Santiago.-Todos los viajeros que lleguen a Galicia, tras permanecer dentro del período de 14 días anteriores a su llegada en territorios que posean una incidencia epidemiológica 3'5 veces superior a la de Galicia, deberán comunicar sus datos de contacto a las autoridades sanitarias, independientemente de que sean residentes en nuestra comunidad o no. De este modo, Sanidad procura conseguir un diagnóstico más precoz de cualquier infección por el virus, protegiendo así la salud de los ciudadanos.
Galicia es la segunda Comunidad Autónoma con menor incidencia acumulada en los últimos 14 días, de acuerdo con los datos que refleja el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitaria del Ministerio de Sanidad.
Las personas que visiten Galicia tendrán un espacio de tiempo de 24 horas, desde su llegada, para comunicar sus datos de contacto, un trámite que tendrán que realizar cada uno de los viajeros. Así, la Consellería de Sanidad publica hoy por primera vez, en el Diario Oficial de Galicia (DOG), el listado de los territorios cuya incidencia epidemiológica requiera de esta obligación, pudiendo ser tanto países extranjeros como otras comunidades autónomas. En este sentido, el listado se actulizará quincenalmente, según sea la evolución epidemilógica de su respectivo territorio.
Dos modalidades para facilitar la información de contacto
Para proporcionar esta información, se podrá cubrir el formulario que estará disponible en la web coronavirus.sergas.gal/viaxeiros/ o suministrar los datos llamando al teléfono 881 00 20 21. A todos los viajeros se les facilitará un contacto por si tuvieran algún tipo de sintomatología, bien a través de su médico de cabecera si son residentes con tarjeta sanitaria en Galicia, o a través del número de teléfono anteriormente citado para aquellos que no dispongan de ella. También se les proporcionará información y recomendaciones sanitarias y podrán adoptarse las medidas de seguimiento, reconocimiento y control que se consideren necesarias. Así, por ejemplo, en el caso de personas que vengan de territorios con un riesgo más alto, independientemente de que tengan sintomatología o no, podría promoverse la realización de una prueba diagnóstica.
Hace falta destacar que la atención que se considere necesaria por los profesionales del Servicio Gallego de Salud, no tendrá coste para las personas que la precisen, incluyendo la realización de pruebas diagnósticas o, en su caso, de los tratamientos indicados.
Los establecimientos de alojamiento turístico estarán obligados a informar de esta medida a sus clientes; así como los responsables de agencias de viaje, operadores turísticos, compañías de transporte aéreo o marítimo y otros agentes similares al incio del proceso de venta de los billetes. Asimismo deberán hacerlo a las empresas, que desplacen a sus trabajadores por motivos laborales.
a) En cualquiera de los países del continente africano.
b) En los siguientes territorios del continente americano: Argentina, Bahamas, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Montserrat, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, San Vicente y Las Granadinas, San Martin, Surinam, Islas Tortugas, Estados Unidos, Islas Vírgenes, Venezuela, Haití, Jamaica y Nicaragua.
c) En los siguientes territorios de Asia: Baréin, Bangladesh, India, Irán, Iraq, Israel, Kazajistán, Kuwait, Kirguistán, Líbano, Maldivas, Omán, Palestina, Filipinas, Qatar, Arabia Saudita, Singapur, Emiratos Árabes, Uzbequistán, Afganistán, Bután, Brunéi, Camboya, Indonesia, Laos, Mongolia, Myanmar, Nepal, Paquistán, Siria, Tailandia y Vietnam.
d) En los siguientes territorios de Europa: Albania, Andorra, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Belarús, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, República Checa, Kosovo, Luxemburgo, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Macedonia del Norte, Portugal, Rumania, Rusia, Serbia, Suecia y Ucrania.
e) En las comunidades autónomas de Aragón, Cataluña, Navarra, País Vasco y La Rioja.