La consejera de Presidencia, en una visita al parque de bomberos del Gobierno de Cantabria en Laredo (Foto archivo: Nacho Romero)
Santander.-El Gobierno autonómico ha finalizado esta semana el anteproyecto de Ley de regulación y coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Cantabria (SEPEIS), tras cerrar un arduo proceso administrativo y de consultas, que comenzó en 2018, y que ha terminado con la autorización de los últimos trámites para su próxima aprobación como proyecto de ley.
Entre otras novedades, con el nuevo texto normativo, elaborado por la Consejería de Presidencia que dirige Paula Fernández Viaña, serán considerados agentes de la autoridad los bomberos funcionarios, por lo que podrán, por ejemplo, proceder al desalojo de edificios afectados por incendios; se eleva su categoría al grupo C1 de funcionarios, y se establece un marco normativo de la segunda actividad, en el caso de los aquellos profesionales que no se encuentren en las condiciones psicofísicas adecuadas, por enfermedad, pasen a desempeñar otro tipo de puestos.
Asimismo, se introducen mecanismos que posibilitan la actuación conjunta y coordinada de los distintos cuerpos de bomberos existentes en la comunidad, así como con otros servicios de emergencias.
En Cantabria coexisten servicios públicos de bomberos del servicio adscrito al organismo autónomo SEMCA del Gobierno autonómico, que cuenta con seis parques de emergencias, y los de carácter municipal, en los ayuntamientos de Santander, Torrelavega, Castro Urdiales y Camargo.
La futura ley ofrecerá cobertura y seguridad jurídica a la nueva estructura orgánica para el organismo autónomo SEMCA, integrado ya en la Administración pública autonómica, y que ya prepara el Gobierno de Cantabria, donde se prevén procesos de integración para adquirir la condición de funcionario de su personal mediante procesos selectivos.
Consenso y demandas justas
La consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernández Viaña, ha destacado el esfuerzo del Ejecutivo regional por conseguir un texto normativo "de consenso", capaz de aunar las demandas "históricas" del colectivo profesional de bomberos, garantizar la autonomía de los ayuntamientos en la organización de estos servicios y dar cabida a importantes mejoras, dando respuesta con todo ello a las nuevas realidades sociales.
Ha indicado que la norma "no pretende igualar los diversos modelos municipales existentes en la comunidad autónoma, sino establecer unas bases identificadoras de los servicios que sean comunes y, dentro de ellas, sea cada administración pública, en virtud de sus propias competencias, la que pueda adaptar su organización y funcionamiento".
De hecho, ha detallado que muchas cuestiones iniciales del texto normativo fueron modificadas o eliminadas por el propio Ejecutivo durante los procesos de consulta e información pública, con el objetivo de incorporar las alegaciones de los ayuntamientos y sindicatos del sector y responder a sus demandas.
La consejera de Presidencia también se ha referido a la consolidación y refuerzo del servicio público de bomberos, al elevar la categoría al grupo C1 de los bomberos, que supone una mayor especialización y formación del cuerpo, y, por otro lado, dar una solución a los profesionales que pasan a desempeñar labores de segunda actividad.
Son medidas, ha dicho, que atienden "reivindicaciones históricas" de los profesionales, demandas que el Gobierno de Cantabria considera "justas y que ahora por fin damos respuesta".
Por todo ello, Fernández Viaña espera que una vez que el proyecto de ley sea aprobado por el Consejo de Gobierno y enviado al Parlamento consiga en la cámara también un amplio consenso. El Gobierno autonómico ha hecho "todos los esfuerzos por conseguir el máximo apoyo y participación" en el proyecto de ley y "haremos lo mismo" durante el debate parlamentario, ha asegurado.
Contenido de la norma
El texto se divide en 54 artículos, divididos en nueve títulos, además de tres disposiciones adicionales, cuatro transitorias, una derogatoria y dos disposiciones finales.
El anteproyecto de ley establece las funciones de las distintas administraciones públicas que cuentan con estos servicios: el SEMCA del Gobierno regional y ayuntamientos con más de 20.000 habitantes.
Se establece una nueva configuración jurídica del personal que presta los servicios de extinción de incendios: el personal funcionario tiene la consideración de agente de la autoridad. Por eso, la norma detalla las facultades de los bomberos: podrán obtener información de personas y entidades durante la situación de emergencia que tengan que atender; acceder a los interiores de los inmuebles, incluso empleando la fuerza física si es imprescindible; cortar vías públicas; desplazar un vehículo, etc, cuestiones todas ellas que exigen esa condición de agente de autoridad.
Por otro lado, se refuerza la coordinación entre servicios en cuanto a organización y medios. El Gobierno autonómico y los ayuntamientos que cuentan con servicio propio de bomberos serán órganos de coordinación y se crea una comisión competente para establecer e impulsar la homogeneización de los recursos mínimos, métodos y protocolos de actuación.
Se crea un registro de bomberos, como instrumento de coordinación, que se desarrollará posteriormente de forma reglamentaria, quedando adscrito a la consejería competente en materia de protección civil.
La futura ley establecerá una estructura organizativa y funcional con carácter de mínimos y unas categorías en las que pueden organizarse los servicios de prevención y extinción de incendios.
La categoría de bombero pasa a considerarse grupo C1, tal y como demandó el colectivo profesional y en la línea del resto de autonomías españolas. Asimismo, se abre la posibilidad a los actuales profesionales (C2) a la reclasificación de sus puestos, una vez superado un concurso-oposición.
En este mismo ámbito, se establece de forma general una serie de requisitos mínimos en cuanto al acceso y selección del personal de estos servicios públicos, respetando las competencias básicas estatales y municipales, y también respecto a horarios, vacaciones, licencias y permisos.
El Gobierno de Cantabria dará respuesta a una de las reivindicaciones históricas de los cuerpos de bomberos, al regular los puestos de segunda actividad y dar cabida así a aquellos profesionales que por circunstancias sobrevenidas tengan una disminución de su capacidad psicofísica y puedan, en otro tipo de puestos, seguir desempeñando tareas operativas en el servicio.
Por último, se establece un catálogo de derechos y deberes del personal, y un régimen disciplinario.