Oviedo / Uviéu, 26 de marzo de 2021
El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprobó el 25 de marzo el informe de fiscalización sobre el Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA), ejercicio 2018. Los objetivos de este trabajo fueron verificar si los importes contabilizados en gastos de personal y gastos en bienes corrientes y servicios se presentaron adecuadamente según los principios de contabilidad públicos que le son de aplicación, así como verificar el cumplimiento de la legalidad en la tramitación de los convenios y contratos formalizados por el organismo autónomo, responsable de la gestión de los servicios de atención de llamadas de urgencia y emergencia a través del 112; de protección civil y de extinción de incendios, y de salvamento en el Principado.
La Sindicatura de Cuentas emite una opinión con salvedades tanto en la auditoría financiera como en la fiscalización de cumplimiento.
- Auditoría financiera
La Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias constata como limitación al alcance que el SEPA no disponga de un sistema contable que permita una adecuada gestión y seguimiento de los proyectos de gastos con financiación afectada. También halla una incorrección, ya que el SEPA imputó presupuestariamente al capítulo de Transferencias corrientes los ingresos obtenidos por la contribución especial para el establecimiento, la mejora y la ampliación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos del Principado de Asturias cuando, dada la naturaleza tributaria de ese ingreso, debería haberse imputado en el capítulo de Tasas, precios públicos y otros ingresos.
En opinión de la Sindicatura de Cuentas, excepto por los posibles efectos descritos, la cuenta general del SEPA expresa, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera a 31 de diciembre de 2018.
- Fiscalización de cumplimiento
La Sindicatura de Cuentas detectó varios incumplimientos. Entre ellos:
- Los ingresos recibidos por el SEPA en concepto de contribución especial para el establecimiento, la mejora y la ampliación de los servicios de prevención y extinción forman parte del global de los ingresos, sin que se determine su destino, lo que
contraviene la Ley de Haciendas Locales, de aplicación en este caso. El importe total recaudado por este concepto en el ejercicio 2018 ascendió a 2.232.428 euros. - No quedan suficientemente acreditadas las razones que justifican que el personal del SEPA realice horas extraordinarias para necesidades que no son consideradas de fuerza mayor en una jornada distinta a la prevista en los convenios colectivos que el SEPA estaba aplicando durante el periodo fiscalizado.
- Durante el ejercicio fiscalizado, al personal laboral del SEPA se le continuaba aplicando los convenios colectivos de las extintas entidades 112 Asturias y Bomberos del Principado de Asturias, que se han venido prorrogando hasta la actualidad, ya que no se ha alcanzado un acuerdo para suscribir un convenio colectivo propio del SEPA. Además, el convenio de personal de Bomberos de Asturias perdió su vigencia en julio de 2013, tras haber sido denunciado. Este incumplimiento genera, además, una incertidumbre por los posibles efectos que podrían derivarse de un hipotético resultado judicial desfavorable, en el supuesto de que se impugnasen esos convenios.
- La financiación de los convenios de colaboración suscritos en 2018 con los ayuntamientos costeros para el desarrollo del Plan de Salvamento y Rescate se articuló mediante subvenciones nominativas prorrogadas del presupuesto de 2017. Esto contraviene la legislación sobre régimen económico y presupuestario del Principado de Asturias, ya que la habilitación legal para la concesión directa de las subvenciones nominativas amparada en la ley anual de presupuestos se agota en el ejercicio presupuestario para el que fueron aprobados, por lo que no cabe legalmente su prórroga. El importe otorgado fue de 345.000 euros.
- En el contrato de servicio de vigilancia y extinción de incendios forestales se aprecia una insuficiente justificación de la necesidad de contratarlo y una deficiente descripción de las prestaciones que constituyen o integran su objeto, por lo que no se da estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público.
- El SEPA ha acudido a la contratación externa del servicio de vigilancia y extinción de incendios sin que hayan dictado las instrucciones preceptivas establecidas en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en aras de garantizar la correcta ejecución del servicio y clarificar la relación entre el organismo y el personal de la empresa contratadas.
Como consecuencia de esos incumplimientos, esto es, las imprecisiones en la descripción de las tareas que tiene que realizar la empresa contratista, junto con la ausencia de medidas adecuadas y suficientes para evitar actos que pudieran considerarse como determinantes para el reconocimiento de una relación laboral con el trabajador y, todo ello, unido a una inadecuada separación entre la relación jurídica que une a la administración, al contratista y sus trabajadores, podría suponer al organismo un riesgo de cesión ilegal de trabajadores.
La Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias realiza una serie de recomendaciones:
- Con el objetivo de contribuir a la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles y la dimensión adecuada de sus efectivos, el SEPA debería aprobar un plan para la ordenación de sus recursos humanos donde se incluya, entre otros aspectos, un análisis de las disponibilidades y necesidades de personal acorde a las necesidades del servicio, tanto desde
el punto de vista del número de efectivos, como del de los perfiles profesionales o niveles de cualificación.
- Considerando la recomendación anterior y, si una vez analizadas y ordenadas las necesidades de personal sigue siendo necesario acudir a la contratación externa del servicio de prevención y extinción de incendios, sería recomendable que, en el diseño del contrato, el precio se formulase en términos de precios unitarios en función de las necesidades reales de la administración, opción prevista en la Ley de Contratos del Sector Público, y no mediante un precio fijo mensual. El objetivo es velar por una eficiente utilización de los fondos destinados a la contratación de servicios, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto.
- Sería recomendable que, dentro del respeto al régimen competencial vigente, se aborde una reforma y actualización del sistema autonómico de emergencias en el Principado de Asturias que recoja la actuación integrada y coordinada de los servicios de protección civil, emergencias y bomberos, y se adapte a las circunstancias actuales del servicio.
Este resumen pretende facilitar la labor de los medios de comunicación al destacar algunas cuestiones relevantes del informe, pero en modo alguno lo sustituye. Para realizar un análisis completo es preciso conocer el texto íntegro, disponible en http://www.sindicastur.es/es/informes.asp, junto a sus anexos y a las alegaciones correspondientes.