Ayuntamiento y Colegio San Fernando acuerdan mejorar los accesos al centro educativo

Ayuntamiento y Colegio San Fernando acuerdan mejorar los accesos al centro educativo

Convenio entre el Ayuntamiento y el Colegio San Fernando para mejorar la calle Fuero de Avilés y los accesos al centro educativo     ·         Será incluido, para su ratificación, en el orden del día del Pleno del día 27  

 

Avilés.-La alcaldesa de Avilés, Mariví Monteserín, y Javier Martínez y José Luis Martínez, en representación de la  titularidad del Centro de Estudios San Fernando, S.A., han suscrito hoy -a reserva de ratificación por el Pleno Municipal- un Convenio Urbanístico que permitirá mejorar las condiciones de la calle Fuero de Avilés y los accesos al centro educativo.  

El Convenio tiene como objeto la colaboración entre las partes con la finalidad de procurar y asegurar:

  -        La obtención por parte del Ayuntamiento, sin necesidad de acudir a la expropiación de la parcela calificada como viario público de la calle Fuero de Avilés (parcela 1).

-        Regularizar la finca de propiedad municipal pasando a calificarla de equipamiento publico y la de propiedad del Centro de Estudios San Fernando S.A. (parcelas 2 y 3B).

-        Mejorar las condiciones urbanas de la calle Fuero de Avilés con su tratamiento con viario urbano (MPGO Equipamiento Privado a Viario).

-        Mejorar el frente a vía pública de la parcela del Centro de Estudios San Fernando S.A. (parcela 3A) para así mejorar su finca y los accesos a sus instalaciones.  

Tras la aprobación del Plan General de Ordenación (PGO) de Avilés de 2006 las parcelas propiedad del Centro de Estudios San Fernando S.A. perdieron gran parte de su frente a vía pública (antiguo Camino de Gaxín) pasando a ser colindantes con una parcela de titularidad municipal destinada también a equipamiento privado.  

Las parcelas titularidad del Centro de Estudios San Fernando suman unos 52.000m2 y sólo tienen frente a vía pública en la rampa de acceso. El Centro de Estudios San Fernando S.A. solicita al Ayuntamiento una permuta con el fin de regularizar sus fincas y las municipales, y de llevar a cabo una ampliación de sus instalaciones en la zona norte de su parcela con frente a la calle Fuero de Avilés.  

Esta solicitud ofrece al Ayuntamiento 3 oportunidades:

1.    La obtención de la parcela privada existente en un viario público, regularizando así la situación y evitando una expropiación (parcela 1) 2.    La posibilidad de ajustar el planeamiento, restituyendo el camino público de Gaxín, trasformándolo en una acera pública para la calle Fuero de manera que mejoran las conexiones peatonales en la zona, dotando de acera y línea de aparcamientos a la margen impar de la calle Fuero de Avilés (parcela 4)

3.    Regularizar la parcela municipal y destinarla a equipamiento público (y no a Equipamiento Privado Educativo) (parcela 2-3B)   Para posibilitar la consecución de estos objetivos se proponen dos permutas y una modificación de planeamiento   A tal efecto  las partes acuerdan, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 210 y siguientes del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, formalizar el Convenio indicado, asumiendo los siguientes compromisos.    

Compromisos del Ayuntamiento de Avilés

  1.    Tramitar las licencias de segregación y agrupación de su parcela y las del Centro de Estudios San Fernando S.A. necesarias para permitir las permutas aquí referidas.   2.    Iniciar y tramitar hasta su resolución el expediente de permuta de la parcela 1 por una parte del terreno denominado 3A.   3.    Iniciar y tramitar hasta su resolución el expediente de permuta de una parte del terreno denominado 2 por el trozo de terreno denominado 3B.   4.    Una vez realizadas las permutas, siendo ya los terrenos con destino a público titularidad del Ayuntamiento, modificar el planeamiento de manera que la parte de terreno municipal destinado en la actualidad a equipamiento privado (grafiado en el plano como terreno 4) se califique como viario de manera que así la parcela del Centro de Estudios San Fernando tenga también frente a vía pública en su parte norte. Y calificar el resto de parcela municipal como equipamiento público.   5.    Urbanizar el viario al que da frente la parcela municipal de resultado en el plazo de un año desde que el Centro de Estudios San Fernando S.A. remate el resto de la urbanización del viario de frente a su parcela, la urbanización interior de su parcela y deje su terreno de conformidad con las secciones aquí reflejadas.   6.    Autorizar a Centro de Estudios San Fernando S.A., a llevar a cabo obras sobre las parcelas propiedad del Ayuntamiento, tanto en la de resultado equipamiento público como en la franja de terreno cuyo destino es viario, previa licencia y/o aprobación de los proyectos correspondientes y sin necesidad de la aprobación definitiva de la Modificación de PGO, siempre que las obras sean compatibles con ambos el planeamiento en vigor el propuesto.    

Compromisos del Centro de Estudios San Fernando S.A.

  1.    A una vez iniciado y tramitado hasta su resolución el expediente de permuta de la parcela 1 por el trozo de terreno denominado 3A, agrupar esta finca a la suya e inscribir la misma en el Registro de la Propiedad, asumiendo los gastos e impuestos que lleve implícitos del otorgamiento de las escrituras públicas y de su inscripción en el Registro de la Propiedad.   2.    A una vez iniciado y tramitado hasta su resolución el expediente de permuta de la parte de terreno denominado 2 por la parte de terreno denominado 3B, agrupar esta finca a la suya e inscribir la misma en el Registro de la Propiedad, asumiendo los gastos e impuestos que lleve implícitos del otorgamiento de las escrituras públicas y de su inscripción en el Registro de la Propiedad.   3.    A agrupar todas las parcelas registrales 21553, 1844, 1845, 1846 y 1474 con anterioridad o al menos en el mismo acto de segregación y agrupación de las permutas anteriormente referidas.   4.    A modificar los niveles del terreno de su propiedad una vez realizadas las permutas y regularizadas las fincas, en el plazo máximo de 2 años, recogido en el Art. 205 del TROTU desde la aprobación definitiva de la MPGO que aquí se refiere, y en todo caso, en el momento de llevar a cabo obras de ampliación en la parcela del Centro de estudios San Fernando S.A., con el fin de dejar su finca adaptada a los niveles señalados en las secciones reflejadas en el Anexo VI, con los muros de contención ejecutados, dejando el nivel del terreno de las fincas municipales de conformidad con las secciones aquí reflejadas con el fin de que el Ayuntamiento pueda acometer la urbanización del viario y de la finca de propiedad municipal. Los terrenos municipales, adaptados a las secciones que se verán afectados por la urbanización interior de la parcela del Centro de Estudios San Fernando S.A. han de quedar compactados de manera suficiente para que el Ayuntamiento acometa su urbanización posterior.   5.    A urbanizar el frente de viario, parcela de titularidad municipal, situado delante de su parcela de resultado (Parcela 3A) de conformidad con lo señalado en el art. 197 del TROTU y con las condiciones que señale el Servicio de Mantenimiento de este Ayuntamiento, previa aprobación de los proyectos correspondientes y sin necesidad de la aprobación definitiva de la Modificación de PGO, siempre que las obras sean compatibles con ambos el planeamiento en vigor el propuesto.              

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