Asturias limita la circulación en grupo a 15 personas y prohíbe la apertura de discotecas

Asturias limita la circulación en grupo a 15 personas y prohíbe la apertura de discotecas

El Boletín Oficial del Principado publica hoy el decreto que modula algunas restricciones durante la última etapa del estado de alarma

El Ejecutivo establece un aforo máximo del 75% en las terrazas de establecimientos de hostelería y restauración, en las que recomienda no fumar para evitar la transmisión del coronavirus

La norma, basada en criterios de salud pública y revisable en función de la evolución de la epidemia, entra hoy en vigor y tendrá efectos hasta el día 21 

 

 

El Gobierno de Asturias ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Principado (Bopa) el decreto que regula las condiciones de la fase 3 de la desescalada en la comunidad. La norma limita a 15 personas la circulación en grupo y prohíbe la apertura al público de discotecas y bares de ocio nocturno por criterios de salud pública. Estas decisiones pueden revisarse en función de la evolución de la epidemia. 

 

La legislación autonómica, firmada por el presidente, Adrián Barbón, y el consejero de Salud, Pablo Fernández Muñiz, modula determinadas restricciones en la última etapa del estado de alarma, en la que las comunidades autónomas asumen la gestión del plan hacia la nueva normalidad. Así, con el fin de dar cumplimiento a las medidas de seguridad e higiene fijadas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19, el Principado establece que los grupos deberán ser, como máximo, de 15 personas, salvo en el caso de convivientes. 

 

Respecto a los establecimientos de hostelería y restauración, el decreto plantea que podrán abrir siempre que no superen los dos tercios de aforo máximo y cumplan las condiciones de seguridad (recogidas en la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, modificada parcialmente por la SND 507/2020, de 6 de junio). Las discotecas y los bares de ocio nocturno quedan excluidos de esta regulación.  Además, en las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración el aforo se limita al 75% de la capacidad de las mesas permitidas.

 

El Principado recomienda que no se fume en estas terrazas, ante el incremento del riesgo de transmisión del coronavirus que puede implicar este hábito. El decreto entrará hoy en vigor y tendrá efectos hasta el fin del estado de alarma (21 de junio), sin perjuicio de que puedan introducirse modificaciones en función de la evolución epidemiológica. Al margen de los supuestos que plantea, serán de aplicación las normas y medidas vigentes dictadas hasta ahora por el Gobierno de España. 

 

El Principado pretende que esta última fase se realice con las mayores condiciones de seguridad, de tal manera que se dificulte la posibilidad de rebrotes y se refuerce la capacidad de detección temprana de los mismos. Por esta razón, insta a la ciudadanía a respetar las medidas de protección, especialmente el lavado frecuente de manos con agua y jabón, el mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros y el uso de mascarillas. 

El objetivo fundamental es conseguir que, preservando la salud pública, se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica al tiempo que se minimiza el riesgo para la población y se evita el desbordamiento del sistema de salud. 

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