo Fondo de Inversión bajo la forma de Fondo de Capital Riesgo – Pyme, como medida que pretende, por un lado, movilizar inversión pública a través de nuevos instrumentos financieros, y por otro mandar a la sociedad un mensaje de compromiso con el desarrollo económico y sostenible del municipio, contribuyendo a la generación de empleos, especialmente en actividades de mayor valor añadido.

 

El Fondo, como instrumento de financiación de titularidad municipal está orientado a potenciar y diversificar el tejido empresarial del municipio de Gijón mediante el apoyo de proyectos empresariales innovadores, impulsando especialmente el desarrollo o la creación de empresas de sectores de base tecnológica, generando un entorno favorable para la inversión empresarial en I+D+i, si bien, se podrá destinar un porcentaje del patrimonio del Fondo a inversiones en otros sectores o municipios, Comunidades Autónomas e incluso en el extranjero, si esta inversión revierte en el desarrollo o la creación de empresas en el municipio de Gijón. De igual modo, para el desarrollo de su objeto social principal, el Fondo podrá facilitar préstamos participativos, así como otras formas de financiación, en este último caso únicamente para Sociedades Participadas, y siguiendo la normativa legal reguladora de los Fondos de Capital Riesgo - Pyme.

 

El contrato cuya licitación se inicia, tiene una duración de diez años más dos de prórroga y un valor estimado de 1.725.000 € más IVA

 

 

PLAN DE INTEGRIDAD PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN, SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS (FMCEyUP, FMS Y PDM)  Y EMPRESAS MUNICIPALES (EMTUSA, EMA, EMULSA, CEMESA, DIVERTIA Y EMVSL)

 

El Consejo Europeo creó en 2020 el programa Next Generation EU, lo que dio lugar a la aprobación en España del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), a cuyo desarrollo se han venido dictando diversas normas e instrumentos por las distintas Administraciones Públicas implicadas.

 

Destaca especialmente la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (BOE nº 234, de 30 de septiembre de 2021), por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, y que pretende proteger los intereses financieros de la Unión Europea obligando a las entidades decisorias y ejecutoras a incorporar a su ámbito interno de gestión y control una serie de principios y criterios, en particular, la exigencia, entre otras medidas, de un Sistema de control interno eficaz, adecuadamente diseñado y gestionado, con controles que se centren en la prevención, detección, corrección y persecución del fraude, corrupción,  conflicto de intereses y otras irregularidades, en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea.

 

Entre las mencionadas actuaciones, resulta obligada la implicación de las autoridades, en este caso, de la Administración Municipal,  que deberán aprobar una declaración institucional o manifestación de un compromiso firme contra el fraude que implique una tolerancia cero y comunicarlo con claridad.  

El Pleno del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, consciente del complejo y dificultoso contexto social y económico actual, marcado por las necesidades, expectativas y exigencias de respuestas de toda índole, derivadas de la crisis pandémica sin precedentes generada por la Covid-19 y comprometidos con las soluciones que proporciona el instrumento excepcional de recuperación acordado por el Consejo Europeo el 21 de julio de 2020, conocido como Next Generation EU , desarrollado a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España (PRTR), reunido en sesión ordinaria de 15 de diciembre de 2021, aprueba la Declaración Institucional de Integridad Pública para el Grupo Ayuntamiento de Gijón/Xixón.  Adopta de esta forma una política de tolerancia cero frente al fraude, con el consiguiente compromiso de asumir la estándares más elevados de garantía de buen gobierno y buena administración, de manera que la actividad municipal sea percibida, compartida y valorada, por todas las personas y grupos de interés, a través de la difusión externa y la promoción activa de esta cultura hacia la ciudadanía, desde una perspectiva global e integral.

 

El ejercicio del derecho a una buena administración, como contrapunto a la corrupción o mala praxis, exige no sólo una actuación legalmente correcta, sino que se embebe dentro de una estrategia más amplia que requiere del uso de la contratación pública como una herramienta de estrategia global al servicio de la sociedad. Para ello, se precisa de la conformación de un sistema integral de gobernanza, basado en una organización administrativa que permita un diagnóstico correcto de las faltas del sistema para elaborar, en base a ello, las líneas de actuación estratégicas, lo que se traduce en la implementación del principio de integridad y una correcta introducción de los sistemas de gestión de cumplimiento o compliance en contratación pública.

 

Es ahí, en la necesidad de emplear sistemas eficaces y eficientes de gestión donde se adaptan los estándares internacionales y prácticas habituales en esta materia, básicamente establecidos por la Organización Internacional de Normalización (ISO), cuya metodología es utilizada y recomendada por las Autoridades de control enunciadas con anterioridad, tanto para aspectos relacionados con el análisis y evaluación de riesgos como en las fases posteriores del conocido “ciclo deming”.

 

Desde el Ayuntamiento se ha venido trabajando en iniciativas como el Proyecto de eficiencia y responsabilidad social de la organización en las actividades y servicios (PERSONAS), desde la perspectiva de un nivel superior de integración entre planificación (Dirección), operación (Ejecución) y evaluación de objetivos (Resultados) bajo el modelo de referencia EFQM, en alianza con el Club de Excelencia en Gestión.

 

En la misma línea, que ha venido siguiendo esta Administración, los esfuerzos emprendidos para la recuperación, transformación y resiliencia público-privada, en las nuevas formas de gestión que han determinado instrumentos como el vigente Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, se enfrentan o han de convivir las fórmulas de orientación del trabajo hacia las llamadas “unidades de proyectos” o coordinación del personal en el alcance de objetivos colectivos precisos, medibles y evaluables, en ciclos de inexcusable mejora continua de los servicios públicos. En este objetivo se aprobó en Junta de Gobierno Local de 16 de noviembre de 2021 se aprobó el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (Bopa 2/12/2021). En el mismo se agrupa tres elementos interrelacionados como solución a las inminentes necesidades de capacitar y situar al “mejor personal posible, para las circunstancias adecuadas”: una primera estructuración de respuesta, desde los recursos humanos a los proyectos solicitados con financiación de los fondos europeos “Next Generation”, si bien alineada con otros propósitos y actuaciones en curso de  reorganización de servicios y personal municipal; las situaciones del relevo generacional y cobertura ante próximas reformas del sistema de jubilaciones, y la oportunidad y necesidad de aprovechamiento del talento y experiencia del personal laboral.

 

A tal fin se está en proceso de implementación precisamente de un estándar integrador de los distintos (sub)sistemas de gestión (tales como ISO37001 Antisoborno, o la  ISO19601 Prevención de delitos), siguiendo la ISO 37301, Sistema de gestión de compliance, optimizando el valor de cada una de sus políticas, planes y procesos de prestación de los servicios municipales, facilitando, entre otras soluciones, el fomento de una cultura ética de cumplimiento en sentido amplio.

 

El Ayuntamiento de Gijón/Xixón ha presentado varias manifestaciones de interés a los diferentes Ministerios en relación con los fondos europeos Next Generation,  teniendo en cuenta cuatro ejes esenciales: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad de mujeres y hombres. Estas manifestaciones se han ido concretando mediante la presentación de proyectos a las diferentes convocatorias, algunas de las cuales ya han sido resueltas concediendo fondos para la ejecución de dichos proyectos.

 

Por ello, se hace necesario el inicio de las actuaciones tendentes al establecimiento o refuerzo de las medidas requeridas por las normas anteriormente expuestas, en aras de la elaboración y debida implantación de un plan de integridad municipal y de su sistema de gestión,  con la adopción previa de una Declaración Institucional de Integridad por parte del Gobierno Municipal.

 

El plan de integridad municipal que se aprueba habilita las medidas precisas para adaptar los procedimientos de gestión municipal y los modelos de control a los mas altos estándares de integridad, de modo que los códigos éticos a emplear en la toma de decisiones y en su posterior ejecución sirvan de referencia en las relaciones con terceros en el ámbito contractual, en la actividad de fomento o en la prestacional de servicios a favor de la ciudadanía.

Dejar un comentario

captcha