Interceptados en Gijón dos scooter eléctricos sin matricular

Interceptados en Gijón dos scooter eléctricos sin matricular

La policía ha instruido, en ambos casos, los correspondientes atestados por un posible delito contra la seguridad vial. Ninguno de los conductores posee, además, permiso de conducción.  

Uno de los vehículos de tipo ciclomotor interceptados circulaba el pasado 23 de julio  por la calle Pérez de Ayala con dos ocupantes. La conductora era una mujer de 20 años de nacionalidad rumana y vecina de Gijón a la que no consta ningún permiso de conducir.   Un día después, el 24 de julio a las 13:30 horas, una patrulla de la policía local intervino scooter eléctrico del mismo tipo.  También circulaba con dos ocupantes que además, en este caso, no portaban casco. El conductor, un joven de 29 años de edad de nacionalidad rumana y que responde a las iniciales A.M., carece del mismo modo de permiso de conducir.  

Son vehículos de la categoría L1e-B o scooter eléctricos propulsados principalmente o de manera única por el motor eléctrico (con potencia inferior a 4 Kw.). Legalmente se trata de un ciclomotor, lo que obliga a cumplir los siguientes requisitos: -Que el conductor posea carné de conducir o licencia administrativa. -El vehículo ha de estar matriculado.

Los menores de 12 años, con la excepción contenida en el art. 13.5 de la Ley de Tráfico, no pueden hacer uso de ellos. -Se debe utilizar casco.

El titular deberá subscribir un seguro de responsabilidad civil.  

La proliferación de estos ciclomotores ha generado confusión acerca de cuál es la normativa que los regula. El Reglamento de la (UE) nº 168/2013 del Parlamento Europeo sienta las bases para la homologación de estos vehículos, que puede consultar el ciudadano para cualquier duda. Asimismo se establecen los criterios para su uso en las Instrucciones de la DGT 16/V-124 de 30 de noviembre, 19/V-134 de 24 de mayo de 2019.    

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