- Esta herramienta de financiación, que sustituye al Programa Reindus, no fija un importe máximo a los proyectos y permitirá operaciones con plazos de devolución de hasta 10 años
- Tendrá una dotación de 600 millones, operará de manera permanente, sin convocatoria anual, y las solicitudes podrán presentarse en cualquier momento, como sugería Industria
La Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica valora las modificaciones introducidas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Mincotur) en el Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP), la nueva herramienta financiera de apoyo a proyectos industriales que sustituye al Programa Reindus.
Estas modificaciones, acordadas en la Conferencia Sectorial de Industria, van en línea con las peticiones y sugerencias trasladas por el Principado para facilitar la financiación de proyectos empresariales y dotar al nuevo mecanismo de la flexibilidad necesaria para adaptarse a las necesidades.
De esta manera, el FAIIP no limita la cuantía máxima de los proyectos de inversión y tampoco establece plazos determinados para su ejecución. Asimismo, tal y como se planteaba desde el departamento que dirige Enrique Fernández, el plazo de solicitud estará abierto de forma permanente para que las empresas industriales puedan presentar sus necesidades de financiación en cualquier momento. En este sentido, el mecanismo del FFAIIP funciona de manera similar los fondos gestionados por la Sociedad Regional de Promoción, perteneciente al Grupo Idepa, para apoyar las inversiones productivas de las empresas.
El fondo fue creado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021 y está adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Tendrá una duración de 20 años y será gestionado por la sociedad Sepides. El ministerio confía en que esté operativo a partir de junio.
Se trata de un fondo sin personalidad jurídica, cuya finalidad es prestar apoyo financiero para promover inversiones de carácter productivo, tanto del sector manufacturero como de los servicios industriales. Introduce una importante flexibilidad en las operaciones de financiación de inversiones industriales, con las siguientes características:
- Además de préstamos ordinarios, permitirá otras fórmulas de apoyo como los préstamos participativos, la participación temporal y minoritaria en capital (equity) y fórmulas mixtas entre las anteriores.
- Permitirá operaciones con plazos de devolución de hasta 10 años.
- Con carácter general, se habilitará un sistema en el que las operaciones se formalicen con un calendario de desembolsos por hitos, lo que permitirá una mejor gestión del riesgo para la Administración y menores exigencias de garantías vivas para los beneficiarios.
- No existirá un importe máximo prefijado por operación, más allá de los inherentes a la gestión del riesgo del fondo.
- Posibilitará un diálogo con las empresas en el estudio y formalización de operaciones que no resulta posible en los procedimientos de concurrencia competitiva, lo que favorecerá que buenos proyectos no queden excluidos por aspectos formales. Además, permitirá estudiar la posible compatibilidad con otros fondos públicos (por ejemplo, dentro de Sepides) o privados.
- El fondo operará de continuo. Así, para la presentación de solicitudes no será necesaria la publicación de ninguna convocatoria anual, la única limitación será la existencia de crédito para las formalizaciones. En cualquier caso, si una solicitud se presenta cuando se ha agotado el crédito disponible para un año, se trasladará al siguiente, de forma transparente para el solicitante.
El FFAIIP se crea con la intención de que sea autosuficiente con sus propios recursos y rendimientos, de manera que las cantidades que aporte el Estado sean decrecientes. Durante los primeros años se dotará con una contribución inicial de 600 millones anuales, como ha ocurrido en los Presupuestos Generales del Estado de este año. La cantidad irá disminuyendo progresivamente en función de los retornos generados, de forma que tienda a sostenerse con una contribución de la Administración sustancialmente menor.