La limitación de entrada y salida en los concejos de Oviedo, Gijón y Avilés se mantendrá en vigor, como mínimo, hasta el 18 de noviembre
El cierre perimetral de Asturias y la restricción de la movilidad nocturna entre las 22:00 y las 06:00 horas seguirán vigentes hasta que el Principado decida su revocación; es decir, que no será necesario dictar nuevas normas autonómicas para mantenerlas en vigor.
El Boletín Oficial del Principado (Bopa) publicó el 26 de octubre el decreto 27/2020 del presidente, por el que se adoptan varias medidas para contener la propagación del coronavirus en la comunidad. En concreto, las siguientes:
- Limitación de la entrada y salida en el territorio de la comunidad autónoma (el cierre perimetral de Asturias).
- Limitación de la movilidad nocturna (lo que ha venido a denominarse toque de queda).
- Fijación del número máximo de personas que pueden reunirse (6).
- Determinación del número máximo de personas en lugares de culto, velatorios y entierros (25 personas en espacios al aire libre y 15 en interiores).
- Ratificación de la restricción de entrada y salida en los municipios de Oviedo, Gijón y Avilés (el cierre perimetral de estos concejos).
Respecto a la duración de estas restricciones, el artículo 3 de la citada norma recoge que “estarán vigentes durante la duración del estado de alarma o hasta que otro decreto las derogue o las modifique”. La única excepción a este criterio general afecta al cierre perimetral de Oviedo, Gijón y Avilés, que tiene una duración determinada, y que se mantendrá en vigor, inicialmente, hasta la medianoche del miércoles 18 de noviembre.