El comportamiento de las empresas licitadoras en concursos previos convocados por el IMSERSO ha sido objeto de sanción por parte de la autoridad de competencia.
Madrid.- La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha emitido un informe sobre los borradores de pliegos del contrato de servicios para la ejecución del Programa de viajes del IMSERSO para las temporadas 2019/2020 y 2020/2021. Dichos borradores se han analizado desde la óptica de promoción de la competencia y regulación económica eficiente y se han realizado una serie de recomendaciones de mejora. (INF/CNMC/033/19).
El programa del IMSERSO
Se trata de una licitación que la AGE realiza de forma recurrente bien de forma anual o bianual. El informe de la CNMC señala, a través del análisis de los datos disponibles, que un operador ha resultado adjudicatario del contrato de manera sucesiva y que se ha experimentado poca o nula concurrencia en los distintos procesos. Solo en tres ocasiones se presentaron otras empresas, sin que ninguna de ellas resultara adjudicataria de los respectivos concursos. Y únicamente en 2014 otra empresa ha resultado adjudicataria de un lote del contrato.
Cabe recordar, además, que la autoridad de competencia española sancionó en el año 2000 a las cuatro principales empresas del sector por repartirse los concursos públicos de los servicios de viajes en el marco de programas sociales para la tercera edad, actuación que volvió a producirse en 2016 (SNC/DC/007/16 y nota de prensa).
Recomendaciones para licitaciones futuras.
De acuerdo a las circunstancias que se han desarrollado en años anteriores, la CNMC recomienda: Realizar estudios rigurosos de mercado ex ante y evaluaciones ex post con el objetivo de promover un diseño de las licitaciones de manera competitiva y que consiga maximizar la eficiencia económica. Rediseñar los lotes de manera que no engloben todos los servicios de manera centralizada (comercialización, alojamiento, transporte, asistencia sanitaria, seguros y animación socio cultural). Se ha constatado que esta fórmula no ha favorecido la concurrencia, por lo que se recomiendan diferentes opciones, destacando su aumento y reconfiguración en lotes por actividades económicas diferenciadas. Con los precedentes sancionadores por conductas anticompetitivas en el marco de convocatorias pasadas, se recomienda mantener especial sensibilidad en futuros concursos y tener presente las previsiones aplicables a la participación de UTEs recogidas en la Ley de Contratos del Sector Público y las condiciones para su justificación desde la óptica de la Ley de Defensa de la Competencia. Justificar la determinación de los precios unitarios que sirven para el cálculo del presupuesto de licitación y mayor justificación de los costes que lo conforman. Revisar los umbrales de solvencia económica y financiera, así como la solvencia técnica y profesional, para promover la mayor participación de empresas en el concurso. También se sugiere mayor clarificación en relación con la habilitación profesional requerida a las licitadoras. En cuanto a la valoración de las ofertas, se recomienda dotar de mayor peso a la variable precio, y reconsiderar el peso y la determinación de otros criterios relacionados con la calidad de la oferta, así como los criterios para la determinación de las ofertas anormalmente bajas. En relación con la condición especial de ejecución sobre el mantenimiento o generación de empleo, se considera que debería evaluarse el impacto que puede generar en las potenciales licitadoras y especificarse su control efectivo. Por otro lado, en los pliegos se identifican algunos requisitos impuestos a las adjudicatarias que deben especificarse para proporcionar seguridad jurídica y evitar problemas de discrecionalidad técnica excesiva por parte del órgano de contratación. Finalmente se recomienda realizar un uso restrictivo de las prórrogas e incluir en los pliegos una cláusula que advierta de las consecuencias sancionadoras y penales ante incumplimientos de la normativa de defensa de la competencia.
Los pliegos definitivos ya se encuentran publicados en la Plataforma de Contratos del Sector Público. En líneas generales, se observa que las recomendaciones realizadas en el Informe de la CNMC, en su gran mayoría, no han sido acogidas, en especial la que proponía un nuevo diseño de los lotes para favorecer la competencia efectiva. Se emplaza en cualquier caso al Ministerio su posible toma en consideración en licitaciones futuras. El valor estimado de la licitación para las próximas dos temporadas (2019/2020 y 2020/2021) es de 1.196 millones de euros.
La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en el proceso de elaboración de normas, en aplicación del artículo 5.2.a) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.