La Sindicatura de Cuentas recomienda a la Consejería de Hacienda publicar claramente todas las tarifas, tasas y precios públicos

La Sindicatura de Cuentas recomienda a la Consejería de Hacienda publicar claramente todas las tarifas, tasas y precios públicos

Oviedo / Uviéu, 1 de julio de 2021 

El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprobó el 30 de junio el  informe de fiscalización sobre el control interno de los ingresos de la comunidad autónoma,  ejercicio 2019. El objetivo del trabajo fue, entre otros, conocer el sistema de control interno en  materia de ingresos de la Administración del Principado de Asturias y sus organismos, entes,  fundaciones y empresas públicas, y evaluar la bondad de los instrumentos, métodos y  procedimientos implementados, su grado de aplicación y funcionamiento y la puesta de  manifiesto, en su caso, de las debilidades. 

En opinión de la Sindicatura de Cuentas, el control interno de los ingresos de la comunidad  autónoma resulta adecuado para proporcionar un grado de confianza razonable en la  integridad de la información, el cumplimiento de la normativa aplicable y la protección de los  activos. No obstante, la revisión efectuada ha permitido detectar una serie de deficiencias e  incumplimientos en los sistemas de control interno implementados y en el ejercicio de las  funciones de control requeridas del órgano de control interno en materia de ingresos que  supone un riesgo potencial en la garantía del cumplimiento de la normativa aplicable, la  fiabilidad de la información económico-financiera elaborada, la protección de los activos  titularidad de los entes fiscalizados y, en general, el adecuado funcionamiento de estas  entidades. Estas incidencias son: 

  1. Sobre los sistemas de control interno
  2. En la Administración del Principado de Asturias y en el 86 % de sus entidades dependientes  no se han desarrollado manuales, documentos o instrucciones de control interno formalizados  por escrito que incluyan procedimientos en los que se describan las actividades que tienen que  realizar los órganos gestores y se establezcan de manera clara y definida las responsabilidades  de los encargados de la gestión de los ingresos.  
  3. En la Administración del Principado de Asturias y en el 94 % de sus entidades dependientes  no consta, de manera formal, que se haya realizado un análisis y valoración de riesgos del área  de ingresos. 
  4. Respecto al análisis de los procedimientos diseñados e implementados para la gestión,  liquidación, recaudación y contabilización de los ingresos, se han detectado las siguientes  incidencias y/o incumplimientos:
  • La Consejería de Presidencia no tiene fijadas las tarifas del carné de alberguista y otros  carnés juveniles internacionales para estudiantes mediante un decreto del Consejo de  Gobierno del Principado de Asturias. 
  • Las tasas que se liquidan para la realización de pruebas de acceso a la función pública  en el Servicio de Salud del Principado de Asturias se recaudan en periodo voluntario  por el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, pero no existe  un convenio de delegación formalizado al efecto entre ambos. 
  • En el Centro Regional de Bellas Artes y en la Orquesta Sinfónica del Principado de  Asturias la fijación, respectivamente, del precio de venta de publicaciones y de las  tarifas por la prestación de sus servicios carece de soporte normativo adoptado por  órgano competente. 
  • La Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias, Establecimientos Residenciales para  Ancianos de Asturias, el Servicio de Salud del Principado de Asturias o el Servicio de  Emergencias del Principado de Asturias, que efectúan liquidaciones en  contraprestación de sus servicios bajo la forma de contraído previo e ingreso directo,  demoran la contabilización del reconocimiento del derecho al momento de su cobro,  lo que contraviene los Principios Contables Públicos. Ello afecta a la fiabilidad de sus  registros contables y, por tanto, supone una deficiencia para el control y seguimiento  de este tipo de ingresos. 
  • Las unidades que manejan fondos a través de cajas tienen establecido un  procedimiento de control interno para su gestión, si bien no se encuentra formalizado  por escrito, lo que supone un riesgo potencial de integridad. Esto se ha puesto de  manifiesto en la Consejería de Presidencia, el Centro Regional de Bellas Artes, el  Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime, la Fundación  Niemeyer, la Fundación de la Sidra, la Fundación Laboral, la Fundación Oso de Asturias  y la Fundación Parque Histórico del Navia. Además, la Fundación Oso de Asturias no  deja constancia por escrito de los arqueos de caja y la Fundación Parque Histórico de  Navia ha comunicado desconocer si en los equipamientos en los que venden entradas  y productos promocionales se realizan arqueos de caja y si se deja constancia por  escrito de estos. 
  1. En el análisis de los procedimientos de control interno en materia de gestión de ingresos  implementados, así como de las pruebas de cumplimiento realizadas, se han detectado las  siguientes incidencias relevantes: 
  • En el ERA, los diferentes módulos que integran la herramienta informática implantada  no están integrados entre sí y el volcado de datos entre ellos no está automatizado. La  carga manual de la información, teniendo en cuenta el elevado volumen de datos  personales y económicos que se requieren para la elaboración de las liquidaciones por  la prestación de sus servicios, supone un potencial riesgo para la integridad y la  seguridad de la información. Se han detectado dilaciones en los plazos de tramitación  de los expedientes del organismo autónomo, lo que pone de manifiesto la falta de  medidas de control en su seguimiento que den respuesta al riesgo de que se  produzcan prescripciones e impagos de las liquidaciones efectuadas.
  • La Fundación de la Sidra no dispone, para la realización de los arqueos entre las ventas  y el saldo de la caja, de modelos normalizados debidamente firmados por la persona  responsable de su elaboración. 
  1. Sobre el control interno ejercido por la Intervención General del Principado de Asturias.
  2. El Plan Anual de Control Financiero Permanente y el Plan Anual de Auditorías para el  ejercicio 2019, aprobado mediante Resolución de 2 de enero de 2019, de la Consejería de  Hacienda y Sector Público, no previó ninguna actuación de control financiero permanente  sobre los derechos e ingresos de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos  autónomos, entidades y entes públicos. La única excepción es el control de cumplimiento,  dentro del área de gestión de la recaudación tributaria, del procedimiento ejecutivo que se  determine por la Intervención General en el Ente Público de Servicios Tributarios del  Principado de Asturias, si bien dicha actuación no había sido efectuada a fecha de finalización  del trabajo de campo. Esto implica una ausencia de control posterior sobre los derechos e  ingresos. 
  3. El Servicio de Control Financiero no ha elaborado el informe resumen comprensivo de los  principales resultados y conclusiones obtenidos del análisis de los informes de las auditorías de  cuentas del ejercicio 2018 correspondientes a las entidades integrantes del sector público  autonómico sujetas al régimen de contabilidad financiera privada. 

La Sindicatura de Cuentas realiza una serie de recomendaciones: 

  1. En el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias, sería recomendable la  elaboración de un único manual de control interno que refunda todas las instrucciones,  circulares, manuales, procedimientos, plantillas, etc. que rigen su actuación. 
  2. La publicación por parte de la Consejería de Hacienda de una relación de todas las tarifas  exigibles en concepto de tasas y precios públicos, como hizo en el ejercicio 2013, contribuiría a  facilitar su aplicación, su control y a mejorar su transparencia. 
  3. En el ERA, sería aconsejable la plena digitalización de la documentación que integra los  expedientes de liquidación del precio público, ya que facilitarían la labor al personal encargado  y mejorarían el control, la seguridad y el seguimiento de esos expedientes. 
  4. Sería recomendable que los Planes Anuales de Control Financiero Permanente y el Plan de  Auditoría incluyeran actuaciones sobre derechos e ingresos que pudieran abarcar la totalidad  del sector público autonómico y evitar así que se generen debilidades por la ausencia reiterada  de control sobre algunos sujetos. Esto se podría realizar, aunque fuese dentro de un ámbito  temporal plurianual, a través de una adecuada rotación de entidades.

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