La PAH de Oviedo denuncia el incumplimiento por parte del Juzgado del convenio para la prevención de desahucios, que le obliga a comunicar a los servicios sociales municipales las situaciones de especial vulnerabilidad o exclusión social.
Oviedo.-El día 18 de septiembre un juzgado de Oviedo ejecutó el desahucio de F. y E., un matrimonio de 74 y 72 años cuyos ingresos, provenientes de una pensión no contributiva, no les permitían costear el alquiler de la vivienda en que residían. Al carecer de un alojamiento alternativo, completamente desamparados y conmocionados por la situación a la que se veían abocados, pasaron dos días completos con sus noches a la intemperie, sentados en un banco del Parque San Francisco, hasta que integrantes de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Oviedo tuvieron conocimiento de su estado y, con su apoyo, accedieron a un alojamiento provisional y precario mientras se gestiona ante los servicios sociales municipales una solución definitiva.
El Consejo General del Poder Judicial, el Gobierno del Principado de Asturias y la Federación Asturiana de concejos firmaron el 15 de marzo de este año un convenio que establece un protocolo de actuación para la prevención de situaciones de exclusión residencial extrema como la que sufre este matrimonio septuagenario ovetense. En virtud de ese protocolo, los juzgados que reciben demandas por impago de alquiler están obligados a evaluar si la familia demandada se encuentra en situación de riesgo de exclusión social y, en caso afirmativo, facilitarle información acerca de los recursos de asistencia social disponibles y además trasladar el caso a los servicios sociales municipales para que adopten las medidas oportunas para garantizar sus derechos sociales. Incluso, el convenio expresamente considera a las personas mayores de 65 años objeto de atención especial.
La PAH de Oviedo denuncia públicamente que el juzgado ha ignorado todos estos compromisos y que su actuación negligente e inhumana ordenando sin miramientos el desahucio de este matrimonio resulta incompatible con el respeto a su derecho fundamental a disponer de una vivienda adecuada reconocido en diversos convenios internacionales, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, firmado por España el 28 de Septiembre de 1976 y ratificado el 27 de abril de 1977. Este convenio obliga a jueces y juezas a examinar con detenimiento e independencia las circunstancias de cada caso, la proporcionalidad de una medida extrema como el desalojo, y su impacto en la vida de las personas objeto del desahucio. Como ha afirmado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, “La pérdida del hogar es la forma más extrema de injerencia en el derecho al respeto del hogar. Cualquier persona que pueda sufrir una injerencia de esta magnitud debería en principio poder hacer que un tribunal independiente decidiese la proporcionalidad de la medida”.
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Oviedo solicitará inmediatamente una reunión al Decano de los Juzgados de Oviedo para trasladarle esta situación y urgirle la adopción de medidas en cumplimiento del protocolo de prevención de desahucios de manera que ni una familia más se vea abocada a vivir en la calle.