Mucha actividad para aprobación de normativas en el pleno municipal del ayuntamiento de Gijón

Mucha actividad para aprobación de normativas en el pleno municipal del ayuntamiento de Gijón

 

APROBACIÓN DEL PLAN ANUAL NORMATIVO DEL 2022

 

El Plan Anual Normativo del Ayuntamiento está constituido por las iniciativas normativas que las distintas Concejalías delegadas de Área prevean proponer cada año natural como proyecto normativo a la Junta de Gobierno para su aprobación. Las iniciativas pueden referirse a modificaciones puntuales de Ordenanzas o Reglamentos ya existentes.

 

EL Plan Anual Normativo es elaborado y coordinado por la Secretaría General del Pleno en base a las iniciativas remitidas por las distintas Áreas de Gobierno.

 

La Alcaldía y Concejalías Delegadas las han remitido a la Secretaría General del Pleno en el plazo de un (1) mes desde la publicación de esta resolución en la sede electrónica municipal -que se produjo el 5 de marzo y quince días más dada la coincidencia del final del primer plazo con la Semana Santa-.

 

La Secretaría General del Pleno, de acuerdo con la Resolución de Alcaldía de 4 de marzo de 2021, por la que se inicia el expediente para la elaboración del Plan Anual Normativo de 2022 y se aprueban las directrices básicas para la tramitación de proyectos normativos, propondrá la aprobación del Plan Anual Normativo a la Junta de Gobierno Local con anterioridad al 1 de mayo. La Junta de Gobierno Local aprobará el Plan Anual Normativo antes de que finalice el mes de mayo.

 

Se acuerda:

 

Aprobar en el año 2021 el PLAN ANUAL NORMATIVO DE 2022, integrado por los siguientes proyectos normativos:

 

ALCALDÍA

 

IGUALDAD. Ordenanza para la Igualdad de Mujeres y Hombres bajo la responsabilidad de la Dirección General de Igualdad de Mujeres y Hombres con la finalidad de establecer un marco normativo que establezca los principios generales que en materia de igualdad habrán de regir la actuación del Ayuntamiento y demás organismos y entidades dependientes del mismo, eliminando cualquier forma de discriminación y garantizando el ejercicio real y efectivo de los derechos de las mujeres.

 

 

CONCEJALÍA DELEGADA DE DERECHOS, BIENESTAR SOCIAL, EDUCACIÓN, INFANCIA Y JUVENTUD.

 

 

IGUALDAD DE TRATO. Ordenanza complementaria de la Ordenanza para la Igualdad de Mujeres y Hombres bajo la responsabilidad de la Dirección General de Igualdad de Mujeres y Hombres y de la Fundación Municipal de Servicios Sociales con la finalidad de regular medidas en varios ámbitos contra la discriminación e por razón de raza, sexo, religión, discapacidad, orientación sexual u otra situación socioeconómica, entre otros motivos, una vez que se establezca el marco normativo estatal en esta materia.

 

 

PRESTACIONES SOCIALES. Ordenanza reguladora de las prestaciones y ayudas de emergencia que concede la Fundación Municipal de Servicios Sociales una vez que se normalice el ámbito de cobertura del Ingreso Mínimo Vital y del Salario Social Básico, bajo la responsabilidad de la Fundación Municipal de Servicios Sociales y la Secretaría General del Ayuntamiento.

 

 

 

AYUDA A DOMICILIO. Ordenanza reguladora del Servicio municipal de Ayuda a Domicilio por la carencia de una regulación al respecto de un servicio esencial para las personas mayores y personas en situación de dependencia, bajo la responsabilidad de la Fundación Municipal de Servicios Sociales y la Secretaría General del Ayuntamiento.

 

 

CONCEJALÍA DELEGADA DE HACIENDA, ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Y PERSONAL

 

 

SUBVENCIONES. Ordenanza reguladora de Subvenciones y Ayudas Municipales bajo la responsabilidad de la Dirección General Económica. El transcurso del tiempo desde la aprobación de la Ordenanza municipal vigente (de 2005) hasta ahora exige un nuevo marco regulatorio que recoja, por un lado, mayor seguridad jurídica y racionalidad y, por otro, que garantice una tramitación más ágil en el procedimiento de concesión de subvenciones.

 

 

LAICIDAD. Reglamento no orgánico bajo la responsabilidad de la Dirección General de Servicios dirigido a la institución pública que es el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos y entidades dependientes para concretar las obligaciones ante el hecho religioso y que regule la separación entre el poder público municipal y las distintas confesiones religiosas y/o convicciones personales, garantizando la aplicación del principio de neutralidad religiosa de la administración municipal.

 

 

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL AYUNTAMIENTO. Reglamento orgánico bajo la responsabilidad de la Secretaría General del Pleno. Con el objetivo de establecer, dentro del marco legal que proporciona el título X de la Ley de bases del Régimen Local, un modelo organizativo específico y propio para el Ayuntamiento de Gijón/Xixón, ya que el tiempo transcurrido y el contexto legal, el escenario político y las nuevas demandas sociales, hacen necesaria una adaptación que va más allá de un mero formalismo.

 

 

ASESORÍA JURÍDICA. Reglamento no orgánico bajo la responsabilidad de la Dirección de la Asesoría Jurídica para regular los principios de actuación de dicho órgano directivo esencial, su configuración y composición y sus funciones y la delimitación de las mismas en relación con el asesoramiento legal preceptivo de otros órganos directivos esenciales.

 

 

POLICÍA LOCAL. Reglamento no orgánico bajo la responsabilidad de la Dirección General de Servicios y el servicio de estrategia y coordinación de recursos dependiente de la misma, con la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana, para la regulación de la ordenación, complementaria a la normativa estatal y autonómica, de las fuerzas y cuerpos de seguridad, del cuerpo de la Policía Local de Gijón para su adaptación a la estructura municipal y regulación de la organización y funcionamiento que redunde en las funciones y servicios prestados a la ciudadanía.

 

SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS. Reglamento no orgánico bajo la responsabilidad de la Dirección General de Servicios y el servicio de estrategia y coordinación de recursos dependiente de la misma, con la Concejalía Delegada de Seguridad Ciudadana, para la regulación de la ordenación, complementaria a la normativa estatal y autonómica, del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios para su adaptación a la estructura municipal y regulación de la organización y funcionamiento que redunde en las funciones y servicios prestados a la ciudadanía.

 

 

CONCEJALÍA DELEGADA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, MEMORIA DEMOCRÁTICA, MERCADOS Y CONSUMO.

 

 

REGLAMENTO ORGÁNICO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Bajo la responsabilidad de la Secretaría General del Pleno para la regulación de los órganos complementarios y los procedimientos de participación ciudadana en el marco de la Agenda Urbana Gijón/Xixón 2032 teniendo en cuenta los procesos de gobernanza territorial multinivel y el desarrollo de mecanismos de transparencia y buen gobierno, creando instrumentos de codiseño, coejecución y coevaluación de las diferentes líneas estratégicas y propuestas de intervención.

 

 

La tramitación de los proyectos normativos podrá iniciarse en 2021, incluyendo el trámite de consulta previa. La terminación del plan se produce el 31 de diciembre de 2022. La Secretaría General del Pleno elaborará en el primer trimestre del 2023 el Informe Anual que reflejará el grado de cumplimiento del Plan Anual Normativo del año anterior y las iniciativas adoptadas no incluidas inicialmente en el Plan. Por cumplimiento total se entiende la aplicación del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. En el resto de los casos se indicará el grado de cumplimiento y en su caso, las razones justificativas remitidas por los responsables de cada área de gobierno antes del 31 de enero de 2023.

 

 

APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DEL LOS SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE LA APERTURA DE LOS TRECE CENTROS ESCOLARES ADSCRITOS AL PROYECTO 11X12, PROMOVIDO POR EL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN, DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2021-2022

 

Se formula propuesta para proceder a la contratación de dichos servicios, por procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada, con varios criterios de adjudicación y tramitación ordinari,a con un plazo de duración del contrato del curso escolar 2021-2022, prorrogable para el curso 2022-2023; ascendiendo el valor estimado del contrato a la cantidad de 1.149.649,58 € IVA excluido. El Presupuesto base de licitación para curso escolar 2021-2022 se fija en la cantidad de 539.922,99 € IVA incluido, ascendiendo éste a la cantidad de 17.355,00 €.

 

Con dicha licitación se pretende contratar el servicio de apertura, cierre y coordinación de actividades y logística en los trece colegios públicos en los que se presta el servicio, tanto en el periodo lectivo, como en los periodos no lectivos de Navidad, Semana Santa, Vacaciones de Verano y días no lectivos de celebraciones propias del ámbito escolar (día del maestro, lunes de carnaval), así como cualquier otro día que, por motivos del calendario escolar fuere preciso prestar el servicio (días no lectivos pero si laborales), excluyendo los fines de semana y los días de fiesta del calendario oficial de fiestas del municipio.

 

Los colegios públicos en los que se prestará el servicio del proyecto 11x12 son los siguientes:

 

ALFONSO CAMÍN

ASTURIAS

BEGOÑA

CLARÍN

EL LLANO

FEDERICO GARCÍA LORCA

GASPAR MELCHOR DE JOVELLANOS

LA ESCUELONA

MONTEVIL

MONTIANA

NICANOR PIÑOLE

REY PELAYO

RÍO PILES

 

 

 

La atención se fundamentará en cuatro aspectos:

 

 

  1. Supervisión del juego, educativo y coeducativo, proponiendo dinámicas y programaciones diversas para juegos de interior/exterior.
  2. El desarrollo de actividades de animación a la lectura.
  3. La organización de tiempos y espacios para la realización de las tareas escolares, fomentando la autonomía y el hábito de esfuerzo.
  4. La organización de tiempos y espacios para que las niñas y los niños merienden, fomentando unos hábitos adecuados en la alimentación y en la higiene y aseo.

Como valor añadido del proyecto y a las actividades extraescolares con las que ya cuentan los centros educativos, la empresa adjudicataria realizará el seguimiento de los objetivos curriculares de cada etapa potenciando en todo caso:

  • El deporte y la actividad física en general.
  • Las expresiones artísticas en todas sus manifestaciones.
  • El juego, como medio de transmisión de valores para la convivencia, la autonomía y el cuidado de los demás.
  • Los valores de igualdad y la integración de personas de distintas etnias o con necesidades educativas especiales.

 

 

REQUERIMIENTO A LA EMPRESA GOYASTUR S.A. PARA QUE PROCEDA A LA REPARACIÓN DE LAS LUMINARIAS INSTALADAS EN EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE INSTALACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO EN EL BARRIO DE LA ARENA

 

 

El 6 de octubre de 2015, la Junta de Gobierno, adjudicó la ejecución de las obras de INSTALACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO EN EL BARRIO DE LA ARENA DE GIJÓN/XIXÓN, a la empresa GOYASTUR SA, , en el precio ofertado de 583.056,00 euros, más 122.441,76 euros de IVA, y un plazo de garantía de 72 meses.

 

La recepción de las obras se produjo el 27 de junio de 2016, dando comienzo el plazo de garantía, que se extiende hasta el 27 de junio de 2022.

 

El 22 de abril de 2021 se emite informe por la Jefa de la Unidad Técnica de Alumbrado con la finalidad de que se requiera con carácter urgente a GOYASTUR S.A. la subsanación de las deficiencias encontradas.

 

Tras detectar varias deficiencias en el funcionamiento de las luminarias suministradas, el fabricante, a requerimiento municipal, comunicó en fecha 15 de Septiembre de 2016 que procedería a la sustitución de 45 unidades. Sin embargo, no realizó dicha sustitución, optando por reparar in situ las luminarias afectadas, sustituyendo un componente que aparentemente estaba limitando la intensidad lumínica.

 

Según explicaciones del fabricante, este componente, mal calibrado, limitaba la intensidad luminosa cuando la Placa LED llegaba a una cierta temperatura. Esta actuación tiene lugar a lo largo del mes de Noviembre de 2016.

 

Este fallo se fue repitiendo a lo largo del tiempo en diferentes luminarias que fueron objeto de reparación.

 

En octubre de 2019 se detecta que parte de las luminarias reparadas vuelven a presentar fallos. Una vez examinadas se observa que la Placa LED de la luminaria se encuentra quemada, lo cual parece indicar que no ha actuado el dispositivo de control de temperatura que evita que la placa LED se sobrecaliente.

 

El contratista propone como solución el envío de 27 grupos ópticos para sustituir por completo el interior de 27 luminarias, reconociendo implícitamente la persistencia del problema técnico.  

 

Dado que las luminarias no han funcionado correctamente desde su instalación y que tras numerosos intentos de reparación de las mismas, no se ha conseguido dar con ninguna solución, se exige la reposición de la totalidad de los bloques ópticos de las 280 unidades suministradas ya que existe un fallo de fabricación en el que aparentemente se han utilizado diodos LED no adecuados a la intensidad lumínica requerida, regulados a una corriente excesiva a la permitida por las características técnicas del diodo, excediéndose la temperatura permitida (en un principio limitada por el elemento eliminado en las primeras actuaciones) y causando el fallo irreversible de la luminaria al haberse quemado la placa de diodos.

 

 

Se acuerda:

 

Requerir a la empresa GOYASTUR, S.A., para que en el plazo máximo de tres meses, contados desde el día siguiente al de recepción de la notificación, proceda a la renovación de la totalidad de los bloques ópticos de las 280 luminarias suministradas.

 

Advertir expresamente a GOYASTUR, S.A. de que si no llevara a cabo la reparación de las luminarias en el plazo indicado, el Ayuntamiento procederá a la subsanación de las deficiencias con cargo a la garantía definitiva y, de ser ésta insuficiente, se procederá a exigir al contratista la diferencia,  previa liquidación de su importe.

 

Todo ello sin perjuicio de que el contratista deba hacerse cargo del importe de los trabajos que han sido realizados por la empresa de mantenimiento de alumbrado público para mantener en funcionamiento las referidas luminarias.

 

 

CERTIFICACIÓN FINAL DE LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE AMPLIACIÓN DE ESPACIOS PEATONALES DE LA CALLE BÉLGICA (VINCULADO AL CONTRATO DE CONSERVACIÓN VIARIA)

 

 

La Alcaldía, en Resolución de fecha 17 de agosto de 2020, resolvió aprobar el PROYECTO DE OBRAS DE AMPLIACIÓN DE ESPACIOS PEATONALES DE LA CALLE BÉLGICA.

 

Las obras adjudicadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 22 de septiembre de 2020, se ejecutan dentro del marco del contrato de OBRAS DE CONSERVACIÓN Y MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA VIARIA EN BASE A CRITERIOS DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, adjudicado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 22 de Mayo de 2018 a ALVARGONZALEZ CONTRATAS SA,. por importe de 103.179,13 euros, I.V.A. incluido, con un plazo de ejecución de 2 meses.

 

El Acta de Comprobación de Replanteo fue firmada con fecha 8 de octubre de 2020, iniciándose las obras al día siguiente.

 

Tras la emisión y tramitación de las correspondientes certificaciones ordinarias, consta en el expediente que con fecha 7 de enero de 2021 se firmó el Acta de Recepción de las obras; la ejecución de las obras, tal y como consta en el informe técnico, finalizó cumpliendo el plazo establecido.

 

El 8 de abril de 2021, la dirección facultativa de las obras emitió la certificación-medición final de las obras de la que, resumidamente, resultan los siguientes datos:

 

Se acuerda:

 

Aprobar la certificación-medición final de las obras indicadas.

 

 

APROBACIÓN DE CONVENIOS DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS NO LABORALES PARA JÓVENES EN EL MARCO DE LA AGENCIA DE ACTIVACIÓN JUVENIL 2021

 

El 9 de marzo de 2021, la Junta de Gobierno adoptó el acuerdo de aprobar las bases reguladoras de la convocatoria para la captación y desarrollo de prácticas no laborales para jóvenes que están en itinerarios de la Agencia de Activación Juvenil 2021.

 

Las prácticas no laborales de la Agencia de Activación Juvenil de Gijón, de 240 horas de duración, pretenden acercar el talento joven a las empresas, a su vez que propician el incremento de la experiencia laboral en aquellos. Se priorizan aquellas prácticas que pueden derivar en una contratación posterior y, cada anualidad, están disponibles 100 prácticas no laborales. La empresa paga un seguro de accidentes y de responsabilidad civil que cubra el período de prácticas mientras que el Ayuntamiento abona la beca al alumnado de 5 euros la hora.

 

 

Desde el momento de aprobación de las citadas bases, se abre la convocatoria para la presentación de solicitudes por parte de las empresas y entidades, hasta el próximo día 15 de diciembre de 2021, siendo el número máximo de prácticas no laborales a realizar en el marco de este programa de 100.

 

 

 

Hasta el 28 de abril de 2021, se han recibido solicitudes de prácticas no laborales, en las cuales se han incorporado las solicitudes correspondientes a la anualidad 2020 que, debido a la situación sanitaria, no han podido ser resueltas y cuyas empresas han solicitado su inclusión en la anualidad 2021. Se trata de un total de 49 empresas o entidades y 71 prácticas no laborales.

 

Una vez seleccionadas las personas candidatas por las empresas, y de haber obtenido el consentimiento de las mismas se ha coordinado la redacción del correspondiente Convenio de colaboración, según Anexo 2 aprobado en las bases reguladoras de la convocatoria.

 

Se acuerda:

 

Aprobar los Convenios de Colaboración para la realización de prácticas no laborales en el seno de la Agencia de Activación Juvenil 2021 con las siguientes empresas:

 

  • PROYMA SL - 1 práctica no laboral, puesto: Auxiliar administrativo.
  • DELGADO ABOGADOS (JOSÉ LUÍS DELGADO REGUERA) - 2 prácticas no laboral, puesto: Abogado/a en prácticas.
  • FERROBAZAR SL - 1 práctica no laboral, puesto: Mozo de almacén
  • LUCAS AZCONA AYESTA (FARMACIA VIESQUES) - 1 práctica no laboral, puesto: Mozo de almacén.
  • PISA PROYECTOS DE INNOVACIÓN SL - 1 práctica no laboral, puesto: Apoyo técnico en el área de

        I+D+i.

  • FRASCOS CENTER SA - 1 práctica no laboral, puesto: 1 Ayudante dependiente/a.
  • NAUPLIA CAPITAL GIJÓN SL, MARÍTIMO ASTUR FAVILA SL, PUERTO DEPORTIVO DE GIJÓN, UTE – 1 práctica no laboral, puesto: Recepcionista.
  • QUALITY INSPECTION AND VERIFICATION SL - 1 práctica no laboral, puesto: Auxiliar administrativo/a.
  • COLEGIO ANDOLINA - 1 práctica no laboral, puesto: Educador/a infantil-primaria.
  • REVEYMO SL - 1 práctica no laboral, puesto: Marketing digital.

 

 

CONVENIO ENTRE LA REPRESENTACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA EN ESPAÑA Y EL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN POR EL QUE SE CONCEDE UNA SUBVENCIÓN PARA EL AÑO 2021 PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL CENTRO DIRECT GIJÓN

 

Se aprueba el protocolo de colaboración entre la Representación de la Comisión Europea en España y el Ayuntamiento de Gijón, con miras a establecer un marco de actuación en el que el Ayuntamiento pondrá en marcha el centro DIRECT Gijón con la finalidad de hacer llegar las políticas europeas y los programas, ayudas y becas que ofrece la UE a todos los ciudadanos europeos, vivan donde vivan.

 

El Ayuntamiento cofinanciará el 50% del presupuesto del proyecto, lo que para 2021 supone una aportación de 26.400 €.

 

 

ASUNTOS FUERA DEL ORDEN DEL DÍA

 

SERVICIO DE COMEDOR PARA LAS ESCUELAS INFANTILES (DE 0 A 3 AÑOS) DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON

 

 

Se acuerda aprobar la propuesta formulada para la contratación del SERVICIO DE COMEDOR PARA LAS ESCUELAS INFANTILES (DE 0 A 3 AÑOS) DEL AYUNTAMIENTO DE GIJON, que abarca los cursos escolares 2021/2022 y 2022/2023, pudiendo ser prorrogado como máximo, el curso escolar 2023/2024, con un presupuesto base de licitación de 2.132.336,80 IVA incluido para los dos cursos del contrato.

 

Aprobar el expediente de contratación y disponer la apertura del procedimiento de adjudicación, el pliego de Prescripciones Técnicas, el Cuadro de Características Particulares y el Modelo de Proposición Económica que han de regir en la contratación de dicho servicio, mediante tramitación ordinaria, procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada, con varios criterios de adjudicación.

 

El precio del menú diario se fija en 5,86 €. Los menús diarios incluirán el desayuno, el tentempié de media mañana, la comida y la merienda. Deberá incluirse un día a la semana un menú íntegramente ecológico, el cual, debe de modificarse cada semana, a fin de ir alternando los distintos grupos de alimentos: arroz, pasta, verduras, legumbres, hortalizas, frutas, lácteos, cereales, etc. Este menú ecológico deberá venir debidamente especificado en la programación de menús facilitada al Responsable del contrato. Además, será obligatorio incluir ternera ecológica asturiana, quesos asturianos y miel/mermelada de producción ecológica.

 

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXON Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, 2021-2023

 

Se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón y sus Organismos Autónomos para el período 2021-2023.

 

El Plan Estratégico pretende, a través de los objetivos estratégicos, contribuir a mejorar y racionalizar la gestión de las subvenciones, así como lograr la consecución de los objetivos específicos descritos en este Plan, normalizar y homogeneizar la definición de las líneas de subvenciones, establecer una visión de conjunto de las diferentes líneas de subvenciones e incrementar la transparencia y la simplificación administrativa.

 

El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón y sus Organismos Autónomos para el periodo 2021- 2023 define seis objetivos estratégicos:

 

         1. Bienestar Social.

         2. Igualdad entre Hombre y Mujeres.

         3. Participación Ciudadana y Cooperación al Desarrollo.

         4. Promoción Económica y Empleo.

        5. Promoción de la Cultura, la Educación y el Deporte.

         6. Sostenibilidad Ambiental y Urbana.

 

En su Anexo, recoge las subvenciones previstas para el ejercicio 2021, un total de 159, por un importe global de 27.603.816,83 €. 

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