Nueva sentencia condenatoria para el Santander
La jueza concluye que hubo “vicio en el consentimiento” en el momento de la suscripción de las acciones
El juzgado de primera instancia de Mieres número 2 acaba de condenar al Banco Santander a devolver la cantidad de 3.321,25 euros a un cliente por la adquisición de acciones del Banco Popular.
La jueza ha considerado probado que existió vicio en el consentimiento. La situación real de la entidad demandada en el momento de suscripción de las acciones por parte del demandante, así como la falta de comunicación de la misma de una forma clara y transparente, determinó la existencia de un error en el consumidor, que suscribió el producto sin conocer la realidad del Popular, muy diferente de la que el banco daba a entender.
Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados, afirma: “Nos enorgullece haber recuperado los ahorros de nuestro cliente, así como iniciar el curso legal obteniendo una sentencia favorable. Ya son doce las sentencias estimadas que hemos logrado desde que el Banco Popular fuera intervenido. Sentencia a sentencia estamos consiguiendo que se consolide un criterio jurisprudencial en Asturias muy importante para los afectados y todo un referente a escala nacional.”