El TSJA respalda la nomenclatura asturiana de Olivares y condena a los recurrentes

El TSJA respalda la nomenclatura asturiana de Olivares y condena a los recurrentes

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias respalda la aplicación de la toponimia en las calles de Olivares  

La resolución dictada por el Ayuntamiento de Oviedo en febrero de 2017 ya había sido avalada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 El fallo impone las costas del recurso al grupo de vecinos que reclamó contra la recuperación de los nombres tradicionales            

 

Oviedo.-El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha respaldado la aplicación de la topinimia para nombrar las calles de Olivares. Una decisión que se ejecutó mediante una resolución que el Ayuntamiento de Oviedo emitió en febrero de 2017 y que ya había sido avalada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2. El fallo, además, impone el pago de las costas a la parte apelante, un grupo de habitantes del barrio que reclamó contra la recuperación de los nombres tradicionales.  

La Plataforma de Vecinos Residentes en Olivares decidió interponer un contencioso administrativo contra la resolución para establecer el callejero, que fue considerado “conforme a derecho” por el juzgado. Tal y como recoge la sentenca de apelación, se alzó depués un recurso al TSJA por considerar “un graver error en la apreciación de las pruebas”.  

Los recurrentes alegaban, entre otras cuestiones, que cambiar las bases de la votación para que solo los habitantes de la zona votasen para nombrar las calles (en lugar de todos los vecinos de Oviedo) “obedeció a una ilegalidad y una actuación arbitraria y parcial” que se hizo para favorecer a una de las candidaturas que se presentaron al proceso de propuesta de nuevos términos para las calles.  

Unos argumentos que fueron rechazados por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº2 ante las explicaciones del Ayuntamiento de Oviedo en una deliberación que ha respaldado el TSJA. De este modo los demandantes deberán asumir 800 euros de costas y pueden interponer recurso de casación si desean continuar con su reclamación judicial y que se pronuncie el Tribunal Supremo.  

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