Ayudas en tiempos de incapacidad por enfermedad

Ayudas en tiempos de incapacidad por enfermedad

Las pensiones por incapacidad permanente son prestaciones económicas cuyo objetivo es cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. Dependiendo de los requisitos que cumplamos, se nos pueden reconocer incapacidades de hasta cuatro grados diferentes, que de menor a mayor son las siguientes: parcial para la profesión habitual, total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo, y gran invalidez.

Sin embargo, los datos indican que desde hace unos años la exigencia de los criterios médicos para obtener una incapacidad laboral ha aumentado. Esto no sólo ha provocado que un mayor número de solicitudes para nuevas incapacidades estén siendo denegadas, sino que también se están revocando muchas que ya habían sido concedidas.

En el caso de las pensiones por incapacidad permanente, hay que tener en cuenta que podrán ser revisables cada dos años, y la Seguridad Social puede retirarlas si detecta que ha habido una mejoría en el estado de la persona que está haciendo uso de ella. En muchas ocasiones, este tipo de pensiones se rescinden de manera injusta, a veces sin ni siquiera mediar ningún tipo de revisión presencial y con el envío de una simple notificación.

Si nos retiran la pensión por incapacidad permanente y consideramos que la decisión es injusta, lo primero que debemos hacer es consultar con un despacho de abogados expertos en el tema y acudir a médicos especializados que puedan evaluar nuestro estado. Si recurrimos y conseguimos demostrar ante la justicia que la revocación es injusta, podremos volver a disponer de la pensión por incapacidad permanente.

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