El órgano de control recomienda al Principado de Asturias fijar el marco jurídico y económico que se establece con las corporaciones locales por la firma de los convenios reguladores, sobre todo en su financiación
Oviedo / Uviéu, 3 de noviembre de 2021
El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprobó el 2 de noviembre el informe definitivo sobre el Plan Concertado de Servicios Sociales, ejercicio 2019. Los objetivos del trabajo fueron, entre otros, verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Administración del Principado de Asturias como beneficiaria de la aportación estatal del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, analizar la legalidad de la gestión del plan concertado autonómico y analizar su ejecución por parte de las entidades locales.
En 2019, el gasto destinado a las prestaciones del plan ascendió a 57,7 millones de euros. La financiación estaba repartida entre el Principado de Asturias (46,37 por ciento), las entidades locales (46,34 por ciento), los usuarios (5,14 por ciento) y el Estado (2,15 por ciento). El catálogo del Plan Concertado de Servicios Sociales incluye, entre otras, actuaciones de apoyo a la unidad convivencial y ayuda a domicilio, alojamiento alternativo, prevención e inserción social y ayudas económicas de emergencia.
La Sindicatura de Cuentas, tras la fiscalización, emite una opinión de cumplimiento favorable con salvedades debido a que ha detectado una limitación al alcance. En 2019, la distribución de los fondos entre las entidades locales para la gestión del Plan Concertado de Servicios Sociales en el Principado de Asturias consistió en mantener las dotaciones realizadas en ejercicios anteriores, incluyendo pequeñas modificaciones basadas en el gasto realmente ejecutado en el año precedente. Durante la elaboración del informe, no se facilitaron a esta Sindicatura de Cuentas ni los cálculos ni los criterios concretos de distribución utilizados la primera vez que se repartió el dinero del plan, en 2005, y que se vienen manteniendo hasta el ejercicio objeto de fiscalización, por lo que no fue posible obtener evidencia necesaria y suficiente que permita emitir una opinión sobre si la administración autonómica está realizando su planificación conforme a los principios exigidos en la Ley 1/2003, de Servicios Sociales, esto es, evitando desequilibrios territoriales y garantizando niveles mínimos de protección.
La Sindicatura de Cuentas realiza dos recomendaciones:
- Sería recomendable que el Principado de Asturias fijase, a través de la oportuna norma, el marco jurídico y económico que se establece entre la comunidad autónoma y las corporaciones locales por la firma de los convenios reguladores del sistema de prestaciones básicas de servicios sociales implementado en el Principado de Asturias, especialmente en su financiación. De esta forma, se establecería un marco estable de concertación que agilizaría el procedimiento de formalización de los respectivos convenios de colaboración, dotándolos de mayor estabilidad en su financiación.
- Sería recomendable redefinir el papel de las comisiones de seguimiento del plan concertado de prestaciones básicas de servicios sociales para adecuarlas a las necesidades reales del sistema. A este respecto, se deberían corregir ciertas disfunciones detectadas, como los diferentes perfiles en su composición o la periodicidad de sus reuniones. En cuanto a su contenido, sería una buena práctica reforzar el objetivo de planificación, que actualmente se limita a realizar un recordatorio de las instrucciones técnicas que tiene que remitir cada entidad local. Así, se podría sustituir por una motivación justificada y fundamentada de la financiación que sería necesaria en función de las necesidades reales derivadas de la ejecución de los servicios sociales básicos incluidos en el plan concertado.
Este resumen pretende facilitar la labor de los medios de comunicación al destacar algunas cuestiones relevantes del informe, pero en modo alguno lo sustituye. Para realizar un análisis completo es preciso conocer el texto íntegro, disponible en http://www.sindicastur.es/es/informes/categoria.asp?id=16, junto a sus anexos y a las alegaciones correspondientes.