Asturias regula la recogida de ocle de arribazón

 Asturias regula la recogida de ocle de arribazón

-        La recolección de estas algas estará permitida en todas aquellas zonas para las que no exista una prohibición expresa 

 

La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales ha aprobado las normas que regulan la recogida de algas de arribazón en Asturias, que figuran en una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial del Principado (Bopa). En concreto, se permitirá la recolección de ocle en todas aquellas zonas para las que no exista una prohibición expresa, respetando siempre la normativa en materia de medio ambiente y de dominio público marítimo-terrestre. 

Para la recogida de algas de arribazón se permitirá utilizar un tractor, previa autorización de la Demarcación de Costas.

Además, estos vehículos podrán incorporar rastrillos de una longitud máxima de 8 metros y deberán operar en la orilla, sin que el agua pueda sobrepasar los ejes de las ruedas traseras. En todos los casos, deberá existir una distancia mínima de separación de 2,50 metros entre cualquier tractor y un recolector que no esté utilizando este medio. 

El incremento del número de licencias y de la rentabilidad obtenida por el desarrollo de esta actividad recomienda una regulación específica para la concesión de permisos de recogida y las condiciones para el ejercicio. 

La Dirección General de Pesca Marítima, si lo considerase oportuno, podrá designar zonas de recogida para cada licencia, en función de las solicitudes recibidas y del estado del recurso. En este caso, tan sólo se permitirá la recogida en la zona asignada para cada permiso.   

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