Si bien el teletrabajo en el ámbito de la administración pública carece de regulación a día de hoy en el Principado de Asturias, ha sido la modalidad de trabajo empleada de forma improvisada durante el primer estado de alarma, momento en el que no pudiendo garantizar la salud de las personas, la administración decide cerrar los servicios presenciales y enviar a todos los trabajadores a sus casas.
En esos momentos, los empleados públicos demostraron con creces que eran capaces de continuar con el funcionamiento de la Administración con sus propios medios materiales y estuvieron al pie del cañón en todo momento.
El resultado fue exitoso a pesar de las circunstancias sobrevenidas y la celeridad con la que se tuvo que tomar las decisiones.
Por resolución de 12 de mayo de 2020, se aprobaron Instrucciones de medidas preventivas y organizativas con motivo de la reincorporación del personal de la Administración del Principado de Asturias, sus organismo y entes públicos”, que en su disposición séptima permitía a continuar con el teletrabajo a trabajadores que tuvieran a su cuidado menores de 14 años o mayores dependientes por razón de edad o discapacidad, así como personas consideradas de riesgo por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.
Estas instrucciones estuvieron vigentes hasta el 10 de septiembre, publicándose en BOPA una nueva resolución, cuya instrucción cuarta estaba dedicada al teletrabajo: • conciliación de la vida familiar y laboral:
◦ si el puesto es susceptible de teletrabajo a distancia:
▪ previo al inicio del curso escolar: se pudo solicitar continuar con el trabajo a distancia hasta el inicio del curso escolar.
▪ En caso de mayores dependientes o menores dependientes a cargo del trabajador: se permite trabajo a distancia hasta que se produzca la apertura de los centros.
▪ Situaciones derivadas del cierre de centros, confinamientos totales o parciales, brotes en aulas o centros, suspensión de actividades escolares u otras circunstancias análogas: pueden desempeñar trabajo a distancia siempre que el contenido de supuesto sea compatible. Se debe acreditar ante la SGT la situación de forma documental (menores de 14 años, personas con discapacidad, mayores dependientes por razón de edad o enfermedad). Solo se aplica a situaciones dependientes de la crisis sanitaria.
- Cuando no sea posible aplicar las medidas de prevención establecidas por el “Procedimiento General de actuación en prevención de riesgos laborales para personal de la administración del Principado de Asturias frente a la exposición al sars-CoV”: se necesita previamente un informe del servicio competente en materia de prevención de riesgos laborales.
En octubre se publican unas nuevas instrucciones, con la Resolución de 26 de octubre de 2020, estableciéndose la cobertura legal para crear en los distintos servicios dos turnos estables y rotatorios de trabajo, combinando el trabajo presencial y el teletrabajo a distancia por semanas completas.
Esto significa que personas que estaban 100% teletrabajando porque la administración entendió que sus puestos eran susceptibles de ser desempeñados en esta modalidad de trabajo, pasan a formar parte de grupos burbuja:
Por ejemplo, si en un departamento existen 14 empleados, se dividiría en dos grupos burbuja que trabajarían una semana cada uno, sin tener contacto entre ambos, garantizando así la continuidad del servicio en todo caso y aumentando la protección de la salud de los trabajadores pues si en un grupo resultara un trabajador contagiado, el otro grupo quedaría protegido.
Esto parece tener lógica, pero la realidad es otra:
- Los grupos burbuja se contaminan: dos grupos burbuja de un departamento tienen contacto con personas que no teletrabajan en ningún momento por lo que se resta la eficacia de la medida, pudiendo contagiarse la totalidad del departamento.
- El jefe directo de cada servicio ha decidido qué trabajadores teletrabajan: los criterios para asignar el teletrabajo no son objetivos, depende de las reticencias de cada jefe a esta nueva modalidad de trabajo, de un punto de vista parcial respecto a quién debe trabajar, de creencias desfasadas que entienden el teletrabajo como un premio y no como una modalidad de trabajo nueva en esta administración, pero totalmente integrada en otras empresas y países del mundo. El resultado es:
o Personas que han teletrabajado en el primer estado de alarma y ahora se les niega sin ningún motivo justificado.
o Personas que trabajan en grupos burbuja contaminados y que luego vuelven a casa a atender a sus padres mayores dependientes.
o Personas que trabajan en entornos de trabajo sin ningún tipo de ventilación: CSIF recuerda que tiene una denuncia interpuesta ante la inspección de trabajo respecto a varios locales, uno de ellos, la Oficina del SEPEPA de la Calle Marqués de Teverga, en la que los trabajadores llevan a cabo su jornada laboral en un antiguo sótano, que ahora son oficinas, edificios administrativos con cero ventilación, tales como las oficinas del Edificio Calatrava.
EL TELETRABAJO PERMITE A LA ADMINISTRACIÓN CONTINUAR PRESTANDO SERVICIOS Y GARANTIZA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD DE SUS TRABAJADORES
Ahora estamos en la tercera ola y el teletrabajo es la única modalidad de trabajo que puede garantizar la protección de la salud de las personas a coste cero para la administración. Su aplicación ahora mismo no cuesta dinero, puesto que los empleados públicos saben que esto es una situación excepcional y están dispuestos a utilizar sus propios medios.
Cosa distinta es la futura regulación del teletrabajo:
- La Administración nos ha manifestado la voluntad de elaborar una norma de carácter general reguladora del trabajo a distancia mediante teletrabajo en la resolución del 7 de septiembre.
- El lunes 5 de octubre de 2020 se convoca a los sindicatos a la Mesa General de la Comunidad Autónoma cuyo objetivo es proponer la creación de un grupo de trabajo en el que estén representados todos los grupos sindicales con un miembro de cada uno. El plazo para convocar la primera reunión es de 3 meses.
- El miércoles 4 de noviembre se inician las reuniones, tras el envío por parte de la administración de un documento a modo de borrador, que será negociable a lo largo de una serie de reuniones de periodicidad semanal.
- La última reunión ha sido en diciembre y desde el sindicato CSIF no tenemos noticia alguna de qué ha pasado con el borrador.
CSIF insiste en la necesidad de aplicar el teletrabajo a la totalidad de los trabajadores susceptibles de hacer sus tareas en esta modalidad de trabajo, que al menos son todos los que han desarrollado su trabajo así durante el primer estado de alarma.
CSIF insiste que es obligación de la administración pública garantizar la salud de los trabajadores en su entorno de trabajo.
CSIF pone de manifiesto que muchos lugares de trabajo no cumplen con las medidas para salvaguardar la salud de los trabajadores de los contagios.
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