Avilés aprueba la concesión de 287 nuevas ayudas a autónomos por un valor de 160.600 euros

Avilés aprueba la concesión de 287 nuevas ayudas a autónomos por un valor de 160.600 euros
  • En lo que va de año se llevan concedidas 1.321 subvenciones a negocios y autónomos para paliar los efectos de la pandemia 

La Junta de Gobierno local ha aprobado esta mañana por vía urgente las primeras 287 ayudas a empresas en esta tercera convocatoria dirigida a contribuir a paliar los efectos negativos que la pandemia del Covid está teniendo en negocios y autónomos. Como es sabido, se trata de ayudas directas y que son complementarias a las que se conceden desde las administraciones autonómica y estatal. Sumadas a las 1.034 de la primera convocatoria de este año (segunda desde que se pusieron en marcha), son ya 1.321 las ayudas que se llevan aprobadas en lo que va de 2021 con una aportación de 746.000 euros. Con la que está abierta ya son tres las convocatorias aprobadas.

En concreto, las 287 ayudas aprobadas en esta Junta de Gobierno de hoy, corresponden a las primeras solicitudes recibidas en una convocatoria que arrancó el pasado día 14 de septiembre y que estará abierta hasta el día 30. Se cumple así el compromiso del equipo de gobierno de tramitar y abonar las ayudas a la mayor brevedad posible, ya que no se ha esperado a que termine el plazo de finalización de la convocatoria para proceder a su tramitación e inminente abono. Las solicitudes de esta tercera convocatoria se deben presentar a través de la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Avilés en la dirección:

https://sedeelectronica.aviles.es/PublicacionTabs.aspx?tab=12&id=15399&t=S&x=PavSk8uJ/JhvazQM19Kb8g

Este paquete, al que se le ha dado luz verde, supone 160.600 euros que beneficiarán a  287 empresas que están al corriente de sus obligaciones. Son 108 de 800 euros, 13 de 600 y 166 de 400. Cabe recordar que a diferencia de la convocatoria de 2020 que contemplaba una ayuda general de 400 euros, este año se ha establecido una baremación. Así, las ayudas pueden ser de 800, 600 y 400 euros en función de la afectación a la actividad de las restricciones implantadas: 

  • Nivel 1: Actividades suspendidas: 800 euros
  • Nivel 2: Actividades limitadas: 600 euros
  • Nivel 3: Actividades afectadas: 400 euros

En esta tercera convocatoria también se ha dado entrada a nuevos sectores como kioskos de chucherías, kioskos de prensa, academias de idiomas, academias de corte y confección, centros de estudios, y otras actividades de enseñanza no reglada con el ánimo de cubrir el máximo posible de actividades.  

En la primera convocatoria de este año fueron 1.034 las ayudas que se concedieron, por un importe global de 585.400 euros, haciéndose efectivas a los pocos días de la aprobación de la relación de beneficiarios. Y a estas hay que sumar las 287 aprobadas hoy y las que puedan entrar hasta que se cierre el plazo el 30 de septiembre.

Respecto la ayudas al sector del taxi, que tiene su propia convocatoria (se hizo en agosto), se ha resuelto favorablemente la práctica totalidad de las solicitudes presentadas ya que de las 100 que había sobre la mesa (en Avilés hay 101 licencias de taxi), 96 cobraron la ayuda de 400 euros por un total de 38.400 euros.

El pasado año, 2020, se concedieron cerca de 700 ayudas que beneficiaron en su mayor parte a comercio y hostelería. Pero la modificación de las bases en las siguientes convocatorias permitió que se incrementarán significativamente el número de sectores que se pueden acoger. 

Entre los requisitos exigidos para percibir las ayudas ante el Covid es necesario estar en situación de alta como trabajador/a en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en el momento de la presentación de la solicitud. Las empresas deben de estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro público y que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entre las que se incluyen las municipales, las de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y las del Estado y frente a la Seguridad Social, y no ser deudor del Ayuntamiento de Avilés y de los entes de él dependientes por cualquier deuda vencida, líquida y exigible en período ejecutivo.

Dejar un comentario

captcha