La nueva prestación pretende llegar a 850.000 hogares en los que viven 2,3 millones de personas, con especial incidencia en los domicilios en los que habitan menores.
El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado, con 297 votos a favor, 52 abstenciones y ningún voto en contra, la convalidación del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital.
Asimismo, ha sido autorizada su tramitación como proyecto de ley por la vía de urgencia, con la emisión de 341 votos a favor, 1 en contra y 7 abstenciones. Por tanto, se enviará a la comisión correspondiente, donde se debatirán las enmiendas que presenten los grupos parlamentarios para ser remitido posteriormente al Senado.
El texto, que ha sido defendido por el vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, establece una nueva prestación de la Seguridad Social de carácter permanente y que tiene como objetivos "la redistribución de la renta, con la intención de erradicar la pobreza extrema, y la inclusión social y participación en el mercado laboral de las personas en situación de vulnerabilidad".
Según las estimaciones del Ejecutivo, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) podría alcanzar los 850.000 hogares beneficiarios, en los que viven más de 2,3 millones de personas, con especial incidencia en los domicilios con niños. Parte de una amplia tipología de hogares, en función del número de miembros y de si son monoparentales, y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de vivienda que oscila entre los 5.538 y 12.184 euros anuales. Si no se cuenta con rentas, se aseguraría la totalidad del umbral garantizado; pero si se dispone de ellas, se cubriría la diferencia entre el umbral garantizado y la renta ya existente. De esta forma, la renta media garantizada es de 10.070 euros al año por hogar, mientras que el importe de la ayuda será de unos 4.400 euros anuales. El presupuesto anual ascenderá a 3.000 millones de euros al año.
Por otra parte, se requiere que en cada domicilio haya un titular que solicite la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona, el titular tendrá entre 23 y 65 años y deberá llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Para todos los tipos de hogares se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Esta ayuda, que se percibirá mensualmente y se cobrará en 12 pagas, podrá pedirse a partir del 15 de junio, aunque, para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio.