El órgano de control externo recomienda que los plenos de los ayuntamientos establezcan el tipo de gasto que puede abonarse mediante ese medio de pago y su límite cuantitativo
Oviedo / Uviéu, 27 de mayo de 2021
El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprobó el 26 de mayo el informe de fiscalización de cumplimiento sobre el uso de tarjetas bancarias en el sector público asturiano, ejercicio 2018. El objetivo del trabajo fue comprobar el nivel de sometimiento del sector público, tanto autonómico como local, a la normativa de aplicación en el uso de dichas tarjetas. Para ello, se elaboró un censo, se analizaron los procedimientos para la autorización de su uso y se evaluaron los procedimientos para la autorización de los gastos y para la justificación, contabilización y control de las operaciones realizadas con tarjetas bancarias. En 2018, las entidades fiscalizadas abonaron 129.747 euros con ese medio de pago.
La Sindicatura de Cuentas emite una opinión de cumplimiento favorable sobre la mayoría de las entidades fiscalizadas, ya que las actividades, operaciones presupuestarias y financieras y la información reflejada en los estados financieros del ejercicio 2018, en lo que respecta al uso de tarjetas bancarias, resultan conformes, en todos los aspectos significativos, a la normativa aplicable. No obstante, emite una opinión de cumplimiento con salvedades para el Ayuntamiento de Navia debido a que no aportó, antes de que finalizara el trabajo de campo, las facturas de 2018 que justificaran los pagos con tarjeta por 1.396 euros. Además, la Sindicatura de Cuentas deniega la opinión sobre los ayuntamientos de Grandas de Salime, Nava, Noreña, Ponga y Santa Eulalia de Oscos, ya que no facilitaron información alguna referida a esta fiscalización.
Respecto al sector público autonómico, el Principado de Asturias comunicó que 18 entidades utilizaron 71 tarjetas bancarias entre 2015 y 2018. El 77,46 por ciento corresponde a sociedades mercantiles; el 16,90 por ciento, a fundaciones, y el 5,63 por ciento, a entes públicos. Ni las consejerías ni los organismos autónomos de la administración autonómica disponían de tarjetas, según la información facilitada.
Importes abonados en el sector público autonómico mediante tarjetas bancarias (en euros):
Tipo de entidad |
Número de entidades |
Número de tarjetas |
2015 |
2016 |
2017 |
2018 |
Ente público |
2 |
4 |
303 |
69 |
718 |
136 |
Sociedad mercantil |
12 |
55 |
41.505 |
36.074 |
52.894 |
73.045 |
Fundación pública |
4 |
12 |
13.353 |
8.232 |
8.406 |
9.746 |
Total |
18 |
71 |
55.160 |
44.375 |
62.018 |
82.927 |
La Universidad de Oviedo comunicó tener 16 tarjetas bancarias activas entre los años 2015 y 2018. Los importes abonados (en euros) fueron:
Entidad |
2015 |
2016 |
2017 |
2018 |
Universidad de Oviedo |
2.993 |
584 |
1.451 |
5.211 |
Respecto al sector público local, la Sindicatura de Cuentas constató la existencia de 28 tarjetas bancarias en uso entre 2015 y 2018, que corresponden a 18 ayuntamientos y 4 sociedades mercantiles. Un total de 55 ayuntamientos, 16 mancomunidades y las 39 parroquias rurales comunicaron que no disponían de tarjetas bancarias en ese periodo.
Los importes abonados (en euros) con las tarjetas bancarias en el sector público local fueron:
Tipo de entidad |
Número de entidades |
Número de tarjetas |
2015 |
2016 |
2017 |
2018 |
Ayuntamiento |
18 |
22 |
41.595 |
35.165 |
38.672 |
34.000 |
Sociedad mercantil |
4 |
6 |
709 |
2.980 |
7.133 |
7.609 |
Total |
22 |
28 |
42.304 |
38.145 |
45.806 |
41.609 |
La Sindicatura de Cuentas realiza dos recomendaciones:
1. Sería recomendable que, en los ayuntamientos que utilicen tarjetas bancarias, el Pleno establezca el tipo de gasto que puede abonarse con este medio de pago, su límite cuantitativo y el régimen de justificación y control. De la misma forma, en las entidades dependientes que pertenecen al sector público y que carezcan de regulación interna, el máximo órgano de dirección debería establecer un procedimiento al respecto.
2. Para mejorar el control de los pagos con tarjetas, sería conveniente que, en las facturas u otros documentos justificativos, conste el motivo de la realización del gasto y las personas destinatarias.
Este resumen pretende facilitar la labor de los medios de comunicación al destacar algunas cuestiones relevantes del informe, pero en modo alguno lo sustituye. Para realizar un análisis completo es preciso conocer el texto íntegro, disponible en http://www.sindicastur.es/es/informes.asp, junto a sus anexos y a las alegaciones correspondientes.